Fortalecimiento del ministerio público: nuevas facultades para el fiscal nacional

La Comisión de Constitución del Senado ha aprobado recientemente una serie de nuevas funciones para el Fiscal Nacional, en el marco del proyecto de ley que busca fortalecer al Ministerio Público. Estas modificaciones tienen como objetivo mejorar la eficiencia y eficacia en la persecución penal.

Nuevas Atribuciones para el Fiscal Nacional

El presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Alfonso De Urresti, ha destacado la importancia de estas nuevas normas, subrayando que se han establecido directrices para una adecuada gestión del Fiscal Nacional en la persecución penal. Entre las nuevas facultades, se incluye la capacidad del Fiscal Nacional para ordenar a los Fiscales Regionales que adopten medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las instrucciones generales cuando exista una posible afectación a la unidad de acción.

Afectaciones a la Unidad de Acción

La comisión ha aprobado que en casos donde la unidad de acción pueda verse comprometida gravemente, el Fiscal Nacional podrá impartir medidas específicas sobre las diligencias investigativas y las actuaciones procesales pertinentes. Estas facultades adicionales se otorgarán en situaciones donde no se cumplan las instrucciones generales y se presenten incumplimientos reiterados.

Informes Técnicos y Relaciones Internacionales

Asimismo, se ha aprobado que el Fiscal Nacional pueda solicitar informes técnicos a las unidades especializadas competentes sobre investigaciones en curso o finalizadas. En estos casos, los Fiscales Regionales deberán proporcionar toda la información disponible. Además, se ha otorgado al Fiscal Nacional la conducción de las relaciones internacionales de la Fiscalía, permitiendo la adopción de medidas necesarias para la cooperación internacional y la suscripción de acuerdos para conformar equipos conjuntos de investigación.

Reorganización y Aumento de Dotación

La iniciativa legislativa también contempla un aumento de dotación y una reorganización institucional del Ministerio Público. Estas medidas buscan mejorar la gestión y la eficacia en la persecución penal, asegurando una presencia más efectiva en todas las investigaciones a lo largo de Chile.

Continuación del Estudio de Indicaciones

La Comisión de Constitución del Senado continuará con el estudio de las indicaciones presentadas a esta iniciativa. Estas reformas representan un paso significativo hacia un Ministerio Público más eficiente y presente en cada una de las investigaciones, contribuyendo a una mejor administración de justicia en el país.

Fuente: senado.cl

Corte de Antofagasta confirma la prisión preventiva de exseremi por fraude al fisco

La Corte de Apelaciones de Antofagasta ha ratificado la medida de prisión preventiva para Carlos Andrés Contreras Gutiérrez, exseremi, por su presunta participación en un caso de fraude al fisco. Este dictamen (causa rol 759-2024) confirma la resolución previa del Juzgado de Garantía de Antofagasta, que consideró que la libertad del imputado representaba un riesgo para la seguridad pública.

El tribunal, conformado por los ministros Jasna Pavlich Núñez, Dinko Franulic Cetinic y Jaime Rojas Mundaca, sustentó su decisión en la peligrosidad que implican los delitos imputados, así como en la reiteración de los mismos y su impacto en el patrimonio fiscal. Contreras Gutiérrez está acusado de haber cometido cuatro delitos de fraude al fisco en el contexto de convenios celebrados entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y la Fundación Cultural TomArte durante el año 2022.

Según la investigación del Ministerio Público, Contreras Gutiérrez, en su calidad de seremi de Vivienda y Urbanismo, habría excedido sus facultades para favorecer a la Fundación TomArte, representada legalmente por Kelly Betancourt Acosta, con la asignación de fondos destinados a obras menores en asentamientos precarios de Antofagasta. Estos convenios, suscritos en septiembre de 2022, involucraron la transferencia de $456.000.000 de fondos públicos.

