A través del Auto 1175 de 2025, la Corte Constitucional evaluó los avances del Ministerio de Salud en la implementación de medidas para agilizar el flujo de recursos hacia los prestadores de servicios y advirtió un nivel de cumplimiento insuficiente en varios de los compromisos adquiridos.
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 concluyó que persisten deficiencias estructurales que han profundizado la crisis financiera del sistema, en especial por la demora en los pagos de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a hospitales y clínicas. La Corte revisó el cumplimiento de lo ordenado en el Auto 2882 de 2023, pero no encontró evidencia clara de que el Decreto 489 de 2024 hubiera mejorado el flujo de recursos a través del mecanismo de giro directo. Por el contrario, señaló múltiples alertas de incumplimiento reportadas por diversos actores del sector.
En el caso del régimen contributivo, se estableció que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) firmó más de mil contratos de transacción en el marco del Acuerdo de Punto Final; sin embargo, de los $368 mil millones aprobados en 2022, menos de la mitad fue desembolsada en un periodo de año y medio. En cuanto al régimen subsidiado, aunque se registraron pagos entre 2022 y 2024, la información entregada por la cartera resultó confusa y no permitió precisar el monto real aún pendiente.
La Corte también llamó la atención sobre el atraso en la implementación de un sistema de monitoreo para el abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos, el cual continúa en fase de desarrollo pese a la urgencia de contar con una herramienta efectiva para prevenir desabastecimientos.
Como resultado de este análisis, la Sala Especial declaró dos niveles de cumplimiento: bajo en lo relacionado con la agilización de los desembolsos, el sistema de monitoreo, el pago de recursos del Acuerdo de Punto Final y la entrega de informes; y medio en el proceso de saneamiento de cartera en el régimen subsidiado, donde se reconocieron algunas medidas con resultados verificables.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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