En un fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte Suprema desestimó el recurso de unificación de jurisprudencia presentado contra una sentencia que había acogido la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de un técnico electricista. La decisión, respaldada por las ministras Gloria Ana Chevesich y Andrea Muñoz, el ministro Jean Pierre Matus, y las abogadas (i) Leonor Etcheberry e Irene Rojas, ratificó la resolución emitida por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
El caso se centró en la validez de las ausencias del trabajador, justificadas con una licencia médica que ordenaba reposo por cinco días. La sentencia impugnada consideró que dicha licencia médica era suficiente para eximir al trabajador de responsabilidad, argumentando que las actividades recreativas durante ese período no invalidaban su justificación para ausentarse del trabajo.
La resolución destacó el criterio establecido por la Corte Suprema en casos anteriores, subrayando que la normativa laboral permite acreditar ausencias justificadas mediante diversos medios, como certificados médicos, sin necesidad de informar previamente al empleador.
Con este fallo, se confirmó la procedencia de la demanda por despido injustificado, ordenando el pago de las indemnizaciones y recargos correspondientes al trabajador afectado.
Fuente: pjud.cl