Ago 26, 2025 | Actualidad Prime
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Concepción condenó al abogado Carlos Humberto Donoso Rojas. Recibió una pena efectiva de 3 años y un día y de 541 días de presidio, como autor de dos delitos consumados de apropiación indebida. También fue sentenciado a 7 años y 5 años y un día de inhabilitación especial temporal para el ejercicio de la profesión de abogado, como autor del delito consumado de prevaricación.
Los delitos fueron cometidos en septiembre de 2015 y noviembre de 2017. En el fallo unánime (rol 41-2024), el tribunal consideró probados los ilícitos.
Los Hechos Acreditados por el Tribunal
En noviembre de 2017, Donoso Rojas depositó en su cuenta privada más de 4 millones de pesos. Este dinero pertenecía a su cliente Erick Godoy Riffo, tras un juicio ganado. El abogado no entregó el dinero a su cliente ni le informó del término de la causa.
En 2014, el abogado Donoso Rojas fue contratado por Sergio Castro Miranda para una demanda contra el Serviu. El juicio se llevó a cabo en el Tercer Juzgado Civil de Concepción. En el fallo, el Serviu fue condenado a pagar más de 55 millones de pesos. Donoso retiró y cobró el dinero al día siguiente, pero no se lo entregó a su cliente. El abogado le aseguró a Castro que la causa aún estaba pendiente para evitar pagarle.
Consecuencias de la Condena
El tribunal condenó a Donoso Rojas al pago de cuatro multas que suman 59 Unidades Tributarias Mensuales. Además, por el delito de apropiación indebida, se le aplicó la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
En la parte civil, el tribunal acogió parcialmente la demanda de la víctima Erick Godoy Riffo. Por lo tanto, el abogado deberá pagarle más de 5 millones de pesos, junto con intereses y reajustes.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Mala administración de cuenta de ahorro: Corte Suprema acoge demanda de indemnización entre hermanos
Ago 25, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación. Con ello, confirmó la sentencia que acogió una demanda de indemnización entre hermanos. La disputa se originó por la mala administración de una cuenta de ahorro para vivienda.
En la sentencia (rol 27.519-2025), la Primera Sala del máximo tribunal consideró que el recurso no podía prosperar. La decisión se debió a una falta de fundamentación, lo que impidió que fuera admitido.
Fundamentos Legales de la Decisión
El demandante alegó que la sentencia infringía los artículos 358 y 384 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1698 del Código Civil. En su argumento, afirmó que el tribunal cometió un error al valorar erróneamente la prueba, principalmente la testimonial, lo que alteró la carga de la prueba. Por esta razón, el demandante solicitó que la sentencia fuera invalidada y se dictara un nuevo fallo que rechazara la demanda.
El fallo concluyó que el recurso no cumplió con lo exigido por el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil. Este requiere que el escrito deba explicitar los errores de derecho.
La Corte Analiza el Recurso de Casación
El fallo judicial no admitió el recurso de la parte demandante porque esta no cumplió con un requisito fundamental: no especificó la infracción a la ley. El tribunal explicó que, al basarse el caso en una acción de responsabilidad extracontractual, el demandante debía haber denunciado los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, que son los fundamentos legales de dicha acción.
Al no denunciar la infracción de estas normas esenciales, el recurso de casación fue denegado. Se consideró que no se desarrolló el quebrantamiento de la ley que rige el conflicto jurídico.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión de Trabajo aprueba proyecto por fallecimiento de mascotas
Ago 22, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión de Trabajo aprobó la idea de legislar sobre un proyecto que establece un permiso laboral por la muerte de una mascota o animal de compañía. El proyecto se originó a partir de seis mociones refundidas (boletines 14670, 16755, 16756, 16757, 16759 y 16760).
La iniciativa reconoce que las mascotas son parte de la familia. Su pérdida causa un duelo emocional, con dolor, tristeza y ansiedad en sus dueños. Por lo tanto, el proyecto busca modificar el Código del Trabajo para otorgar un permiso especial de uno o dos días hábiles para vivir el duelo.
Los Puntos de Consenso y el Derecho al Duelo
El presidente de la comisión, diputado Diego Ibáñez, afirmó que existe un acuerdo transversal para legislar sobre la materia. Se definirá una indicación de consenso que abordará puntos clave como la duración del permiso y su pago. También si se exigirá un certificado veterinario y la inscripción en el Registro Nacional de Mascotas.
El diputado Ibáñez dijo que el proyecto busca reconocer el derecho al duelo. Afirmó que el Código del Trabajo ya se ha modificado para incluir permisos por la muerte de familiares. Ahora, se considera la salud mental del trabajador.
Propuestas y Opiniones sobre la Iniciativa
La diputada Daniella Cicardini pidió incluir a niños y jóvenes en la normativa. Por su parte, la diputada Ximena Ossandón expresó la necesidad de tener precaución al modificar la Ley General de Educación para este fin.
La diputada Ossandón también planteó que el permiso sea de un día recuperable. Así no se afecta la productividad. Muchas empresas ya ofrecen este permiso, pero de forma voluntaria. La ley busca regular este beneficio.
