Primer TOP de Santiago condena a autor de robo por sorpresa

El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago emitió un fallo unánime condenando a Michel López Guerrero a tres años y un día de presidio efectivo por el delito de robo por sorpresa, ocurrido en septiembre del año pasado en la comuna de Pudahuel.

Los jueces, Nelson González Valenzuela (presidente), Christian Vera Lobos y Carmen Riquelme González (redactora), impusieron además a López Guerrero las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

La sentencia establece que el acusado, aproximadamente a las 14:55 horas del 29 de septiembre de 2022, arrebató sorpresivamente el teléfono celular de una víctima de 14 años, que viajaba en un bus del Transantiago en la comuna de Pudahuel. Posteriormente, huyó del lugar con el dispositivo.

El tribunal consideró la reincidencia específica de López Guerrero, quien ya había sido condenado por un delito similar. No obstante, se tomó en cuenta la morigeración según el artículo 11 N°9 del Código Penal, debido a que el acusado renunció a su derecho a guardar silencio y prestó declaración en la audiencia de juicio oral.

En cuanto a la pena, el tribunal aplicó el artículo 449 del Código Penal, excluyendo el grado mínimo debido a la reincidencia, fijando la sanción en presidio menor en su grado máximo. La decisión destaca que la pena no será sustituida y deberá cumplirse efectivamente, sin posibilidad de reemplazo, abonándose el tiempo que estuvo privado de libertad durante el proceso.

En resumen, Michel López Guerrero enfrentará tres años y un día de presidio efectivo por robo por sorpresa, con las respectivas inhabilitaciones y considerando su historial delictivo.

Fuente: pjud.cl

Avanza proyecto de responsabilidad civil por anticonceptivos defectuosos

La Comisión de Salud del Congreso rechazó las indicaciones propuestas en la Sala y confirmó los artículos originales del proyecto que modifica el Código Sanitario (boletín 14094). Este proyecto busca establecer la responsabilidad civil de los laboratorios en casos de anticonceptivos defectuosos que resulten en embarazos no deseados, siguiendo una alerta del Instituto de Salud Pública (ISP).

La propuesta, aprobada en enero por la Sala de la Cámara pero sujeta a indicaciones, incorpora una presunción de causalidad cuando hay un embarazo y una alerta del ISP. Asimismo, exige que los laboratorios demuestren que el defecto no pudo haber causado daño. Se elevan las multas que puede imponer el ISP y se establece la retroactividad de la ley para aproximadamente 140 mujeres afectadas.

La Comisión analizó diez indicaciones, la mayoría presentadas por el diputado Johannes Kaiser, que buscaban modificar partes del texto, cambiar la redacción de algunas normas y eliminar la retroactividad de la ley. La diputada Karol Cariola, autora de la propuesta, argumentó que las modificaciones intentaban distorsionar el propósito del proyecto, incluyendo invertir la carga de prueba a las personas afectadas.

La Comisión ratificó los artículos originales, manteniendo el concepto de «personas gestantes» y estableciendo que la ley se aplicará retroactivamente desde el 2020. Además, se exige a los establecimientos de salud que distribuyan anticonceptivos mantener un registro interno confidencial. La relación de causalidad se presume con la existencia de un embarazo y una alerta del ISP, siendo responsabilidad del fabricante demostrar lo contrario.

El laboratorio que reincida en la dispensación de métodos defectuosos quedará excluido de licitaciones, y las infracciones a la normativa conllevarán multas de hasta cinco mil unidades tributarias mensuales. La presidenta de la Comisión, Ana María Gazmuri, informará el texto en la Sala.

Fuente: camara.cl

Aprueban proyecto sobre cobro de tarifa eléctrica para servicios sanitarios rurales

La Comisión de Recursos Hídricos aprobó por unanimidad el proyecto que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos en relación al cobro de tarifa eléctrica para servicios sanitarios rurales. La iniciativa, impulsada por la diputada Nathalie Castillo, busca aplicar un descuento en los cargos facturados por el precio de potencia de punta, según lo establece el artículo 155 de la mencionada ley.

El descuento se reflejará directamente en la facturación de los servicios sanitarios rurales, regulados por la Ley 20.998, que operan en diversas etapas. Se argumenta que el cargo adicional de invierno perjudica seriamente a los sectores rurales del país, incrementando los costos de operación de los Comités y cooperativas de agua potable rural, afectando tanto su patrimonio como su situación financiera, así como el presupuesto de los usuarios finales.

Denisse Charpentier, subdirectora de Servicios Sanitarios Rurales, enfatizó la importancia de proyectos que reduzcan los costos fijos y variables de estos servicios, dado su impacto positivo. Destacó que los servicios sanitarios rurales regulados por la Ley 20.998 operan sin fines de lucro, y que los ingresos por cobros de consumo o tarifa están destinados exclusivamente a la mantención, operación y reposición de infraestructura en casos mayores.

Charpentier señaló que el proyecto tendrá un mayor impacto en los servicios más pequeños, cuyas tarifas solo cubren gastos de mantención y operación, incluyendo sueldos, insumos y químicos, así como la tarifa eléctrica, especialmente en horario punta de invierno. Además, resaltó la importancia de incorporar un apartado específico con un descuento o porcentaje para sistemas con menos de mil arranques. Con esta aprobación en general, el proyecto avanza hacia su siguiente etapa legislativa.

