Corte Suprema acoge demanda laboral por despido injustificado y cobro de prestaciones

En un fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte Suprema ha acogido la demanda presentada por un trabajador contra la Municipalidad de La Pintana, en la que se solicitaba la declaración de una relación laboral, el reconocimiento de un despido injustificado y el cobro de prestaciones correspondientes. Este fallo, resultado de un recurso de unificación de jurisprudencia, establece precedentes sobre el pago de cotizaciones previsionales y de salud, así como la indemnización correspondiente.

La sentencia de reemplazo corrigió un yerro en la sentencia impugnada de la Corte de Apelaciones de San Miguel. Esta última había confirmado la decisión de primer grado que ordenaba el pago de las cotizaciones adeudadas, sin excluir las que el trabajador había enterado.

El fallo de la Corte Suprema establece que, en casos de contrataciones originadas en un contrato de prestación de servicios con un órgano de la Administración del Estado, las obligaciones de pago de cotizaciones previsionales y de salud recaen en el empleador, a menos que exista un acuerdo expreso entre las partes o que el trabajador haya efectuado los pagos por su cuenta. En este sentido, se destaca que la falta de declaración y pago oportuno de las cotizaciones previsionales puede acarrear multas y recargos según la normativa vigente.

Sin embargo, se reconoce que los órganos de la Administración del Estado, amparados por la presunción de legalidad, no pueden ser considerados incumplidores si han actuado de buena fe y cumpliendo con las reglas presupuestarias. Por tanto, el fallo establece que las cotizaciones adeudadas por este tipo de empleadores deben ser incrementadas con reajustes e intereses, pero sin la imposición de multas adicionales.

En cuanto a las cotizaciones de seguro de cesantía, se hace hincapié en su financiamiento tripartito, con contribuciones del trabajador, del empleador y del Estado. Se determina que, en casos de trabajadores con contrato indefinido, las cotizaciones deben ser solucionadas durante la vigencia del contrato, siendo responsabilidad tanto del trabajador como del empleador. Además, se establece que el incumplimiento total o parcial de estas obligaciones puede afectar las futuras prestaciones del trabajador.

Finalmente, la sentencia de reemplazo dictaminó que la Municipalidad de La Pintana deberá pagar al demandante diversas prestaciones, incluyendo indemnizaciones por aviso previo y años de servicio, así como el pago de cotizaciones previsionales y de salud adeudadas.

Fuente: pjud.cl

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Confirman fallo que desestimó prescripción de demanda por violencia durante matrimonio

La Corte Suprema ratificó el fallo que rechaza la prescripción de una demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual. La excónyuge presentó la demanda por hechos de violencia intrafamiliar durante su matrimonio que se extendió desde mayo de 1975 hasta el 3 agosto de 2015. El fallo, confirma la sentencia que ordenó continuar con la tramitación de la demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual, debido a los maltratos físicos y psicológicos sufridos durante años de convivencia.

En una decisión unánime, la Primera Sala, compuesta por la ministra María Soledad Melo, el ministro Miguel Vázquez, el fiscal judicial Jorge Sáez y los abogados Diego Munita y Pedro Águila, rechazó el recurso de casación en el fondo presentado contra la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de La Serena. Esta última había desestimado la excepción de prescripción intentada por la parte demandada.

Interrupción de la prescripción

El fallo de la Corte Suprema destaca que, aunque el debate se centró en si la prescripción fue suspendida en este caso, la jurisprudencia establece que el recurso de casación en el fondo procede cuando la sentencia impugnada se dicta con infracción de ley y esta afecta sustancialmente el fallo. En este contexto, se considera que la demanda de divorcio presentada por la parte actora por los hechos de violencia intrafamiliar vividos durante el matrimonio constituye un acto interruptivo que impide la prescripción de la demanda de indemnización.

«Que esta Corte ha señalado en reiteradas oportunidades que la expresión ‘demanda judicial’ que emplea el artículo 2518 del Código Civil no se refiere forzosamente a la demanda civil en términos procesales estrictos, sino a cualquier gestión que demuestre que el acreedor pone en juego la facultad jurisdiccional para obtener o proteger su derecho»

En ese sentido, la resolución de la Sala Civil sostiene que la demanda de divorcio por culpa presentada por la actora contra el demandado por los actos de violencia intrafamiliar durante el matrimonio cumple con los requisitos legales para interrumpir la prescripción. Esta acción judicial, al buscar determinar la responsabilidad del demandado en los hechos de violencia denunciados, se considera un acto interruptivo del plazo de prescripción. Esto a raíz de que entre la fecha en que dicho proceso concluyó con sentencia firma que declaró el divorcio –23 de junio de 2017–, y la notificación de la presente demanda –4 de marzo de 2021-, no había transcurrido el plazo establecido en el artículo 2332 del Código Civil.

En consecuencia, la Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena. Esta decisión ratifica la continuación del proceso de demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual.

Fuente: pjud.cl

Corte de Antofagasta confirma la prisión preventiva de exseremi por fraude al fisco

La Corte de Apelaciones de Antofagasta ha ratificado la medida de prisión preventiva para Carlos Andrés Contreras Gutiérrez, exseremi, por su presunta participación en un caso de fraude al fisco. Este dictamen (causa rol 759-2024) confirma la resolución previa del Juzgado de Garantía de Antofagasta, que consideró que la libertad del imputado representaba un riesgo para la seguridad pública.

