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Medidas tecnológicas de protección: Proyecto resguarda derechos de autor en entorno digital

La propuesta que revisa la Comisión de Economía tiene como objetivo tipificar como delito la elusión de las medidas para proteger el derecho de autor y derivados en el entorno digital, junto con sancionar la venta de dispositivos para vulnerarlas.

Publicado: 15 de enero de 2026

Reforzar la protección del derecho de autor y los derechos conexos en el entorno digital es el objetivo del proyecto que comenzó a analizar, en general, la Comisión de Economía (boletín 14767). Para esto, la iniciativa establece una nueva regulación de las medidas tecnológicas de protección y las multas asociadas a su elusión.

La norma se presentó en diciembre de 2021, durante el Gobierno de Sebastián Piñera. El Ejecutivo lo fundamentó en la necesidad de cumplir con compromisos asumidos por Chile en tratados internacionales vinculados con la materia.

El texto incorpora en la Ley 17.336, de Propiedad Intelectual, una definición legal de medidas tecnológicas de protección. La describe como tecnologías, dispositivos o componentes que controlan el acceso a obras o protegen derechos de autor.

En esta línea, tipifica delitos específicos asociados a la elusión de estas medidas (administración digital de derechos, control de copias, cifrado, etc.). Junto a esto, sanciona a quien eluda una medida para utilizar indebidamente obras o material protegido.

Vulneración de medidas tecnológicas de protección

El proyecto también sanciona la fabricación, importación, distribución, venta o arriendo de dispositivos diseñados para eludir medidas tecnológicas de protección. Esto cuando exista malicia y fines de comercialización. En estos casos, contempla reclusión menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de 5 a 1.000 UTM (entre $348.700 y $69.751.000 app.).

Junto a ello, sanciona la oferta o comercialización de dispositivos o servicios promocionados para eludir medidas tecnológicas de protección. En estos casos, se establece solo la multa de 5 a 1.000 UTM.

Delitos de propiedad intelectual

Para comenzar el análisis en general de la propuesta, la instancia recibió a representantes de la Policía de Investigaciones (PDI). En primer lugar, el jefe nacional de Delitos Económicos, Marcelo Romero, quien analizó los alcances de la norma.

En términos generales, manifestó que la institución valora la iniciativa, aunque señaló que implica un cambio de paradigma en el proceso investigativo de propiedad intelectual. En esta línea, recomendó evaluar la incorporación de una instancia previa a la acción judicial para actuar de forma más dinámica y rápida. También pidió fomentar la capacitación del personal para responder a los avances tecnológicos en la materia.

El jefe de la Brigada Investigadora de Delitos de Propiedad Intelectual (Bridepi), Daniel Ahumada, realizó una presentación sobre las medidas concretas que se deben tomar para tener un control y seguimiento de la seguridad de los dispositivos.

En dicha línea, insistió en la necesidad de establecer un ente técnico que monitoree, junto con el privado, el funcionamiento de los dispositivos o aplicaciones que eluden estos sistemas.

Del mismo modo, sugirió vincular la normativa con la Ley 21.663, de ciberseguridad, así como la Ley 18.168, de telecomunicaciones. La idea es dar un soporte más robusto para la protección y persecución de eventuales delitos.

Infraestructura digital

En segundo lugar, la instancia recibió al presidente de la Cámara Chilena de Infraestructura Digital, Idicam, Rodrigo Ramírez. En su presentación, entregó propuestas para fortalecer el proyecto sobre medidas tecnológicas de protección.

Propuso incorporar un bloqueo selectivo, dinámico y temporal de acceso a aplicaciones o plataformas que faciliten la elusión de las medidas de protección. Este debería ser excepcional y con control judicial ex post, enfocado en conductas reiteradas y sistemáticas, no en usuarios finales.

Otra recomendación fue exigir a intermediarios digitales medidas de remoción, desindexación o bloqueo de apps, enlaces o servicios que se hayan identificado por la autoridad como destinados a eludir medidas tecnológicas de protección.

Afirmó que esta fórmula no impone monitoreo general y puede limitar la responsabilidad de plataformas si cooperan diligentemente.

Además, destacó la prohibición y fiscalización de la importación, comercialización o distribución de dispositivos con software, apps o configuraciones preinstaladas para eludir la protección.

Finalmente, recomendó dotar a las policías de mejores herramientas para la persecución penal. Además de aumentar penas y establecer una gobernanza de coordinación público-privada del ecosistema digital.

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