Corte Suprema ordena abonar tiempo en arresto domiciliario en condena de causa distinta

La Corte Suprema, en un fallo de mayoría, ha acogido un recurso de amparo presentado en favor de un condenado, permitiendo que se compute como parte de su pena privativa de libertad el tiempo en que estuvo bajo arresto domiciliario en una causa distinta, en la cual el Ministerio Público decidió no perseverar.

El fallo, dictado por la Segunda Sala del máximo tribunal (rol 60.299-2024), revocó la resolución previa de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había rechazado la solicitud de abono. El tribunal argumentó que no es razonable ni justo privar a una persona de la posibilidad de imputar a su pena actual períodos de restricción de libertad cumplidos previamente en condiciones similares, especialmente en casos donde el proceso no culminó en una condena.

Principios jurídicos aplicados

La Corte Suprema destacó que la normativa procesal penal chilena favorece medidas cautelares menos gravosas que la prisión preventiva, subrayando el valor superior de la libertad personal. Asimismo, señaló que, si bien las normas penales deben interpretarse de forma restrictiva en perjuicio del imputado, esta interpretación no debe limitar los efectos libertarios de restricciones previas, como el arresto domiciliario.

El fallo también criticó que, en ausencia de una regulación explícita sobre este tipo de abonos, los afectados se vean obligados a iniciar largos procesos de indemnización para reparar injusticias derivadas de excesos en el ejercicio del poder punitivo estatal.

Decisión judicial

El tribunal ordenó que se abone a la condena actual del amparado, Samuel Esteban Espinoza Romero, un total de 97 días, correspondientes al tiempo que estuvo sometido a arresto domiciliario en otra causa, cerrada sin condena. Para implementar esta medida, el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago deberá adoptar las disposiciones necesarias.

Con este fallo, la Corte Suprema sienta un precedente relevante sobre la interpretación de los derechos fundamentales en el ámbito penal y el reconocimiento de medidas cautelares previas como parte del cumplimiento de penas posteriores.

Fuente: pjud.cl

Corte de Apelaciones de Puerto Montt ordena vacunación obligatoria de un menor para proteger su derecho a la vida e integridad física

En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió un recurso de protección interpuesto por la municipalidad local, estableciendo la obligación de vacunar a un niño de 10 meses en el marco del Programa de Vacunación Obligatoria del Ministerio de Salud. La decisión del tribunal se fundamenta en la protección del derecho constitucional a la vida y la integridad física, además de la necesidad de resguardar la salud pública.

El tribunal determinó que la negativa de los padres a vacunar al menor constituye una vulneración de su derecho a la vida, al exponerlo a enfermedades inmunoprevenibles. Asimismo, destacó que esta decisión atenta contra las disposiciones de la Ley N° 21.430 y los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, que exigen adoptar medidas para garantizar su salud.

En el fallo, los magistrados enfatizaron que la decisión de los padres carece de fundamento médico que justifique la exoneración del niño del programa de vacunación. Además, señalaron que la no vacunación compromete la inmunidad colectiva, afectando a individuos vulnerables que no pueden ser inmunizados por razones de salud o edad.

La Corte sostuvo que la administración de vacunas es una herramienta esencial de política pública y se encuentra amparada en una excepción al derecho de rechazar tratamientos médicos, dado su impacto en la salud colectiva. En este contexto, concluyó que la libertad individual no puede prevalecer sobre el interés superior del niño ni sobre los derechos del colectivo social.

En consecuencia, la Corte ordenó la administración inmediata de las vacunas obligatorias correspondientes a la edad del menor, una vez que el fallo quede ejecutoriado, asegurando así la protección tanto del niño como de la salud pública.

Fuente: pjud.cl

Corte Suprema avala proyecto de ley para fortalecer ferias libres

La Corte Suprema emitió un informe favorable sobre el proyecto de ley que busca reconocer y fortalecer el marco jurídico de las ferias libres, destacándolas como elementos esenciales en la alimentación y el desarrollo local. El informe, discutido en el pleno del tribunal el pasado 16 de diciembre, fue remitido a la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados el día 18 del mismo mes.

El proyecto tiene como propósito principal regular el funcionamiento de las ferias libres, garantizar certeza jurídica para sus actividades y fomentar su sostenibilidad. Además, se subraya la importancia de incluirlas como actores clave en el ámbito local, con un enfoque en su contribución al bienestar comunitario.

