La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante la sentencia en la sentencia SP475-2023, declaró la nulidad de una sentencia que dictaminó una condena de 20 meses de prisión a un individuo por agredir con un cuchillo a su pareja, poniendo su vida en riesgo. Se argumentó que esta decisión violó los derechos a la verdad y a la justicia de la víctima.
El acusado recibió dicha condena por un delito calificado como «violencia intrafamiliar agravada» y tras llegar a un preacuerdo con la Fiscalía, reconociendo haber actuado en circunstancias de marginalidad e ignorancia. Sin embargo, la víctima presentó un recurso de casación, argumentando que el delito era más grave de lo considerado y que su doble vulnerabilidad como mujer y trabajadora sexual no fue debidamente considerada.
Tras revisar el caso, la Sala de Casación Penal respaldó a la víctima, anulando la condena debido a que la calificación jurídica dada por la Fiscalía desde el inicio fue errónea. A pesar de la gravedad de los hechos, la Fiscalía catalogó el ataque como un simple caso de violencia intrafamiliar, omitiendo aspectos trascendentales, como las lesiones mortales causadas a la víctima y el contexto de violencia de género.
La Corte determinó que se omitieron hechos cruciales, como el intento de apuñalamiento en el pecho y la posible intención de matar, reduciendo el caso a un simple «maltrato psicológico y físico». Esta calificación errónea no solo afectó el derecho a la verdad de la víctima, sino que también desconoció su garantía a la justicia.
En consecuencia, la Corte Suprema anuló la sentencia desde el momento de la imputación, instando al fiscal a considerar todas las circunstancias del ataque para corregir la calificación jurídica. Esto resultó en la liberación del acusado, por lo que se hizo un llamado urgente a las autoridades pertinentes para proteger a la denunciante ante las amenazas de muerte recurrentes por parte del procesado.
Fuente: cortesuprema.gov.co
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