Senado aprueba legislar cambios en cesantías

La Sala del Senado dio luz verde al proyecto que modifica el seguro de cesantía con 33 votos a favor y 2 abstenciones. Esta iniciativa, en segundo trámite, busca flexibilizar los requisitos de acceso y aumentar las prestaciones en caso de desempleo.

El proyecto contempla reducir de 12 a 10 las cotizaciones mensuales continuas o discontinuas para acceder a una prestación por cesantía en el caso de trabajadores con contrato indefinido o de casa particular. También, se baja el requisito de 6 a 5 cotizaciones para trabajadores con contrato a plazo fijo o por obra determinada.

En cuanto al monto de la prestación, se ajusta el promedio de las remuneraciones devengadas por el trabajador, pasando de 12 a 10 meses en el caso de contratos indefinidos o de casa particular. Para los contratos a plazo fijo, por obra o servicio determinado, se reduce de 6 a 5 meses.

Además, se aprueba legislar cambios en cesantías en medidas para la intermediación y habilitación laboral, destinando un máximo del 2% del saldo total del Fondo de Cesantía Solidario. El Sence llevará a cabo una evaluación anual de los programas de intermediación laboral.

Se incorpora también una disposición que permite destinar recursos fiscales (aproximadamente 370 millones de dólares) para el financiamiento de las prestaciones por cesantía, en pro de la sustentabilidad del Fondo de Cesantía Solidario.

Otro de los puntos destacados del proyecto es la automatización de la prestación en situaciones de catástrofe y alerta sanitaria. Este apunta a mejorar la empleabilidad y la reinserción laboral en un momento económico crucial para el país. Tras esta aprobación en la Sala, el proyecto será analizado en detalle en las comisiones pertinentes, con indicaciones a presentar hasta el 17 de octubre.

Fuente: senado.cl

Condenan a autor de homicidio al interior de centro penitenciario

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condena a autor de homicidio a cumplir la pena de 10 años y un día de presidio efectivo.

Origen: 4° TOP de Santiago; Fecha: 10/10/2023; Número de Sentencia: Causa rol 274 – 2023.

El Tribunal dictaminó la prisión efectiva para Luis Alberto Morales Undurraga. Lo declararon culpable de un homicidio ocurrido en abril de 2020 en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur.

La resolución unánime, a cargo de los magistrados Cristián Soto Galdames (presidente), Ingrid Droguett Torres y María Inés Collin Correa (redactora), estableció que el 22 de abril de 2020, alrededor de las 15:30 horas, Morales Undurraga atacó a Víctor Varela Muñoz en una oficina de Guardia Interna del centro penitenciario.

Hechos del caso

En un acto repentino, Morales Undurraga empleó un arma punzante para apuñalar a Varela en el cuello. Los agentes de Gendarmería presentes lograron someter a Morales Undurraga en el lugar del suceso.

El ataque causó una herida penetrante en la región cervical de Víctor Varela, quien fue trasladado al Hospital Barros Luco. Posteriormente falleció el 24 de abril de 2020 debido a la gravedad de la agresión.

Además de la condena principal, el Tribunal impuso a Morales Undurraga sanciones adicionales. Estas incluyen inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, así como la privación de derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el periodo de la condena. Asimismo, se ordenó la obtención de muestras biológicas del condenado para su registro en la base nacional de ADN de condenados, una vez la sentencia quede en firme.

Fuente: pjud.cl

Comisión de Libertad Condicional evaluará 263 solicitudes en Osorno y Valdivia

La Comisión de Libertad Condicional de Valdivia se reúne desde el 10 de octubre para revisar 263 solicitudes de internos en Osorno y Los Ríos. Presidida por la ministra María Soledad Piñeiro, incluye jueces de diversas instancias.

El análisis abarca 49 solicitudes del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Osorno, 35 del Centro de Estudio y Trabajo de Osorno, 159 del Complejo Penitenciario de Valdivia y 20 del Centro de Estudio y Trabajo de Valdivia.

La Comisión de Libertad Condicional examinará detalladamente cada caso, evaluando la elegibilidad del beneficio carcelario conforme a los requisitos legales y los informes técnicos presentados por Gendarmería de Chile. La reunión está programada para cuatro días, concluyendo el 13 de octubre.

El Decreto Ley N° 321, modificado por la ley N° 21.124 desde enero de 2019, establece las condiciones para optar a la libertad condicional. Esto incluye haber cumplido la mitad de la condena o dos tercios en casos de delitos graves, mantener una conducta ejemplar en prisión y contar con un informe psicosocial elaborado por profesionales de Gendarmería.

El 17 de septiembre de 2020, se publicó el decreto 338, reglamentando la organización del sistema de libertad condicional. Esto abarca programas, características, requisitos para delegados de libertad condicional y planes de intervención individual.

