Corte Suprema rechaza recurso y mantiene condena contra colegio por maltrato escolar

La Corte Suprema desestimó un recurso de casación presentado por el Colegio Capellán Pascal de Viña del Mar y ratificó la condena que obliga al establecimiento a pagar $5.000.000 por daño moral. La decisión se tomó en respuesta a la demanda de un apoderado, cuya hija sufrió maltrato escolar en abril de 2018 por parte de tres compañeras del colegio.

Argumentos del máximo Tribunal

La Primera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa, María Soledad Melo Labra y la abogada (i) Fabiola Lathrop Gómez, rechazó el recurso del colegio por considerar que carecía de fundamento.

El fallo señaló que el establecimiento argumentó una supuesta vulneración a normas del Código de Procedimiento Civil y del Código Civil, relacionadas con la carga de la prueba y la validez de documentos. Sin embargo, la Corte determinó que estos errores no influyeron de manera decisiva en la sentencia.

Fundamentación del rechazo

El tribunal estableció que el recurso no abordó normas sustantivas clave sobre la responsabilidad contractual y la indemnización de perjuicios. Además, confirmó que la Corte de Apelaciones de Valparaíso aplicó correctamente la legislación vigente.

En su resolución, la Corte Suprema concluyó que el recurso de casación carecía de fundamento y, por lo tanto, lo rechazó en su totalidad. Con esta decisión, se mantiene firme la condena impuesta al colegio.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema rechaza recurso contra condena a radioemisora por daño moral

La Corte Suprema desestimó el recurso de casación presentado contra la sentencia que ordenó a la sociedad Publicaciones y Difusión SA (radio Agricultura) pagar una indemnización de $5.000.000 por daño moral. La sanción se dictó debido a la difusión de una noticia en la que la emisora atribuyó, de manera negligente, responsabilidad en un delito de “abuso sexual” a un director de contenidos de un canal de televisión.

En un fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso por errores en su formulación. Los ministros Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa, María Soledad Melo Labra y la abogada (i) Fabiola Lathrop Gómez analizaron los argumentos del recurrente y concluyeron que no cumplían con los requisitos legales.

Argumentos del fallo

El recurrente alegó que la sentencia incurría en causales de nulidad establecidas en el Código de Procedimiento Civil. Según su postura, los jueces de la instancia anterior redujeron el monto de la indemnización sin fundamentar adecuadamente su decisión y omitieron consideraciones sobre la adhesión a la apelación. Además, afirmó que la resolución presentaba contradicciones al modificar la indemnización sin alterar otros fundamentos del fallo original.

El fallo del tribunal rechazó estos planteamientos y aclaró que la sentencia sí contenía las consideraciones de hecho y derecho necesarias. Según los ministros, la reducción del monto indemnizatorio tomó en cuenta que el daño reclamado no se originó únicamente por la acción de la demandada. Por esta razón, concluyeron que el recurso no planteaba una falta formal, sino una discrepancia sustantiva con la decisión judicial.

En cuanto a la supuesta contradicción en la sentencia, el tribunal descartó esta afirmación. Explicó que el fallo impugnado no contenía resoluciones incompatibles, sino que confirmaba, con una modificación, la decisión de primera instancia.

Decisión final

Tras analizar los antecedentes, la Corte Suprema resolvió que el recurso de casación en la forma no cumplía con los requisitos exigidos por la ley y, por lo tanto, no podía prosperar. Con esta decisión, se mantiene la condena contra radio Agricultura por daño moral debido a la difusión de información errónea que perjudicó la reputación del afectado.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema rechaza recurso de casación y ratifica indemnización a transeúnte atropellado

La Corte Suprema confirmó la sentencia que obliga a una conductora a pagar $7.000.000 por daño moral a un transeúnte, tras atropellarlo al no respetar un semáforo en rojo. El accidente ocurrió en Punta Arenas, en mayo de 2018.

Decisión unánime del máximo tribunal

En un fallo unánime (causa rol 60.720-2024), la Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo presentado contra la sentencia. Los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, María Soledad Melo Labra y Hernán Crisosto Greisse concluyeron que el recurso carecía de fundamento.

El fallo destacó que la argumentación presentada no logró demostrar errores de derecho en la sentencia recurrida. Según el tribunal, la recurrente señaló la supuesta infracción de normas sobre regulación de la prueba, pero omitió mencionar las normas sustantivas que definieron el caso, como los artículos 2314 y 2329 del Código Civil.

