Juzgado Civil de Talcahuano ordena indemnización a madre y paciente siquiátrico por automutilación

El Primer Juzgado Civil de Talcahuano emitió un fallo que obliga al Servicio de Salud a indemnizar a una madre y a su hijo, un paciente siquiátrico internado en la Unidad de Pacientes Agudos (UPA) del Hospital Las Higueras. La suma total asciende a $75.000.000, concebida como compensación por daño moral. Esta decisión judicial surge a raíz de un dramático incidente en el que el paciente perdió un ojo debido a una autolesión.

El magistrado a cargo, Leonardo Llanos Lagos, estableció una severa crítica hacia el nosocomio, apuntando a la carencia de un protocolo de atención adecuado para pacientes con patologías mentales que requieren contención psicomotora. El fallo resalta la falta de supervisión y vigilancia necesarias para pacientes sujetos a contención psicomotora, subrayando que el personal designado no estaba realizando estas tareas al momento de la autolesión.

El tribunal hizo hincapié en la ausencia de una delimitación clara de responsabilidades en el documento que regula el funcionamiento de la UPA, lo que generó deficiencias evidentes. Se argumentó que estas deficiencias son el resultado de un diseño protocolar incompleto que obvió establecer la responsabilidad en la atención y cuidado de los pacientes psiquiátricos internados en dicha unidad.

El fallo también subraya que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad de estos pacientes, demandando una diligencia particular y más rigurosa debido a sus condiciones especiales, en comparación con los pacientes sin patologías psíquicas.

La resolución judicial detalla que tanto el paciente como su madre experimentaron daño moral significativo debido a la pérdida de visión del ojo derecho del paciente, lo que afectó su autonomía, independencia y generó un dolor físico considerable. La madre, por su parte, sufrió un profundo sufrimiento, dolor y angustia como resultado de la pérdida de visión de su hijo, lo que alteró significativamente su estilo de vida, dedicándose exclusivamente al cuidado de él.

El fallo concluye enfatizando que la omisión del servicio de salud respecto a las funciones específicas del personal de la UPA fue la causa directa de los daños sufridos por ambos demandantes. De haber existido un diseño organizacional adecuado en dicha unidad, es probable que el incidente no hubiera tenido lugar.

Fuente: pjud.cl

Ordenan indemnizar a familiares de ciclista atropellado en Quilicura

Origen: 22° Juzgado Civil de Santiago Fecha: 6 de noviembre de 2023 Causa rol: 15969-2020

El Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago emitió un fallo que ordena a la sociedad Comercial Maipo y Compañía SA pagar una indemnización total de $285.456.000 a la familia de un ciclista fallecido tras ser atropellado por un tracto camión de dicha empresa. El lamentable accidente tuvo lugar el 11 de septiembre de 2019 en la comuna de Quilicura.

La sentencia, dictada por la magistrada Lorena Cajas Villarroel en la causa rol 15.969-2020, estableció la responsabilidad de la demandada en este trágico suceso. La empresa fue considerada responsable como propietaria del vehículo de carga y remolque cuyo conductor no estaba atento a las condiciones del tránsito en el momento del accidente.

El fallo detalla que mediante un instrumento legal, específicamente la sentencia condenatoria en la causa RUC 2486-2020 ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, se condenó al conductor del camión, don Eduardo Antonio Sánchez Sepúlveda, a una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de cuasidelito de homicidio.

El accidente ocurrió cuando, el 11 de septiembre de 2019, el conductor del camión realizó una maniobra de viraje a la derecha en la intersección de avenida Américo Vespucio con avenida Central en Quilicura. Esta maniobra no respetó el derecho preferente de paso de la bicicleta conducida por la víctima, según se evidenció en el proceso judicial.

La resolución del tribunal también señala que, conforme al artículo 169 de la Ley 18.290, la empresa Comercial Maipo y Cía S.A. es solidariamente responsable de los daños ocasionados por el uso de sus vehículos, dado que se demostró su propiedad del tractocamión y el semirremolque involucrados en el accidente.

La demanda no logró acreditar que el conductor utilizara el vehículo contra su voluntad, eximiendo así la responsabilidad de la demandada. En consecuencia, el tribunal consideró que los daños resultantes del accidente de tránsito pueden ser imputados a la empresa como propietaria de los vehículos involucrados.

En resumen, el fallo del Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago establece la responsabilidad de Comercial Maipo y Compañía SA en el accidente que resultó en la muerte del ciclista, ordenando una indemnización significativa para los familiares.

Fuente: pjud.cl

Senado aprueba ley de reajuste salarial para el sector público en Chile

El Senado, con una mayoría sólida, aprobó un proyecto de ley que prepara el terreno para ser promulgado como una nueva legislación, que tiene como propósito realizar un reajuste salarial para el sector público en el año 2024. Este proyecto, tras un intenso debate, abarca no solo un aumento del 4,3% en los sueldos públicos, sino también varias medidas adicionales, como la extensión del Bolsillo Familiar Electrónico, cambios en el Indicador de Costos de la Salud (ICSA) y ajustes en los contratos de salud.

El presidente del Senado, Juan Antonio Coloma, destacó la capacidad de llegar a acuerdos valiosos cuando existe un diagnóstico compartido y una voluntad de respuesta conjunta. A pesar de la aprobación inicial tanto en la Comisión de Hacienda como en la Cámara de Diputados, se realizaron votaciones separadas, especialmente en temas como la modificación del procedimiento para el ICSA, generando debates intensos.

El proyecto, detallado por el presidente de la Comisión de Hacienda, senador Ricardo Lagos, no solo contempla el reajuste del 4,3%, sino también bonificaciones y ajustes diversos para el sector activo. Sin embargo, el amplio alcance de esta legislación miscelánea generó opiniones divididas, especialmente en torno al ICSA, considerado por algunos como un salvataje a las Isapres y por otros como una medida necesaria para evitar una crisis en el sistema de salud.

