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Senado aprueba Ley que rebaja tarifas eléctricas para Servicios Sanitarios Rurales

El Senado respaldó por unanimidad un proyecto de ley que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, proporcionando un alivio tarifario a los Servicios Sanitarios Rurales, conocidos como APR (Agua Potable Rural).

Publicado: 25 de enero de 2024

El Senado respaldó por unanimidad un proyecto de ley que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, proporcionando un alivio tarifario a los Servicios Sanitarios Rurales, conocidos como APR (Agua Potable Rural).

El proyecto, impulsado por el senador Sergio Gahona, reconoce el papel crucial de los APR en las zonas rurales. Busca reducir el recargo en las tarifas eléctricas de horario punta y límite de invierno. La propuesta recibió elogios unánimes durante el debate.

Los senadores, entre ellos Alfonso De Urresti, Isabel Allende y José Miguel Durana, destacaron la importancia social de esta medida, calificándola como una «necesidad» y un paso «justo». Se subrayó que el sobre cargo era una de las demandas más sentidas en el mundo rural.

El senador Gahona detalló que los operadores de servicios sanitarios rurales recibirán un descuento equivalente al precio nudo de la potencia de punta. En el debate, se enfatizó que esta reducción impactará directamente en la calidad de vida de las comunidades rurales y la sostenibilidad de los servicios.

Además, se resaltó el papel fundamental de los APR para suministrar agua potable en áreas que antes carecían de este servicio. Se reconoció que, de los aproximadamente 2500 APR que atienden a unos 2 millones de ciudadanos, 1.300 ya se habían beneficiado previamente de la reducción de la hora punta.

El ministro de Energía, Diego Pardow, afirmó que los APR cumplen un fin social fundamental, llevando el acceso al agua, un derecho humano, a los ciudadanos de sectores rurales. La ministra de Obras Públicas, Jessica López, recordó el papel duradero del Programa Nacional de Agua Potable Rural, que este año celebra su 60 aniversario.

Fuente: senado.cl

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