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Corte Constitucional reafirma derechos de comunidades indígenas en implementación de proyectos REDD+

La Corte Constitucional de Colombia ha emitido la sentencia T-248 de 2024, reafirmando los derechos de las comunidades indígenas de la Amazonía a decidir sobre la implementación de proyectos REDD+. El fallo protege su autonomía, libre determinación, integridad cultural y territorial, y ordena a las empresas y al Estado garantizar su consentimiento libre, previo e informado, así como la creación de un protocolo con enfoque étnico para estos proyectos.

Publicado: 15 de julio de 2024

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional ha emitido una sentencia que refuerza el derecho de las comunidades indígenas en Colombia, particularmente en la Amazonía, a decidir sobre la implementación de proyectos de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques (REDD+).

Mediante la sentencia T-248 de 2024, la Corte protegió los derechos a la libre determinación, autonomía, autogobierno, territorio, identidad, integridad física y cultural, y consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas del Consejo Indígena del Pira Paraná y la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas del Río Pira Paraná.

Vulneración de Derechos Fundamentales

Las comunidades demandantes alegaron que sus derechos fundamentales fueron vulnerados debido a que en la implementación del proyecto REDD+, empresas privadas ignoraron sus modos de vida y estructuras de gobierno propio. Además, señalaron que el Estado no adoptó las salvaguardas sociales y ambientales acordadas en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC).

El tribunal constató que la situación de las comunidades indígenas del Pira Paraná reflejaba una problemática generalizada que, de no resolverse, afectaría no solo a los demandantes, sino a otros grupos indígenas en la Amazonía, región que cubre el 48% de esta zona.

Incumplimiento de Estándares

En el caso específico, se constató la falta de debida diligencia por parte de las empresas formuladoras y desarrolladoras del proyecto REDD+, del organismo de validación y verificación, y del programa de certificación de carbono, al no respetar los estándares internacionales y nacionales sobre derechos humanos. Además, no demostraron haber obtenido un consentimiento libre, previo e informado de las comunidades étnicas, ni realizaron seguimientos eficaces ni evaluaciones de los impactos reales y potenciales del proyecto sobre la estructura de vida de estas comunidades.

Órdenes y Medidas

La Corte ordenó a las empresas involucradas, incluyendo la Corporación para el Manejo Sostenible de los Bosques (Masbosques), que se abstengan de intervenir o influir en el proceso de toma de decisiones de la población indígena sobre el proyecto REDD+. Asimismo, dispuso que el Ministerio del Interior facilite un espacio de diálogo para mediar y alcanzar un acuerdo con las comunidades sobre la implementación del proyecto, en caso de que no haya una decisión de la población indígena en tres meses.

Desde una perspectiva general, la Corte insistió en que los proyectos REDD+ son importantes en el contexto del cambio climático y sus efectos en el medio ambiente y las condiciones de vida de la población beneficiaria. No obstante, el Estado colombiano debe adoptar y aplicar un enfoque étnico que respete y proteja integralmente los derechos fundamentales de las comunidades indígenas.

Para ello, se ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible coordinar la creación de un protocolo con perspectiva étnica para la ejecución de proyectos REDD+ en territorios colectivos, de acuerdo con la Resolución 1447 de 2018, y adoptar estrategias integrales de seguimiento y acompañamiento a estas iniciativas con propósitos climáticos.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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