Uno de los aspectos destacados en el informe es la disposición contenida en el artículo 26 del proyecto, que asigna a los juzgados de policía local la competencia para conocer infracciones a la ley y las ordenanzas dictadas bajo este marco. La Corte valoró positivamente esta medida por su coherencia con los principios de legalidad y debido proceso. Asimismo, se consideró adecuada la inclusión de estos órganos judiciales en el ámbito de regulación, dada la administración municipal o nacional de los bienes donde operan las ferias libres.

El informe también resalta que esta disposición facilita la fiscalización de las normas y refuerza la colaboración entre autoridades locales y municipales para la implementación de sanciones, incluida la revocación de permisos en caso de incumplimientos graves.

Con base en estas observaciones, la Corte Suprema concluyó que el proyecto representa un avance significativo en la protección y fortalecimiento de las ferias libres, recomendando su aprobación bajo los términos expuestos.

Fuente: pjud.cl

Gobierno avanza en proyecto de modernización del Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados discutió el pasado 17 de diciembre, el proyecto de ley que moderniza el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. La iniciativa, impulsada por el Ejecutivo, propone crear un sistema autónomo para calificar enfermedades profesionales y fortalecer la fiscalización en este ámbito.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, lideró la presentación del proyecto junto al subsecretario Claudio Reyes y la superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana. Durante la sesión, las autoridades detallaron las principales propuestas, como el fortalecimiento de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y la implementación de un régimen de monocotización para trabajadores informales y no obligados a cotizar.

«La creación de Comisiones Autónomas de Calificación de Enfermedades Profesionales y el fortalecimiento de la fiscalización permitirán ampliar la cobertura y los beneficios del sistema de salud laboral», señaló la ministra Jara.

Por su parte, el subsecretario Reyes explicó que las reformas buscan modificar el mecanismo de calificación de enfermedades profesionales y entregar nuevas facultades a la Suseso. «Nos enfocamos en un mejor gobierno corporativo y en garantizar que los recursos se utilicen de manera eficiente. Esperamos que las próximas sesiones incluyan las opiniones de trabajadores y otros actores clave», agregó.

Cambios clave en el proyecto

El proyecto contempla separar las labores de calificación de enfermedades profesionales de los organismos administradores actuales, como las mutualidades de empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Este nuevo sistema técnico busca mejorar la objetividad y transparencia en el proceso.

Además, otorga a la Suseso nuevas facultades para coordinar y supervisar el funcionamiento administrativo del sistema, fiscalizar la gestión de riesgos y garantizar el cumplimiento de estándares de gobierno corporativo en las mutualidades.

Monocotización para trabajadores informales

La propuesta incluye un régimen transitorio de monocotización que permitirá a trabajadores independientes acceder a prestaciones del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales por hasta cuatro años. También se busca fomentar la formalización laboral al incluir beneficios de la Ley Sanna, que cubre a niños y niñas con condiciones graves de salud.

La superintendenta Pamela Gana subrayó la importancia de estas medidas. «Nuestro objetivo es garantizar que los trabajadores reciban sus prestaciones en salud laboral de manera oportuna y adecuada», afirmó.

Próximos pasos

El proyecto continuará en discusión durante las próximas sesiones de la comisión, donde se espera recoger aportes de trabajadores y otros grupos relacionados antes de pasar a la votación específica. El Ejecutivo busca consolidar una reforma que fortalezca la seguridad social y amplíe la cobertura a sectores tradicionalmente excluidos.

Fuente: suseso.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Seminario sobre la Ley 21.484 resalta avances y desafíos en el sistema de pago de pensiones alimenticias

Seminario sobre la Ley 21.484 resalta avances y desafíos en el sistema de pago de pensiones alimenticias

La Comisión de la Mujer y Equidad de Género y el Ministerio de la Mujer realizaron un seminario para analizar los impactos de la Ley 21.484. Representantes de instituciones como juzgados de familia, la Corporación de Asistencia Judicial y el Registro Civil expusieron datos y reflexiones sobre la implementación de esta normativa que busca garantizar el cumplimiento de las pensiones alimenticias.

La senadora Loreto Carvajal, presidenta de la Comisión, inauguró el evento enfatizando la importancia de agilizar las medidas establecidas por la ley. Recordó que esta norma nació gracias al trabajo de diversas senadoras y un mensaje presidencial, con el objetivo de establecer mecanismos efectivos para el cobro de pensiones adeudadas.

