La Corte Constitucional, a través de su sentencia T-486 de 2024, amparó los derechos fundamentales de un ciudadano de 80 años residente en Tocancipá, quien durante 12 años ha enfrentado inundaciones recurrentes en su vivienda debido a un manejo insuficiente del riesgo por parte de las autoridades locales y ambientales.
La Sala Octava de Revisión concluyó que la falta de acciones estructurales y duraderas por parte de entidades como la Alcaldía de Tocancipá, la Secretaría de Ambiente del municipio y otras instancias locales, constituye una violación a los derechos del accionante a la vivienda digna, al debido proceso y a la dignidad humana. La Corte señaló que las medidas adoptadas hasta la fecha, aunque encaminadas a mitigar los efectos de las lluvias, no han sido suficientes ni sostenibles para abordar de manera definitiva los riesgos a los que está expuesto el ciudadano.
Problemática ambiental y cambio climático
En su análisis, el alto tribunal subrayó que las inundaciones son consecuencia de eventos climáticos extremos exacerbados por factores como sedimentos de origen minero, material vegetal y una gestión ambiental deficiente en la región. Además, resaltó que el cambio climático ha intensificado los desafíos que enfrenta el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, evidenciando fallas en la prevención, mitigación y solución definitiva de problemas asociados con catástrofes naturales.
La Corte advirtió que la alta vulnerabilidad de Colombia a fenómenos climáticos, como La Niña o El Niño, ha generado que los recursos del sistema se enfoquen prioritariamente en la atención inmediata a desastres, sacrificando fases esenciales de prevención y restablecimiento de derechos.
Medidas ordenadas por la Corte
En su fallo, la Corte ordenó a la Alcaldía de Tocancipá, con el apoyo del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo, realizar una verificación exhaustiva de las condiciones actuales del predio del accionante y garantizar su habitabilidad y seguridad. Además, dispuso que las entidades locales, incluyendo la Secretaría de Ambiente, la Personería Municipal y la Secretaría de Infraestructura, implementen mecanismos para atender las alertas de riesgo emitidas tanto por el ciudadano afectado como por la comunidad.
La Corte enfatizó que estas medidas deben trascender la atención inmediata y dirigirse hacia soluciones estructurales que permitan prevenir y mitigar riesgos futuros, asegurando así una protección integral y sostenible para las comunidades vulnerables.
Reflexión sobre la gestión del riesgo
La sentencia T-486 de 2024 plantea un llamado urgente a las autoridades locales y nacionales para fortalecer el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, especialmente en un contexto donde los efectos del cambio climático incrementan la frecuencia e intensidad de fenómenos naturales adversos. La Corte reiteró que garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos afectados por calamidades requiere un esfuerzo coordinado y continuo que priorice la prevención y la restauración de condiciones dignas para los damnificados.
Este fallo marca un precedente importante para la protección de derechos en contextos de vulnerabilidad ambiental, subrayando la obligación del Estado de implementar soluciones integrales frente a los desafíos derivados del cambio climático y la gestión del riesgo en el país.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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