Fuente:pjud.cl

Corte Suprema confirma indemnización a prisionero político sometido a torturas en Coquimbo y Vallenar

En un fallo (rol 292-2023) del 4 de octubre de 2023, la Segunda Sala de la Corte Suprema ratificó la sentencia que ordena al Fisco indemnizar a un prisionero político víctima de torturas en Coquimbo y Vallenar. Los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier compusieron el panel.

El demandante estuvo privado de libertad, en dos ocasiones, la primera en la ciudad de Vallenar, en la comisaría de esa ciudad, entre el 24 al 30 de junio de 1974; y la segunda, entre el 30 de junio de 1974 y el 26 de mayo de 1975, en la ciudad de La Serena, permaneciendo entre el 30 de junio y el 7 de julio de 1974, en el Regimiento Arica de esa ciudad, y el resto del período en recinto penitenciario”

Por estos hechos, la Corte de Apelaciones de Santiago, confirma con declaración que el demandado queda condenado al pago de la suma de $100.000.000. Ante esto, el demandado deduce recurso de casación en la forma fundado en el artículo 768 N° 5 en relación 170 N° 4 del Código de Procedimiento Civil. Indica que la sentencia recurrida no contiene consideraciones de hecho o de derecho que sirvan de fundamento para el aumento del monto de la indemnización.

La sala desestimó cualquier error en el fallo que incrementó la compensación monetaria. El tribunal subrayó que la determinación del monto para reparar el daño causado debe ser prudente y basarse en las circunstancias específicas del caso. Afirmaron que esta evaluación no es arbitraria, sino una tarea cuidadosa y moderada por parte del órgano jurisdiccional.

El fallo argumenta que la sentencia impugnada confirmó la indemnización por daño moral, elevando la suma a $100.000.000, considerando la gravedad de los padecimientos del demandante. Este sufre de un síndrome de estrés post traumático complejo, depresión, neurosis aguda, claustrofobia y secuelas físicas crónicas.

El tribunal dictaminó que el monto inicial era insuficiente para compensar el profundo sufrimiento físico y psicológico del demandante, ocasionado por las brutales torturas y golpizas a las que fue sometido. Las fracturas sufridas le causan intensos dolores y le obligan a largos períodos de reposo en cama.

La Corte reafirmó que la sentencia cumplió con todas las exigencias legales que el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil impone. Además, desestimó la posibilidad de cuestionarla mediante el recurso de casación. Subrayaron que las discrepancias en razonamientos jurídicos no son motivo para esta forma de revisión, la cual se reserva para la casación sustancial.

Fuente: pjud.cl

Nueva Ley regula cigarrillos electrónicos para proteger la salud pública

El 5 de octubre de 2023, el Senado aprobó la regulación integral de cigarrillos electrónicos. Con 28 votos a favor, respaldaron los cambios propuestos por la Comisión de Salud, consolidando así el proyecto para su promulgación.

La normativa equipara los vapeadores a los cigarrillos convencionales, imponiendo requisitos similares en cuanto a comercialización y distribución. Este paso crucial se originó en mociones del senador Francisco Chahuán y ex parlamentarios, respaldado por un mensaje de la segunda administración del ex presidente Sebastián Piñera.

El presidente de la Comisión de Salud, Juan Luis Castro, subrayó la importancia de regular la venta y publicidad de los cigarrillos electrónicos, destacando que se establece su peligrosidad y prohibición para menores. La unanimidad en la votación subraya la relevancia de esta enmienda.

Durante el debate, diversos senadores recalcaron la falta de evidencia que respalde el uso de cigarrillos electrónicos para dejar de fumar. También se mencionó el aumento sostenido de su consumo, especialmente entre menores de 18 años, según la última encuesta nacional de salud.

En cuanto a la implementación, se resaltó la necesidad de reforzar la regulación de la publicidad, comprometiéndose el Gobierno a restringirla aún más en espacios cerrados. La Sala insistió en que es responsabilidad del Estado garantizar una vida saludable y regular la venta de estos productos.

La iniciativa redefine los cigarrillos electrónicos según la clasificación de la OMS, englobándolos como productos de tabaco recalentado y sistemas electrónicos de administración de nicotina y sin nicotina. Se imponen restricciones a la publicidad y comercialización, especialmente a menores de 18 años.

La ley prohíbe la venta en establecimientos de salud y el uso de máquinas expendedoras. Exige advertencias sobre la potencial adicción y exclusividad para mayores de edad en los envases. También restringe el consumo en lugares públicos, excepto en patios o espacios al aire libre, salvo usos terapéuticos con receta médica.

La autoridad sanitaria llevará a cabo la fiscalización y, de ser necesario, los sumarios sanitarios correspondientes. Se aplicarán sanciones y multas por incumplimiento. Los empaques deben incluir información detallada en español sobre el producto, fabricante, instrucciones y concentraciones de nicotina.

Fuente: senado.cl