En un fallo unánime (causa rol 626-2023), la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió rechazar el reclamo de ilegalidad presentado por la empresa Sociedad Eventos y Gastronomía Jahm Limitada contra la Municipalidad de Ñuñoa. La empresa cuestionaba la decisión del municipio de denegar la renovación de las patentes de alcoholes de la discoteca Cailedo, lo que motivó la presentación del reclamo.
Detalles del fallo
El tribunal, compuesto por los ministros Juan Cristóbal Mera, Tomás Gray y la abogada Paola Herrera, confirmó que la decisión del municipio no presentó infracción alguna, argumentando que la negativa a renovar las patentes respondió a los reclamos de los vecinos por las externalidades negativas generadas por el funcionamiento del local.
El fallo detalla que las patentes de alcoholes 402306, 402304, 402305 y 402307 fueron votadas por separado en una sesión del Concejo Municipal. Exceptuando una de ellas, la decisión de no renovarlas fue aprobada por la mayoría de los concejales y la alcaldesa, quienes presentaron sus razones para el rechazo.
Previamente, la Junta de Vecinos N° 10 «Poeta Washington Espejo», junto a otras juntas vecinales, manifestó su oposición a la renovación de las patentes, debido a las molestias que causaba el local a la comunidad. Entre los reclamos se incluyó la generación de ruidos molestos y una querella municipal por infracción a la Ley de Control de Armas, derivada de hechos ocurridos en la discoteca.
El tribunal concluyó que la resolución fue adoptada dentro del marco de las atribuciones legales del municipio, respetando el procedimiento y escuchando las demandas de los vecinos. Además, rechazó los argumentos presentados por la empresa, que acusaba falta de fundamento en la decisión y vulneración de garantías constitucionales.
El fallo también consideró irrelevantes las normas citadas por el reclamante en relación a la Ley N° 19.925, argumentando que la renovación de las patentes de alcoholes es una facultad discrecional del alcalde y el Concejo Municipal.
Finalmente, la Corte respaldó el informe del Fiscal Judicial Jorge Norambuena Carrillo, quien recomendó rechazar el reclamo, concluyendo que no se observó ilegalidad en la actuación de la autoridad municipal.
Fuente: pjud.cl