En una reciente decisión, el Consejo de Estado ratificó el fallo del Tribunal Administrativo del Atlántico que declaró nula una ordenanza de la Asamblea Departamental de 2009, en la cual se establecían los límites territoriales entre el Distrito de Barranquilla y el municipio de Puerto Colombia.
La ordenanza, que había sido demandada, fue cuestionada bajo el argumento de que la Asamblea Departamental no tenía competencia para definir los límites de un distrito, ya que esta facultad corresponde exclusivamente al Congreso de la República, conforme al artículo 150 de la Constitución Política. A pesar de que el municipio de Puerto Colombia alegó que la decisión se había tomado bajo el marco del régimen municipal de 1994, el Consejo de Estado determinó que dicha interpretación no era válida en este caso.
Para sustentar su decisión, el Consejo de Estado citó la sentencia C-313 de 2009 de la Corte Constitucional, que reafirmó la exclusividad del Congreso en la definición de límites territoriales de distritos y municipios. Asimismo, se remitió a un precedente fijado por la Sección Primera del mismo alto tribunal el 9 de diciembre de 2004, en un caso similar que involucraba a Barranquilla y el municipio de Tubará.
Con esta decisión, el Consejo de Estado reitera su posición sobre la competencia en la determinación de límites territoriales en el país, reafirmando que dicha función recae exclusivamente en el Congreso, garantizando así el respeto a la autonomía y organización territorial establecida en la Constitución.
Fuente: consejodeestado.gov.co
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