La ministra Antonia Orellana destacó que, hasta octubre, los tribunales de familia lograron ordenar el pago de más de 1,3 billones de pesos mediante los mecanismos previstos en la ley, lo que ha permitido recuperar cerca de $588 mil millones. Este monto representa casi el doble de lo recaudado hasta mayo. También señaló que el 37% de los deudores inscritos en el registro han saldado sus deudas o alcanzado acuerdos judiciales.

Evaluación del sistema y propuestas de mejora

La jueza Paz Pérez, del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, analizó el funcionamiento de la normativa y sugirió ajustes para optimizar su impacto. Propuso crear un sistema de recopilación de datos estadísticos con enfoque en infancia y género, que permita identificar obstáculos y evaluar si el modelo actual cumple con los estándares necesarios para garantizar el derecho de los menores a un nivel de vida adecuado.

Rodrigo Mora, director de la Corporación de Asistencia Judicial, expuso los resultados de un programa piloto que ofrece orientación y representación judicial a mujeres demandantes de pensiones alimenticias en la Región Metropolitana. Destacó que la iniciativa ha superado las metas establecidas en cobertura y cumplimiento de casos.

El abogado Félix Marín, del Servicio de Registro Civil e Identificación, resaltó los beneficios del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que incluye restricciones para los deudores, mayor transparencia en los procesos de cobro y datos útiles para diseñar políticas públicas. Según sus cifras, hasta la fecha, 262.785 personas figuran como deudoras, acumulando una deuda total de más de $20 mil millones.

Queda trabajo por hacer

Parlamentarios presentes coincidieron en que, aunque se han logrado avances, es necesario profundizar los esfuerzos. La senadora Claudia Pascual subrayó la importancia de cambiar la cultura del no pago, mientras que el senador Gustavo Sanhueza propuso prohibir que deudores registrados puedan postularse a cargos de elección popular.

Por su parte, la senadora Fabiola Campillai, desde su experiencia personal, enfatizó que la ley representa un gran avance, pero llamó a seguir trabajando para garantizar que más hombres cumplan con sus obligaciones de pensión alimenticia.

El seminario cerró con un llamado transversal a fortalecer los mecanismos existentes y promover cambios legislativos y culturales que permitan construir una sociedad más responsable y comprometida con el bienestar de niños, niñas y adolescentes.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Juzgado de Garantía prohíbe ingreso de turista holandés a Parque Nacional Torres del Paine por uso ilícito de fuego

Juzgado de Garantía prohíbe ingreso de turista holandés a Parque Nacional Torres del Paine por uso ilícito de fuego 

El Juzgado de Garantía de Puerto Natales resolvió suspender condicionalmente el procedimiento contra el ciudadano holandés Arjan Leo Vanuem, quien enfrentó cargos por usar fuego de manera ilícita en el Parque Nacional Torres del Paine. El Ministerio Público propuso esta medida como salida alternativa al juicio.

La jueza Marianela Chacur Benítez, a cargo de la causa rol 937-2024, impuso al imputado dos condiciones: realizar una donación de $450.000 al Cuerpo de Bomberos de Última Esperanza en un plazo máximo de 72 horas y mantener una prohibición de ingreso al parque por un año.

Detalles del incidente

El hecho ocurrió el pasado 15 de diciembre de 2024, alrededor de las 14:00 horas, en el sector del Campamento Italiano. Según la Fiscalía, Vanuem encendió una cocinilla a gas butano en un área no habilitada, donde existen señaléticas que prohíben claramente el uso de fuego. Personal de Conaf lo sorprendió en flagrancia y lo trasladó al Juzgado de Garantía de Puerto Natales para enfrentar los cargos correspondientes.

Este caso pone de manifiesto la estricta normativa que rige en áreas protegidas como Torres del Paine, donde las autoridades buscan prevenir conductas que puedan generar riesgos para la biodiversidad y los visitantes. Los incendios forestales representan una de las mayores amenazas para este emblemático parque, reconocido internacionalmente por su belleza natural y su condición de  Reserva de la Biósfera por el Programa Hombre y Biósfera (MAB) de la UNESCO.

El Ministerio Público destacó la importancia de respetar las normas dentro del parque, especialmente en temporada alta, cuando miles de turistas de todo el mundo lo visitan. Por su parte, las autoridades de Conaf reiteraron que el uso de fuego en lugares no autorizados está prohibido y que cualquier infracción será sancionada de acuerdo a las disposiciones ambientales vigentes.

Fuente: pjud.cl

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