La Comisión de Salud ha completado la tramitación del proyecto que busca reforzar las facultades de los organismos encargados de regular y fiscalizar las licencias médicas. Este proyecto, contenido en el boletín 14845, propone nuevas sanciones administrativas y penales para quienes hagan un uso indebido de este beneficio laboral.
El proyecto establece que solo médicos cirujanos, cirujanos dentistas o matronas, inscritos y legalmente habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud, podrán emitir licencias médicas. Además, aquellos médicos que hayan obtenido o revalidado su título desde el 19 de abril de 2009 deberán aprobar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom) para poder emitir licencias.
Licencias médicas electrónicas
El proyecto también abarca la regulación de las licencias médicas electrónicas y el registro clínico digital. Se propone que este tipo de licencias se emita a través de un formulario especial donde se registren todas las certificaciones, resoluciones y autorizaciones pertinentes. En casos excepcionales, como la falta de medios tecnológicos o de conectividad, se permitirá la emisión de licencias en formato papel.
Asimismo, se creará un sistema de información que permitirá la tramitación de las licencias médicas electrónicas, operado por entidades públicas o privadas, bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguridad Social (Suceso).
Regulación de la telemedicina
El proyecto también regula el ejercicio de la telemedicina, estableciendo que los profesionales que realicen atenciones a distancia deberán estar habilitados para ello y utilizar plataformas tecnológicas de acuerdo con la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes. Estas plataformas deberán contar con un registro de las atenciones realizadas.
Sanciones por mal uso de licencias médicas
La norma contempla facultades para la Superintendencia de Salud y las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) para suspender la emisión de licencias médicas a quienes sean sancionados por irregularidades. En el caso de los profesionales de la salud pública que incurran en falsedades en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez, se aplicarán penas de presidio menor en su grado medio a máximo, con sanciones que van desde 541 días hasta cinco años, además de multas de 300 a 1.000 UTM (entre $19.908.000 y $66.360.000).
Por su parte, quienes utilicen documentos falsos de manera maliciosa enfrentarán sanciones similares, aunque reducidas en dos grados.
Plazos y entrada en vigencia
El proyecto también establece plazos para la inscripción de médicos cirujanos, cirujanos dentistas y matronas en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Estos profesionales tendrán 90 días, desde la publicación de la ley, para completar este proceso. En cuanto al requisito del Eunacom, este será exigible un año después de la publicación de la norma, y quienes no lo cumplan perderán su habilitación automáticamente.
Este proyecto avanza en su segundo trámite constitucional, con la intención de mejorar la fiscalización y garantizar un uso adecuado de las licencias médicas en Chile.
Fuente: camara.cl
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