Los debates también resaltaron la necesidad de modernizar el Estado, con especial énfasis en regular el teletrabajo en el sector público, un aspecto que no fue abordado en la legislación anterior sobre conciliación de vida familiar y laboral. El ministro de Hacienda anunció la presentación de una nueva iniciativa al respecto a finales de diciembre para su discusión inmediata en enero.

En términos concretos, el proyecto establece un reajuste del 4,3% con la posibilidad de un adicional del 0,5% si el Índice de Precios al Consumidor (IPC) supera el 3,8% en un lapso de 12 meses a partir de abril de 2024. También se detallan incrementos en bonos, asignaciones y aportes a distintos sectores del servicio público y se abordan aspectos como el ICSA para el año 2024, los planes de retiro, ajustes en las normativas vigentes y compromisos de gestión para el año 2024.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Nuevas regulaciones en telefonía de prepago para combatir la delincuencia

Nuevas regulaciones en telefonía de prepago para combatir la delincuencia

La Sala del Senado aprueba proyecto que obliga a las compañías de teléfonos a identificar a usuarios de prepago. La iniciativa busca fortalecer la persecución de delitos y crimen organizado.

El senador Enrique Van Rysselberghe detalló que el uso de la telefonía prepago facilita delitos como estafas telefónicas desde distintos lugares. Se detectaron problemas como llamadas que saturan servicios de emergencia y coordinación delictiva desde prisiones o el extranjero.

Se enfatizó la necesidad de implementar mecanismos de bloqueo para números asociados a estos equipos y establecer mayores barreras de entrada. La discusión contó con la participación de varios senadores, resaltando la ausencia de restricciones de acceso a estos servicios y la falta de identificación del adquirente.

El proyecto propone bloquear equipos y números no registrados en los plazos legales, permitiendo la rehabilitación del servicio tras la inscripción requerida. Además, se señaló que los teléfonos prepago se utilizan para diversos delitos como estafas, extorsiones y grooming.

Se anticipan ajustes al texto legal debido a cambios tecnológicos en los últimos 5 años. Se resalta la necesidad de una identidad digital y marcos regulatorios actualizados para proteger datos personales y mejorar la interoperabilidad de sistemas.

El plazo para presentar indicaciones al proyecto es hasta el 18 de enero de 2024. Esta legislación apunta a reforzar la lucha contra la delincuencia, estableciendo medidas para identificar usuarios de telefonía de prepago y prevenir su uso en actividades.

Fuente: senado.cl

Rechazan demanda de manifestante herido durante protesta

El 29° Juzgado Civil de Santiago desestimó la demanda presentada por un manifestante que resultó herido por perdigones durante una protesta en 2019. El juez Matías Franulic Gómez rechazó la acción debido a la falta de claridad en los hechos y circunstancias del incidente.

La resolución destaca las variaciones significativas en las declaraciones del demandante, generando obstáculos para determinar los hechos con precisión. Las versiones del demandante respecto a su ubicación y participación en la protesta difieren entre distintos relatos presentados durante la investigación.

El tribunal observó discrepancias en los relatos del demandante sobre su ubicación y acciones durante la protesta. La resolución subraya que las pruebas no brindan suficiente claridad para juzgar la proporcionalidad de la respuesta policial, aunque sugieren su participación en una manifestación injusta y agresiva. El demandante admitió haber realizado actos violentos, lo que justificó la intervención de la policía, pero no demostró una infracción por parte de Carabineros.

El tribunal concluyó que el demandante participó en una reunión ilegal y agresiva durante un período de agitación social, exponiéndose a riesgos sin probar la infracción de Carabineros. La resolución enfatiza que, si bien se reconoce el derecho a manifestarse, debe hacerse pacíficamente y sin armas, de acuerdo con la Convención Americana. En definitiva, la demanda fue rechazada ya que el demandante no logró probar que Carabineros actuara en incumplimiento de sus deberes.

Fuente: pjud.cl

Juzgado Civil de Santiago ordena al fisco indemnización a joven torturado en 1987

El Decimoctavo Juzgado Civil de Santiago ordenó que el fisco indemnice con $35.000.000 a Andrés Pablo Labbé Hernández, quien fue detenido por Carabineros el 3 de noviembre de 1987. Tras participar en una marcha, fue llevado a la Cuarta Comisaría de Santiago, donde sufrió abusos, incluyendo desnudez, golpes y esposamiento a una ventana. Posteriormente, estuvo incomunicado en la Penitenciaría hasta el 12 de noviembre.

La magistrada Claudia Donoso Niemeyer rechazó las excepciones de prescripción y reparación integral del fisco, al establecer que Labbé Hernández fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible tanto en ámbitos penales como civiles. El fallo destaca que la excepción de prescripción no es admisible a la luz de lo sucedido.

El tribunal consideró que los esfuerzos generales del Estado para compensar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos, a través de pensiones y reparaciones simbólicas, no cumplen con la Convención Interamericana de Derechos Humanos. La sentencia resalta que cada individuo afectado debe recibir una indemnización justa, rechazando la alegación de suficiencia de pago por parte del Estado chileno.

Para respaldar la indemnización por daño moral, se presentó un informe psicológico que evidencia el impacto negativo en la integridad física, psíquica y emocional de Labbé Hernández. El fallo ordena el pago de $35.000.000 por daño moral, además de ajustes e intereses, subrayando la necesidad de ajustar la cantidad según la variación del Índice de Precios al Consumidor y agregando intereses corrientes hasta el pago efectivo, considerando la naturaleza declarativa de la sentencia.

Fuente: pjud.cl