Corte Suprema rechaza recurso de casación y ratifica indemnización a transeúnte atropellado

La Corte Suprema confirmó la sentencia que obliga a una conductora a pagar $7.000.000 por daño moral a un transeúnte, tras atropellarlo al no respetar un semáforo en rojo. El accidente ocurrió en Punta Arenas, en mayo de 2018.

Decisión unánime del máximo tribunal

En un fallo unánime (causa rol 60.720-2024), la Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo presentado contra la sentencia. Los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, María Soledad Melo Labra y Hernán Crisosto Greisse concluyeron que el recurso carecía de fundamento.

El fallo destacó que la argumentación presentada no logró demostrar errores de derecho en la sentencia recurrida. Según el tribunal, la recurrente señaló la supuesta infracción de normas sobre regulación de la prueba, pero omitió mencionar las normas sustantivas que definieron el caso, como los artículos 2314 y 2329 del Código Civil.

Fundamentos del rechazo

La resolución también explicó que el artículo 1698 del Código Civil, al establecer la distribución de la carga probatoria, no puede considerarse una norma reguladora de la prueba en este caso. Además, el tribunal determinó que no se invirtió la carga de la prueba y que la valoración de los antecedentes se realizó correctamente.

Ante estos argumentos, la Corte Suprema concluyó que el recurso de casación carecía de sustento jurídico y confirmó la condena impuesta a la conductora por atropellar a transeúnte.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema ratifica fallo contra supermercado y empresa de seguridad por retención y acusación indebida en Antofagasta

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordena a Hipermercado Tottus SA y a la empresa de seguridad Liderman SpA pagar $10.000.000 a una clienta que sufrió una retención y acusación infundada de robo en un local de Antofagasta. En un fallo unánime, la Primera Sala desestimó el recurso de casación presentado por la cadena de supermercados.

Tribunal descarta argumentos del recurrente

El fallo identificado con causa rol 60.717-2024 establece que Tottus es responsable por la conducta de los guardias de seguridad que operaban en su establecimiento, dado su deber de supervisión y control sobre sus actos. La empresa intentó eximirse de responsabilidad argumentando que la empresa de seguridad externa era independiente y que sus trabajadores contaban con la experiencia necesaria. Sin embargo, la Corte concluyó que no presentó pruebas suficientes para demostrar que la relación con Liderman SpA funcionaba bajo términos distintos a los habituales en este tipo de contratos.

Fundamentos de la resolución

El tribunal determinó que los guardias de seguridad de Liderman SpA actuaron de manera desproporcionada y sin fundamentos racionales al retener a la clienta. La afectada, una compradora frecuente del supermercado, poseía antecedentes que hacían evidente que se trataba de un error de cobro y no de un intento de hurto.

La sentencia destacó que los jueces de instancia establecieron los hechos del caso de manera correcta y que no se vulneraron normas regulatorias de la prueba, por lo que la nulidad solicitada por Tottus carecía de fundamentos.

Con esta resolución, la Corte Suprema cierra definitivamente el caso y mantiene la obligación de indemnizar a la clienta afectada. Tottus y Liderman SpA deberán responder económicamente por el daño moral causado, marcando un precedente en la responsabilidad de las empresas sobre el actuar de sus proveedores de seguridad.

Fuente: pjud.cl

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Corte de Valdivia confirma condena contra el Fisco por acoso laboral en Gendarmería

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad presentado por el Fisco contra el fallo que ordenó indemnizar con $6.000.000 por daño moral a una funcionaria de Gendarmería y pedirle disculpas públicas. El tribunal confirmó la resolución del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, que acreditó actos de acoso laboral en Gerdarmería y la perpetuación de actos de discriminación por parte de la dirección regional del servicio.

Contexto del hostigamiento laboral

El caso se originó por una serie de nueve sumarios administrativos impulsados contra la funcionaria durante tres años, sin pruebas que justificaran las acusaciones. Además, tras regresar de su postnatal, la dirección regional de Gendarmería la removió de su cargo de jefatura sin entregar explicaciones. Este conjunto de situaciones vulneró las garantías constitucionales de la trabajadora, según el fallo ratificado.

La Segunda Sala de la Corte, integrada por la ministra Marcela Araya, la fiscal judicial Paola Oltra y el abogado Iván Hunter, determinó que el fallo de primera instancia no incurrió en errores de derecho. Según el tribunal, someter a una persona a constantes procesos sancionatorios sin sustento constituye una carga psicológica y una forma de discriminación.

Asimismo, la Corte consideró como otro indicio de acoso la decisión de privar a la funcionaria de su oficina, computador y escritorio tras su regreso al trabajo. Aunque Gendarmería intentó subsanar esta situación, el tribunal concluyó que los hechos acumulados evidenciaron un patrón de vulneración de derechos fundamentales.