Fuente: camara.cl

Condenan a 6 años de presidio a autores de robo con intimidación en la vía pública

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a José Wenceslao Pineda Fernández y José Antonio Gómez a sendas penas de cumplimiento efectivo de 6 años de reclusión, en calidad de autores del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito cometido en la comuna de La Florida, en febrero pasado.

En fallo unánime (causa rol 217-2023), el tribunal aplicó, además, a Pineda Fernández y Gómez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 10 horas del 6 de febrero de 2023, en la intersección de calle San Jorge con avenida Vicuña Mackenna, comuna de La Florida, la víctima se encontraba trabajando como instalador de fibra óptica. Allí fue abordado por Pineda Fernández y Antonio Gómez el primero de los cuales le preguntó dónde podían tomar un taxi, luego el segundo de los mencionados lo apuntó con una pistola en la nuca, momento en que ambos le exigieron que les entregara el teléfono celular y la billetera, ante lo cual la víctima les hizo entrega del teléfono móvil que portaba. A continuación, la víctima tomó un trozo de madera que usaba para hacer parte de su trabajo, con el cual golpeó en la cabeza a Pineda Fernández, tras lo cual ambos acusados se dieron a la fuga”.

En la determinación de la pena a imponer a los condenados, el tribunal tuvo presente: “Que la pena asignada al delito de robo con intimidación consta de tres grados de una divisible, presidio mayor en su grado mínimo a máximo, y dentro de dicho amplio rango legal, se le impondrá en su grado mínimo, teniendo presente la circunstancia atenuante que los favorece, por lo que la sanción quedará en el rango del presidio mayor en su grado mínimo”.

Además, el Tribunal determinó que no resultaba procedente concederle a los sentenciados alguna de las penas sustitutivas previstas en la ley, por lo que deberán cumplirlas de manera efectiva.

Fuente: pjud.cl

TOP de Concepción condena a presidio perpetuo a autor de femicidio en Santa Juana

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción emitió un fallo unánime condenando a J.M.T.A. a presidio perpetuo por el delito de femicidio cometido el 13 de marzo de 2022 en Santa Juana. El tribunal estableció más allá de toda duda razonable que el acusado agredió a su conviviente y madre de tres hijas menores con un arma blanca, causándole la muerte en el lugar. El ataque ocurrió en presencia de las menores.

Además de la pena de presidio perpetuo, el condenado recibió las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y derechos políticos, sujeción a la vigilancia de la autoridad por el tiempo que establece la ley y prohibición de tenencia o porte de arma de fuego.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se tomarán muestras biológicas del sentenciado para su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

En la determinación de la pena, el tribunal consideró que el delito de femicidio tiene asignada una pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. También se tuvieron en cuenta circunstancias agravantes y atenuantes, realizando una compensación racional de las mismas.

Las magistradas destacaron las consecuencias del hecho al determinar la magnitud del daño asociado al comportamiento del acusado. Se subrayó la violencia del ataque en el domicilio compartido por la víctima y el agresor, así como el uso de un arma cortante. Se resaltó la situación de la víctima, una mujer joven que trabajaba para sostener a sus tres hijas, generando un gran sufrimiento para la familia.

Se hizo hincapié en el impacto en las hijas de la víctima, quienes presentaron sintomatología de estrés postraumático y se prevén repercusiones en el futuro, especialmente durante la etapa de la adolescencia, requiriendo apoyo psicológico permanente. La sentencia concluyó destacando la necesidad de considerar estos aspectos al determinar la pena.

Fuente: pjud.cl

Corte de Santiago eleva monto de indemnización a hermana de cineasta desaparecida

La Primera Sala del tribunal de alzada de la Corte de Apelaciones de Santiago ha incrementado la indemnización a María Verónica Bueno Cifuentes, hermana de la cineasta Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, quien fue detenida en 1974 en el marco de la «Operación Colombo» llevada a cabo por la DINA. El monto fijado por el tribunal asciende a $50.000.000 por concepto de daño moral.

El fallo unánime, confirmatorio de la sentencia dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago, considera diversos factores para determinar el monto de la indemnización. Se valora el sufrimiento psicológico de María Verónica, su edad al momento de la desaparición de su hermana y cuñado, así como la duración de sus padecimientos y el tiempo transcurrido para obtener respuestas sobre el destino de sus familiares.

La resolución también atiende a los montos asignados previamente en casos similares de violaciones a los derechos humanos. La suma otorgada por daño moral incluirá reajustes e intereses, teniendo en cuenta el propósito de mantener el poder adquisitivo del dinero y la exigibilidad de la obligación de indemnizar.

Se establece que la cantidad, una vez ajustada, generará intereses corrientes para operaciones reajustables desde el momento en que el deudor incurra en mora de su pago. En última instancia, se confirma la sentencia del 25° Juzgado Civil de Santiago, fechada el 31 de marzo de 2023, con la declaración de la suma total de $50.000.000 a favor de María Verónica Bueno Cifuentes, más los ajustes correspondientes al Índice de Precios al Consumidor, devengados a partir de la ejecutoria del fallo, así como los intereses corrientes aplicables a operaciones reajustables desde la mora del deudor, sin imposición de costas.

Fuente: pjud.cl