Fundamentos del rechazo

La resolución también explicó que el artículo 1698 del Código Civil, al establecer la distribución de la carga probatoria, no puede considerarse una norma reguladora de la prueba en este caso. Además, el tribunal determinó que no se invirtió la carga de la prueba y que la valoración de los antecedentes se realizó correctamente.

Ante estos argumentos, la Corte Suprema concluyó que el recurso de casación carecía de sustento jurídico y confirmó la condena impuesta a la conductora por atropellar a transeúnte.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema ratifica fallo contra supermercado y empresa de seguridad por retención y acusación indebida en Antofagasta

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordena a Hipermercado Tottus SA y a la empresa de seguridad Liderman SpA pagar $10.000.000 a una clienta que sufrió una retención y acusación infundada de robo en un local de Antofagasta. En un fallo unánime, la Primera Sala desestimó el recurso de casación presentado por la cadena de supermercados.

Tribunal descarta argumentos del recurrente

El fallo identificado con causa rol 60.717-2024 establece que Tottus es responsable por la conducta de los guardias de seguridad que operaban en su establecimiento, dado su deber de supervisión y control sobre sus actos. La empresa intentó eximirse de responsabilidad argumentando que la empresa de seguridad externa era independiente y que sus trabajadores contaban con la experiencia necesaria. Sin embargo, la Corte concluyó que no presentó pruebas suficientes para demostrar que la relación con Liderman SpA funcionaba bajo términos distintos a los habituales en este tipo de contratos.

Fundamentos de la resolución

El tribunal determinó que los guardias de seguridad de Liderman SpA actuaron de manera desproporcionada y sin fundamentos racionales al retener a la clienta. La afectada, una compradora frecuente del supermercado, poseía antecedentes que hacían evidente que se trataba de un error de cobro y no de un intento de hurto.

La sentencia destacó que los jueces de instancia establecieron los hechos del caso de manera correcta y que no se vulneraron normas regulatorias de la prueba, por lo que la nulidad solicitada por Tottus carecía de fundamentos.

Con esta resolución, la Corte Suprema cierra definitivamente el caso y mantiene la obligación de indemnizar a la clienta afectada. Tottus y Liderman SpA deberán responder económicamente por el daño moral causado, marcando un precedente en la responsabilidad de las empresas sobre el actuar de sus proveedores de seguridad.

Fuente: pjud.cl

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Corte de Valdivia confirma condena contra el Fisco por acoso laboral en Gendarmería

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad presentado por el Fisco contra el fallo que ordenó indemnizar con $6.000.000 por daño moral a una funcionaria de Gendarmería y pedirle disculpas públicas. El tribunal confirmó la resolución del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, que acreditó actos de acoso laboral en Gerdarmería y la perpetuación de actos de discriminación por parte de la dirección regional del servicio.

Contexto del hostigamiento laboral

El caso se originó por una serie de nueve sumarios administrativos impulsados contra la funcionaria durante tres años, sin pruebas que justificaran las acusaciones. Además, tras regresar de su postnatal, la dirección regional de Gendarmería la removió de su cargo de jefatura sin entregar explicaciones. Este conjunto de situaciones vulneró las garantías constitucionales de la trabajadora, según el fallo ratificado.

La Segunda Sala de la Corte, integrada por la ministra Marcela Araya, la fiscal judicial Paola Oltra y el abogado Iván Hunter, determinó que el fallo de primera instancia no incurrió en errores de derecho. Según el tribunal, someter a una persona a constantes procesos sancionatorios sin sustento constituye una carga psicológica y una forma de discriminación.

Asimismo, la Corte consideró como otro indicio de acoso la decisión de privar a la funcionaria de su oficina, computador y escritorio tras su regreso al trabajo. Aunque Gendarmería intentó subsanar esta situación, el tribunal concluyó que los hechos acumulados evidenciaron un patrón de vulneración de derechos fundamentales.

Resolución definitiva

El fallo original, dictado el 24 de septiembre de 2024, obligó al Fisco a:

  1. Pagar $6.000.000 como indemnización por daño moral.
  2. Enviar una carta de disculpas públicas a la funcionaria.
  3. Ajustar y pagar intereses conforme al artículo 173 del Código del Trabajo.
  4. Abstenerse de realizar actos que vulneren las garantías de integridad física y psíquica de sus trabajadores.

La resolución también dispuso el registro del caso en la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia y condenó al Fisco al pago de costas procesales, fijadas en $600.000.

Este fallo reafirma el deber de las instituciones públicas de garantizar condiciones laborales libres de discriminación y acoso.

Fuente: pjud.cl

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