<

Corte Suprema rechaza recurso de casación en caso de cobro de honorarios contra club de fútbol

La Primera Sala del máximo tribunal desestimó recurso de casación al concluir que estaba mal fundamentado y no demostraba errores en la valoración de las pruebas realizadas por los jueces de primera instancia. Esta resolución reitera la autonomía de los jueces de fondo para establecer los hechos con base a las pruebas aportadas y reafirma la interpretación legal sobre la carga de la prueba en casos de cobro de honorarios.

Publicado: 11 de noviembre de 2024

La Primera Sala de la Corte Suprema rechazó en un fallo unánime los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados contra la sentencia que había acogido parcialmente una demanda de cobro de honorarios interpuesta por la abogada que representó al Club Deportivo San Marcos de Arica SADP en varias causas judiciales. La decisión, en el caso rol 36.945-2024, fue adoptada por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa y María Soledad Melo Labra, quienes argumentaron que el recurso carecía de fundamentos válidos.

Argumentos del Fallo

El fallo destacó que el recurso de casación se basó en una interpretación errónea de los hechos. La abogada demandante alegaba que el acuerdo entre las partes incluía, además de un honorario fijo de $600.000 mensuales, el pago de un 20% de los montos defendidos en cada causa. Sin embargo, la Corte señaló que los jueces de fondo son los únicos habilitados para determinar los hechos y que no se vulneró la normativa de prueba.

La resolución subrayó que, de acuerdo al artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, los hechos fijados en la sentencia de los jueces de grado son inmodificables a menos que el recurso demuestre una infracción a las normas reguladoras de la prueba, lo cual no ocurrió en este caso.

Según la Corte, la parte demandada tenía la responsabilidad de demostrar la extinción o cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Al no haberlo hecho, fue condenada al pago de los honorarios reclamados. La parte demandante, en cambio, debía probar las condiciones adicionales del contrato, lo que tampoco logró satisfactoriamente.

El fallo también evaluó la prueba documental presentada, incluyendo boletas de honorarios, mensajes y correos electrónicos. La Corte determinó que estos elementos no mostraban una voluntad clara de la demandada de aceptar condiciones tan gravosas como las que alegaba la recurrente.

Decisión del fallo

La máxima corporación resaltó que los testimonios presentados por la demandante también carecían de peso suficiente, pues concluyeron que los testigos involucrados en el proceso no presenciaron directamente los acuerdos ni los montos de los honorarios demandados.

Finalmente, la Corte Suprema concluyó que el recurso de casación no cuestionaba una infracción de ley sino la valoración judicial de la prueba efectuada por los jueces de grado. Esta situación, según reiteró el fallo, queda fuera del ámbito de análisis del recurso de casación.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Cámara aprueba informe sobre agresiones sexuales en el deporte

Últimas entradas publicadas

Proyecto de ley establece medidas tecnológicas para resguardar los derechos de autor en el entorno digital

by | Ene 15, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La propuesta que revisa la Comisión de Economía tiene como objetivo tipificar como delito la elusión de las medidas para proteger el derecho de autor y derivados en el entorno digital. Asimismo, el proyecto busca sancionar la venta de dispositivos destinados a vulnerar dichas protecciones tecnológicas.

Corte de Rancagua ordena la continuidad de la prisión preventiva para imputada por lavado de activos y fraude

by | Ene 14, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

En fallo unánime, el tribunal de alzada descartó error en la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua. Los magistrados compartieron el criterio de que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, ratificando así la medida cautelar.

Corte Suprema

Corte Suprema dicta sentencia que obliga a fundación docente a reparar daño moral sufrido por estudiante

by | Ene 13, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la Fundación Educacional Colegio Providencia de La Serena. La decisión ratificó la condena al pago de una indemnización de $10.000.000 por daño moral, a favor de una alumna de enseñanza media víctima de maltrato escolar.

Corte de Apelaciones

Corte de Concepción dicta sentencia que exige a establecimiento de comida eliminar toda publicación digital contra una clienta

by | Ene 12, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Quinta Sala del tribunal de alzada, con el voto unánime de los ministros Claudio Gutiérrez Garrido, Rafael Andrade Díaz y el abogado integrante Waldo Ortega Jarpa, dictó sentencia a favor de la recurrente. El tribunal acogió la acción constitucional tras determinar que las publicaciones cuestionadas constituyeron una vulneración directa a la vida privada y a la honra.

Medición inteligente

Comisión de Minería inicia debate sobre la instalación obligatoria de medidores inteligentes de electricidad

by | Ene 9, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La propuesta busca modernizar la red eléctrica mediante medidores inteligentes para otorgar a los usuarios un control preciso de su consumo. El proyecto pretende bajar las tarifas al eliminar costos operativos y fortalecer la fiscalización para elevar la calidad del servicio eléctrico.

La Comisión

Aprueban idea de legislar para regular la rotulación de alimentos ultraprocesados

by | Ene 8, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El proyecto define como productos ultraprocesados a aquellos compuestos por más de cinco ingredientes derivados de procesos químico-industriales. Esta nueva normativa busca complementar la ley de composición de alimentos de 2016, que regula los productos con sellos «altos en» grasas, sal, azúcar y calorías.