Fuente: camara.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Nuevo subsidio unificado al empleo es aprobado por la Comisión de Trabajo
Ago 21, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión de Trabajo aprobó el proyecto (boletín 17641) que crea un nuevo subsidio unificado al empleo. La iniciativa busca modernizar y simplificar los subsidios actuales, enfocándose en la inclusión laboral de grupos prioritarios.
El nuevo subsidio unificado reemplazará al actual subsidio al empleo joven, al bono al trabajo de la mujer y al subsidio previsional para trabajadores jóvenes.
Además, el beneficio se dirige a cuatro grupos prioritarios: jóvenes (18 a 24 años), mujeres (25 a 54 años), adultos mayores (desde 55 años) y personas con discapacidad (desde 18 años).
Requisitos y Montos del Subsidio
El subsidio entregará hasta el 20% de la remuneración bruta mensual del trabajador. El solicitante debe tener un ingreso mensual menor o igual a 2.25 Ingresos Mínimos Mensuales y además, que pertenece a los grupos priorizados y que tiene, al menos, seis meses de desempleo continuos u ocho discontinuos en los 18 meses previos.
Los grupos prioritarios son jóvenes, mujeres, personas mayores de 55 años y personas con discapacidad. Para recibir el beneficio, los trabajadores deben estar dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica. Este requisito no aplica para las personas con discapacidad.
Beneficios y Sanciones para Empresas
Las empresas que contraten a trabajadores de los grupos prioritarios recibirán un aporte mensual por 12 meses. El esquema de pagos favorece a las empresas más pequeñas, limitando los beneficios a 200 por empleador.
Si una empresa no paga las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, el subsidio se suspenderá. Si se verifican dos meses de cotizaciones impagas, se pondrá término al beneficio por completo.
Fuente: camara.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Negligencia en intervención de vesícula: Corte Suprema confirma rechazo de demanda a clínica
Ago 20, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en contra de la sentencia que acogió una demanda de indemnización. La demanda se interpuso contra una clínica por una supuesta negligencia en una intervención de vesícula biliar.
En la sentencia (rol 22.069-2025), la Primera Sala del tribunal no encontró infracción en el fallo impugnado. Los ministros Arturo Prado, María Angélica Repetto, Mario Carroza, María Soledad Melo y el abogado Raúl Fuentes integraron la sala.
Fundamentos Legales de la Decisión
El tribunal rechazó el recurso de casación de la parte demandante. El fallo argumentó que el recurso no denunció las normas legales de responsabilidad responsabilidad civil contractual y sus presupuestos de los artículos 1437, 1438, 1545, 1546, 1547, 1551, 1553, 1556, 1557, 1558 y 1559 del Código Civil, que se aplicaron.
El fallo de la Corte no admitió a tramitación el recurso de nulidad porque la parte demandante no denunció las normas legales que regulan la materia, un requisito esencial. Además, sus alegaciones eran formales, no de fondo, y el recurso carecía de peticiones concretas, lo que es necesario para este tipo de acción judicial.
El recurso también tenía un defecto de forma. No presentó las peticiones concretas que exige el artículo 764 del Código de Procedimiento Civil. Tampoco cumplió con el artículo 785 del mismo texto legal.
Argumentos Adicionales de la Corte
La Corte señaló que el recurso no presentó un reproche sustantivo contra la sentencia. Solo hizo alegaciones formales que no corresponden a un recurso de fondo.
Por estas razones, la Corte Suprema concluyó que no podía acoger el recurso. No era posible dictar una sentencia de reemplazo sin una petición clara y precisa.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Santiago acoge recurso de amparo y ordena a Servicio Mejor Niñez abrir cupo a niño migrante hospitalizado
Ago 19, 2025 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de amparo. El tribunal ordenó al Servicio Mejor Niñez garantizar el ingreso de un niño migrante a una residencia. El menor había estado internado en un hospital desde mayo.
En la sentencia (rol 3.154-2025), la Novena Sala del tribunal consideró que mantener al niño hospitalizado sin justificación es una acción arbitraria. El fallo señaló que su condición de vulnerabilidad impone al Estado un deber de protección reforzada.
Fundamentos del Fallo Judicial
El fallo se fundamenta en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley N°21.430. Ambas normativas establecen el interés superior del niño como un principio rector. Por lo tanto, la Corte subraya que el Servicio Mejor Niñez tenía el deber de proteger al menor.
La institución también debía restituir sus derechos vulnerados, que llevaron al proceso judicial. El tribunal sostuvo que la permanencia de casi tres meses del niño en un hospital, a pesar de tener el alta médica, vulnera su derecho a la seguridad individual. Este derecho está garantizado en el artículo 19 N°7 de la Constitución.
La Decisión y sus Argumentos
El fallo menciona que mantener al niño en el hospital es contrario a la Ley N°21.331. Esta normativa protege a las personas con enfermedad mental y califica la hospitalización como algo excepcional y transitorio.
La Corte concluyó que el Servicio Mejor Niñez no cumplió con su obligación. No consiguió un cupo de manera oportuna en una residencia especializada para el niño. Por ello, acogió el amparo interpuesto a favor del menor.
El fallo ordenó el ingreso inmediato del niño a una residencia. Además, se remitirán copias de la sentencia a los tribunales y a la embajada.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema confirma condena por conducir en estado de ebriedad