La movilidad de animales de compañía en Colombia experimenta un cambio significativo con la aplicación de la Ley 1774 de 2016, que establece nuevas reglas para su transporte en aviones y vehículos de servicio público terrestre. A partir de la entrada en vigor de esta norma, las empresas de transporte deberán permitir que perros y gatos viajen junto a sus dueños en las cabinas de pasajeros, dejando atrás prácticas que los exponían a riesgos cuando eran trasladados en bodegas de carga.
La regulación impone condiciones específicas para garantizar la seguridad y convivencia durante los trayectos. Los propietarios deberán informar con al menos 48 horas de anticipación a la empresa transportadora, presentar el carné de vacunación antirrábica vigente y asegurar que la mascota no supere los 15 kilogramos de peso. Además, los animales deberán portar correa y viajar en un guacal adecuado, mientras que los dueños asumen la responsabilidad por el aseo y el respeto hacia los demás pasajeros.
El impulso legislativo respondió a múltiples antecedentes en los que animales domésticos sufrieron lesiones, condiciones extremas e incluso la muerte durante traslados en compartimentos destinados a carga, espacios que no ofrecían garantías mínimas para seres vivos. La ley busca corregir estas prácticas y reconocer la condición de las mascotas como seres que requieren protección especial.
Desde el Congreso se ha reiterado el llamado a las empresas aéreas y de transporte terrestre para que cumplan de manera estricta la normativa. El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas, cuya definición y aplicación corresponde al Ministerio de Transporte y a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, según el tipo de servicio involucrado.
Con esta medida, el ordenamiento jurídico colombiano avanza en la protección del bienestar animal y refuerza las obligaciones del sector transporte, integrando criterios de seguridad, responsabilidad y trato digno en la movilidad de mascotas junto a sus familias.
Fuente: camara.gov.co
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