El máximo tribunal, a través de su Primera Sala declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el fondo, interpuestos en representación del Banco Itaú Corpbanca SA, contra la sentencia que acogió la demanda de indemnización de un cliente víctima de fraude informático.
En un fallo de mayoría (causa rol 1.015-2025), la Primera Sala del máximo tribunal confirmó la condena. Esta decisión ratificó lo dictado por la Corte de Apelaciones de Rancagua. Dicha corte había confirmado la sentencia de primera instancia. El banco deberá pagar $4.200.000 por daño emergente y $3.000.000 por daño moral.
Fundamentos Legales del Fallo: Responsabilidad Contractual
El conflicto judicial versó sobre la acción indemnizatoria por responsabilidad contractual. El fallo precisó que el recurrente debía relacionar la infracción de las normas. Esto, con los contenidos jurídicos sustantivos de la acción.
La resolución agrega que «En este caso, los artículo 1545 del Código Civil y 1 del DFL Nº707, Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, pues a partir de la primera disposición se estructura el régimen de responsabilidad en que se funda la demanda, en tanto que el segundo contiene los elementos y obligaciones esenciales del contrato que se estima incumplido”.
El tribunal determinó que estas disposiciones sirvieron para sustentar la demanda. También para establecer el estatuto aplicable al caso. El recurso de casación no acusó el quebrantamiento de esta preceptiva. Por ello, el recurso fue denegado.
Cuestiones Procesales y Rechazo del Recurso
La Sala Civil destacó que el demandado postuló una argumentación distinta. En la etapa de discusión, planteó la falta de legitimación activa del demandante. Ahora, en casación, sostuvo la ausencia de litisconsorcio necesario activo.
El fallo subraya que no es procedente fundar una infracción de derecho. Menos aún con postulados que exceden los términos en que se fijó la litis. Esto afectaría el principio de bilateralidad de la audiencia.
En virtud de estos argumentos, se constató que el recurso de casación adolecía de una manifiesta falta de fundamento.
Finalmente, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo. La decisión de declarar inadmisible el recurso en la forma fue acordada por mayoría. Sin embargo, la ministra Repetto García votó en contra.
Fuente: pjud.cl
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