Corte de Apelaciones rechaza nulidad y confirma ilegalidad en contrato de operadores de tienda

En un fallo unánime, identificado con la causa rol 4392-2024, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado contra la sentencia que acogió la demanda del Sindicato Interempresa Líder de Trabajadores Walmart Chile. La acción judicial impugnó la falta de certeza en las funciones de los operadores de tienda dentro de las empresas Administradora de Supermercados Hiper Limitada y Administradora de Supermercados Express Limitada.

Corte ratifica ilegalidad del contrato

La Décima Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Verónica Sabaj, el fiscal judicial Jorge Norambuena y el abogado (i) Jorge Benítez, concluyó que la sentencia recurrida no contenía infracciones. El fallo del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago estableció que las empresas demandadas vulneraron derechos fundamentales al no definir con precisión las funciones de los operadores de tienda, contraviniendo el Código del Trabajo y el contrato colectivo vigente desde enero de 2021.

Según el dictamen, la cláusula que regulaba el cargo de operador de tienda carecía de especificidad, mezclando funciones alternativas y complementarias sin delimitar claramente las responsabilidades laborales. La sentencia destacó que la multifuncionalidad impuesta en el contrato impedía a los trabajadores conocer con certeza sus tareas, lo que generaba una situación de incertidumbre laboral inaceptable.

Justificación del fallo

El tribunal explicó que la norma laboral exige una determinación clara de las funciones de los trabajadores, lo que no se cumplía en el anexo de contrato cuestionado. La sentencia detalló que la empresa incluyó múltiples tareas sin diferenciación, asignando indistintamente labores de reposición, venta, cobro, armado de pedidos, traslado de productos y otras actividades externas a la sala de ventas.

Además, el fallo subrayó que la venta asistida en secciones especializadas, como carnicería o pastelería, requiere habilidades distintas, por lo que agrupar todas esas funciones dentro de un mismo cargo desnaturalizaba la relación laboral. La resolución concluyó que la falta de precisión en las tareas vulneraba la normativa, pues el Código del Trabajo exige que las funciones sean específicas y no ambiguas.

Tras analizar los argumentos, la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de nulidad y confirmó la ilegalidad del anexo contractual. Con esta decisión, se ratificó la obligación de las empresas demandadas de establecer funciones laborales claras y respetar los términos acordados en el contrato colectivo.

Fuente: pjud.cl

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Juzgado de Arica ordena pago de indemnizaciones por despido injustificado de administradora de hostal

El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica falló a favor de una trabajadora que demandó a un hostal de la ciudad por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales. La sentencia estableció que la empleadora debe pagar diversas indemnizaciones, tras no comparecer al juicio y no presentar pruebas en su defensa.

Detalles del fallo

La jueza Ana Sepúlveda Burgos analizó los antecedentes dentro de la causa rol 290-2024 y concluyó que la relación laboral existió desde el 1 de mayo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2024, cuando el despido ocurrió de manera verbal y sin justificación legal. Según la resolución, la falta de respuesta de la empresa permitió dar por probadas las alegaciones de la demandante, conforme a las normas del Código del Trabajo.

El tribunal recordó que, en juicios por despido, el empleador tiene la obligación de demostrar la causal de terminación del contrato. En este caso, la demandada no presentó la carta de despido ni pruebas que justificaran la medida. Además, la trabajadora acreditó pagos realizados por el representante legal de la empresa, Ronny Jorge Humire Soto, lo que reforzó la existencia de la relación laboral y los montos adeudados.

Montos a pagar

El fallo ordenó al hostal el pago de diversas prestaciones, entre las que se encuentran:

  • $1.200.000 por feriado legal y proporcional.
  • $600.000 por indemnización sustitutiva de aviso previo.
  • $2.400.000 por indemnización por años de servicio.
  • $1.200.000 por el incremento del 50% sobre la indemnización anterior.

Además, las sumas serán reajustadas y devengarán intereses conforme a la legislación vigente. La jueza también condenó a la demandada al pago de costas, equivalentes al 10% del monto adeudado, es decir, $540.000.

Este fallo refuerza la obligación de los empleadores de justificar los despidos y cumplir con las normativas laborales para evitar sanciones judiciales.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema rechaza recurso de empresa de transporte y confirma millonaria multa por incumplimiento con sindicato

La Corte Suprema, a través de la Cuarta Sala, declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la empresa Subus Chile SA en la causa rol 57.581-2024. La compañía buscaba revertir una sentencia que la obligó a pagar $6.120.000 por cuotas sindicales adeudadas y una multa de 13.301,5 UF al sindicato de trabajadores por incumplir un acuerdo conciliatorio.

Argumentos del tribunal

La Cuarta Sala, integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz, Jessica González y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop, resolvió de manera unánime que no existía la disparidad de criterios necesaria para justificar el recurso. Según el fallo, la unificación de jurisprudencia procede únicamente cuando existen interpretaciones contradictorias sobre una misma materia de derecho en casos sustancialmente similares.