Resolución definitiva

El fallo original, dictado el 24 de septiembre de 2024, obligó al Fisco a:

  1. Pagar $6.000.000 como indemnización por daño moral.
  2. Enviar una carta de disculpas públicas a la funcionaria.
  3. Ajustar y pagar intereses conforme al artículo 173 del Código del Trabajo.
  4. Abstenerse de realizar actos que vulneren las garantías de integridad física y psíquica de sus trabajadores.

La resolución también dispuso el registro del caso en la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia y condenó al Fisco al pago de costas procesales, fijadas en $600.000.

Este fallo reafirma el deber de las instituciones públicas de garantizar condiciones laborales libres de discriminación y acoso.

Fuente: pjud.cl

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Corte de Apelaciones de Santiago reduce indemnización por accidente de bicicleta mal ensamblada

La Corte de Apelaciones de Santiago determinó una indemnización de $20.000.000 por daño moral a un cliente que sufrió un accidente causado por una bicicleta mal ensamblada, adquirida en una tienda de retail. La Decimotercera Sala del tribunal, integrada por los ministros Carlos Farías, Carolina Vásquez y Patricio Martínez, resolvió este monto tras revisar el caso (rol 11.913-2022).

Responsabilidad en el ensamblaje

El fallo concluyó que la tienda Deportes Sparta Limitada incurrió en negligencia al entregar la bicicleta defectuosa. La resolución descarta que el cliente o su cónyuge hayan intervenido el ensamblaje del vehículo. Según los antecedentes, el demandante utilizó la bicicleta tal como le fue entregada, lo que atribuye la falla al proceso de armado realizado por la tienda.

El cliente sufrió fractura del húmero izquierdo, parálisis del nervio radial y pérdida de movilidad en el brazo afectado, con secuelas físicas y emocionales. La Corte consideró probados estos daños y estableció que el monto fijado busca compensar, aunque no eliminar completamente, el impacto sufrido.

Criterios para la compensación

La resolución destacó que la valoración del daño moral requiere prudencia y equidad, asegurando que el monto otorgado sea coherente con casos similares en la jurisprudencia. El tribunal subrayó que el objetivo de esta indemnización es compensar la afectación espiritual causada por el accidente.

En esta medida, el fallo rechazó un recurso de casación presentado por la tienda demandada, mantuvo la resolución en la mayoría de los puntos y ajustó el monto de la indemnización a $20.000.000. La sentencia confirma la responsabilidad de la tienda en el accidente y establece un precedente en casos de daños provocados por productos defectuosos.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema confirma indemnización de $90 millones por daño moral a víctima de torturas en 1973

Corte Suprema confirma indemnización de $90 millones por daño moral a víctima de torturas en 1973

La Corte Suprema, a través de fallo con causa rol 167.278-2023, ratificó la sentencia que ordenó al fisco indemnizar con $90.000.000 a Gabriel Humberto Rojas Espinoza, quien fue víctima de torturas al sufrir detención y privación de libertad durante el régimen militar. La decisión desestimó los recursos de casación presentados por el Consejo de Defensa del Estado, consolidando el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que aumentó el monto indemnizatorio.

Detalles del caso

La detención de Rojas ocurrió el 21 de noviembre de 1973 en su lugar de trabajo. Posteriormente, enfrentó interrogatorios bajo tortura en recintos de Carabineros y del Ejército en Coronel y Concepción. Tras su paso por el Estadio Regional, permaneció en la cárcel de Concepción hasta su liberación el 5 de mayo de 1974.

La sentencia consideró el impacto físico y psicológico en la víctima, quien desarrolló duelo cronificado y vivió con temor, angustia y retraimiento desde los hechos. El tribunal también valoró testimonios y antecedentes del Programa de Reparación y Atención Integral en Salud y Derechos Humanos.

Fundamentos del fallo

La Segunda Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Carolina Catepillán, y los abogados Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada, rechazó los argumentos de nulidad. Según el fallo, la sentencia cumplió con las exigencias legales y se ajustó al análisis de pruebas y hechos realizados por los tribunales inferiores.

“La indemnización por daño moral refleja la gravedad de los tratos crueles sufridos y la importancia de reparar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos”, subrayó la resolución.

El fallo concluyó que no existían fundamentos legales para anular la sentencia, confirmando así el derecho de Rojas a la indemnización. Con esta decisión, la Corte reafirmó su compromiso con la justicia y la reparación de las víctimas de crímenes cometidos durante el régimen militar.

Fuente: pjud.cl

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