El fallo de la Corte de Apelaciones destacó que los antecedentes recopilados durante la investigación sugieren la intervención indebida del imputado para asegurar la adjudicación de los convenios a la fundación con la que mantenía vínculos previos de índole social y política. Esta situación, junto con el perjuicio causado al erario público y a los sectores más vulnerables de la sociedad, se consideró como un argumento contundente para mantener la medida de prisión preventiva.

Fuente: pjud.cl

Guía de la Miscelánea Fiscal para 2022

Introducción

El proyecto de miscelánea fiscal, como es llamado el conjunto de leyes que se reforman al mismo tiempo que se expide la Ley de Ingresos para 2022

de llevar a cabo deducciones. En las principales limitaciones a las deducciones están las de las donaciones a organizaciones civiles.

La reforma impuso nuevas responsabilidades para fedatarios públicos y jueces respecto de procesos que versen sobre la nuda propiedad y el usufructo para

grabar este tipo de enajenaciones. Así también, estableció nuevas obligaciones para los contadores que elaboren los dictámenes de los contribuyentes. El

aumento en las capacidades de fiscalización incluyen la obligación de las instituciones financieras que reciban depósitos en efectivo en las cuentas

abiertas por los contribuyentes.

También habilitó en varias disposiciones al Servicio de Administración Tributaria para expedir las disposiciones específicas a ciertas contribuciones,

sus requisitos y los supuestos que las causan. Uno de los cambios más destacables es la eliminación del régimen de incorporación fiscal y su

sustitución por el Régimen Fiscal de Confianza para personas físicas y morales que factures ingresos anuales por menos de 3,500,000 millones de

pesos. Por otro lado, se endurece el régimen general de importación de hidrocarburos, supuestamente, como una forma para combatir al crimen

organizado. Estas modificaciones incluyen el contrabando por concepto de

evasión del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios aplicable a los de

hidrocarburos y petrolíferos.

La guía se estructura en cuatro partes, una sección destinada a disposiciones

que aplican de manera general independientemente del régimen de tributación,

una parte dedicada a quienes tributan como personas físicas, una parte

dedicada a quienes tributan como personas morales, una dedicada a donatarias

y por último, una dedicada a personas que participan en la importación de

combustibles. La decisión de incluir esta cuarta parte responde a que el

cambio de régimen de importación de hidrocarburos fue bastante intenso y se

considera que amerita una sección específica.

General

1. ¿Hay nuevos impuestos?

No se crearon nuevos Impuestos, pero si se extendió el ámbito de aplicación

algunos, incluyendo algunos nuevos conceptos como ingreso acumulable para

efectos del Impuesto sobre la renta.

2. ¿Se suprimieron impuestos?

No, se mantienen los mismos que el año pasado.

3. ¿Cuál fue la decisión de la Corte respecto del tema de las facturas

falsas?

La Corté invalidó la aplicación de la Prisión Preventiva Oficiosa para el caso

de la expedición de CFDIs que amparen operaciones inexistentes. Lo anterior

no implica que ya no se considere un delito, pero tiene como consecuencia que

el proceso de las personas no deba ser llevado necesariamente privado de la

libertad por mandato de ley. En este caso, la aplicación de la prisión

preventiva.

4. ¿Si soy Contador o Contadora tengo responsabilidades y sanciones

nuevas?

Se adicionó un párrafo a la fracción III del Artículo 52 del Código Fiscal de la

Federación para establecer la obligación de informar al Servicio de

Administración tributaria cuando en la elaboración de sus dictámenes

identifique posibles conductas constitutivas de delitos fiscales y/o identifique

violaciones a las leyes aduaneras.

“Artículo 52 . ...

I.a.II.

III…

Cuando derivado de la elaboración del dictamen el contador público inscrito

tenga conocimiento de que el contribuyente ha incumplido con las

disposiciones fiscales y aduaneras o que ha llevado a cabo alguna conducta

que pueda constituir la comisión de un delito fiscal, deberá informarlo a la

autoridad fiscal, de acuerdo con las reglas de carácter general que para tales

efectos emita el Servicio de Administración Tributaria.”

De acuerdo con la nueva redacción del . . .

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