El tribunal, conformado por los ministros Jasna Pavlich Núñez, Dinko Franulic Cetinic y Jaime Rojas Mundaca, sustentó su decisión en la peligrosidad que implican los delitos imputados, así como en la reiteración de los mismos y su impacto en el patrimonio fiscal. Contreras Gutiérrez está acusado de haber cometido cuatro delitos de fraude al fisco en el contexto de convenios celebrados entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y la Fundación Cultural TomArte durante el año 2022.

Según la investigación del Ministerio Público, Contreras Gutiérrez, en su calidad de seremi de Vivienda y Urbanismo, habría excedido sus facultades para favorecer a la Fundación TomArte, representada legalmente por Kelly Betancourt Acosta, con la asignación de fondos destinados a obras menores en asentamientos precarios de Antofagasta. Estos convenios, suscritos en septiembre de 2022, involucraron la transferencia de $456.000.000 de fondos públicos.

El fallo de la Corte de Apelaciones destacó que los antecedentes recopilados durante la investigación sugieren la intervención indebida del imputado para asegurar la adjudicación de los convenios a la fundación con la que mantenía vínculos previos de índole social y política. Esta situación, junto con el perjuicio causado al erario público y a los sectores más vulnerables de la sociedad, se consideró como un argumento contundente para mantener la medida de prisión preventiva.

Fuente: pjud.cl

Proyecto en la Cámara de Diputados sobre Fiscalización Ambiental

La Comisión de Medioambiente de la Cámara de Diputados ha puesto en marcha la discusión sobre un proyecto que busca robustecer y mejorar la eficacia de la fiscalización y el cumplimiento de la normativa ambiental en Chile. Este proyecto, (boletín 16553) se encuentra bajo la supervisión de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), ha sido objeto de análisis por parte de académicos y representantes del Gobierno.

El objetivo primordial de este texto es dotar al organismo encargado de la fiscalización ambiental de un marco institucional que permita abordar las deficiencias identificadas en una década de implementación. En palabras del académico Pablo Soto, de la Universidad Austral, el propósito fundamental no radica en incrementar las sanciones, sino en asegurar el cumplimiento efectivo de la legislación ambiental, marcando así una diferencia significativa en la aproximación a la regulación del sector.

Por otro lado, Rosa Gómez, de la Universidad de Los Andes, resaltó la importancia de garantizar los recursos económicos necesarios para que la SMA pueda llevar a cabo sus funciones de manera efectiva. En este sentido, señaló que una institución vigorosa requiere de un respaldo presupuestario adecuado para llevar a cabo sus prácticas de manera eficiente.

La presencia de la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, y la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, en la sesión parlamentaria subraya la relevancia que el Gobierno otorga a este proyecto. Plumer expresó su aprecio por las opiniones de los expertos, destacando la importancia del diálogo continuo en el proceso legislativo.

Este proyecto de ley busca no solo reafirmar el papel crucial de la SMA en la fiscalización ambiental, sino también introducir ajustes necesarios en su regulación orgánica para mejorar la eficacia y eficiencia de sus funciones. Se propone un esquema diversificado de instrumentos de cumplimiento que se adapte a diversos tipos de incumplimientos ambientales, agilizando así la toma de decisiones y garantizando una respuesta oportuna ante el incumplimiento ambiental, en línea con el mandato constitucional de protección del medio ambiente y la salud de las personas.

La Comisión de Medioambiente ha establecido el próximo lunes 8 de abril como plazo para recibir propuestas de invitados. Una vez concluida esta ronda de audiencias, se procederá a la votación del proyecto, marcando un hito significativo en el fortalecimiento de la fiscalización ambiental en el país.

Fuente: camara.cl

Proyecto para combatir el sobreendeudamiento y los fraudes bancarios

El día 3 de abril de 2024, la Sala del Senado tomó la decisión de despachar a segundo trámite un proyecto de ley destinado a modificar diversos cuerpos legales. Este proyecto, conocido como iniciativa miscelánea, tiene como objetivo principal combatir el sobreendeudamiento y abordar los crecientes problemas relacionados con los fraudes bancarios que afectan tanto a los consumidores como a las instituciones financieras.

El texto legal propuesto busca proporcionar nuevas herramientas para contrarrestar el sobreendeudamiento, así como también abordar el aumento de los costos del financiamiento y los delitos financieros asociados, como los fraudes bancarios. El Ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó la importancia de estas medidas, señalando que los abusos relacionados con los fraudes de tarjetas han resultado en pérdidas considerables para las instituciones financieras, con ejemplos impactantes, como los 11 millones de dólares en reclamos registrados por Banco Estado en una sola semana debido a denuncias de fraudes.

Durante el debate en el Senado, se resaltó la necesidad de regular y prevenir estos abusos, así como también se expresó preocupación por el aumento de tutoriales en redes sociales que explican cómo cometer fraudes, lo que no solo afecta a las utilidades de las instituciones financieras, sino que también encarece el crédito en general.

Nuevas medidas

El proyecto de ley introduce una serie de modificaciones destinadas a fortalecer los programas existentes y a implementar nuevas medidas para enfrentar estos desafíos. Entre ellas, se destacan los ajustes en los criterios de elegibilidad para los programas de garantías en el sector de la construcción y la vivienda, la extensión de la duración de ciertos programas hasta finales de 2024 y la creación de un nuevo programa de garantías para el refinanciamiento de deudas.

Además, se traslada la facultad de regular el pago mínimo de las tarjetas de crédito a la Comisión para el Mercado Financiero, con el fin de evitar prácticas que generen costos no previstos para los deudores.

Fuente: senado.cl