El fallo señala que el recurso requiere «distintas interpretaciones respecto de una determinada materia de derecho», lo que no se cumplió en este caso. La resolución agrega que la función de la Corte es clarificar el sentido y alcance de la norma frente a situaciones equivalentes ya resueltas, lo cual no aplicó en este contexto.

La Sala Laboral concluyó que la situación planteada por Subus Chile no era comparable con los precedentes citados en su recurso. La empresa argumentó que los casos anteriores involucraban atrasos mínimos en el pago de cuotas sindicales (de hasta cinco días) o problemas ajenos al empleador, como cheques rechazados por firma disconforme. Sin embargo, en este caso, el incumplimiento se debió a un atraso significativo de 719 días para seis trabajadores, lo que justificó la multa aplicada.

La Corte reafirmó que la necesidad de uniformar criterios no se acreditó en este caso y recordó el carácter excepcional del recurso de unificación de jurisprudencia, regulado por el artículo 483 del Código del Trabajo. La inadmisibilidad del recurso cierra definitivamente el litigio, manteniendo la sentencia que impone las sanciones económicas a Subus Chile SA.

Fuente: pjud.cl

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Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirma multas por infracciones laborales contra empresa de transporte

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó un recurso de nulidad presentado por la empresa Servicios y Transportes Rémoras Austral Limitada, que buscaba anular la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt. Esta resolución había confirmado multas por infracciones laborales por un total de 160 UTM, aplicadas por la Inspección Provincial del Trabajo.

El fallo, identificado con causa rol 360-2023, emitido por la Primera Sala del tribunal de alzada, destacó que el recurso carecía de fundamentos suficientes para cuestionar la sentencia original. Según el tribunal, la empresa no presentó argumentos válidos que demostraran errores en la resolución administrativa que impuso las sanciones originadas en infracciones laborales.

“Las alegaciones del reclamante se limitaron a discutir los fundamentos de la resolución de multa sin acreditar errores de hecho ni el cumplimiento de las normativas infringidas”, indicó el fallo, firmado por los ministros Patricio Rondini, Francisco del Campo y el abogado integrante Darío Parra.

Evaluación de las sanciones

El tribunal también confirmó que las multas respetaron las disposiciones del Código del Trabajo, considerando factores como la gravedad de las infracciones y la condición de mediana empresa del reclamante, que cuenta con 137 trabajadores. Además, descartó que las sanciones infringieran principios de legalidad o proporcionalidad.

El fallo recordó que el Tribunal Constitucional ya había rechazado un requerimiento de inaplicabilidad presentado por la misma empresa contra el artículo 506 del Código del Trabajo. La resolución determinó que la norma cuestionada no vulnera la Constitución.

La Corte de Apelaciones finalmente resolvió mantener la sentencia del 31 de julio de 2023 y ordenó que la empresa asumiera las costas del proceso. Con esta decisión, las multas aplicadas por la Inspección Provincial del Trabajo permanecen vigentes y ratificadas.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia por feriado legal adeudado

La Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia presentado contra la sentencia que ordenó a Constructora Agua Santa SA, como empresa principal, y subsidiariamente a Anglo American Sur SA, pagar $6.500.000 por feriado legal y proporcional adeudado a un extrabajador.

Argumentos del fallo

En un fallo unánime (causa rol 51.751-2024), la Cuarta Sala del máximo tribunal, integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Jessica González, María Loreto Gutiérrez y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Carlos Urquieta, desestimó el recurso por no cumplir con los requisitos jurídicos que permiten este tipo de arbitrios.

El tribunal señaló que el recurso de unificación de jurisprudencia, según lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, procede solo cuando existen interpretaciones contradictorias sobre un mismo tema jurídico en fallos firmes emitidos por Tribunales Superiores de Justicia.

La resolución detalló que, según el artículo 483-A del Código del Trabajo, el recurso debe cumplir ciertos requisitos:

  1. Presentarse en el plazo legal.
  2. Exponer fundamentos claros.
  3. Incluir una relación precisa de las distintas interpretaciones jurisprudenciales sobre el tema en cuestión.
  4. Adjuntar copia de los fallos que sustentan el recurso.

En este caso, la materia de derecho propuesta para unificar consistía en la interpretación del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo, que permite aplicar apercibimientos por no exhibición de documentos en juicios laborales.

La Corte concluyó que este tema no constituye un asunto jurídico habilitante para el recurso de unificación. Por esta razón, declaró inadmisible la solicitud y desestimó su análisis en esta etapa procesal.

Este fallo reafirma los criterios restrictivos para aceptar este tipo de recursos en el ámbito laboral, exigiendo un cumplimiento riguroso de los requisitos legales y jurisprudenciales.

Fuente: pjud.cl

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