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Incentivos por generación y permanencia de nuevos empleos estarán vigentes hasta el 2026

Mediante el Decreto 1736 de 2023, se han extendido hasta el año 2026 los Incentivos por generación y permanencia de nuevos empleos. Estos beneficios están disponibles para las empresas que hayan establecido puestos de trabajo formales durante al menos seis meses a partir de mayo de 2023.

Publicado: 27 de octubre de 2023

Mediante el Decreto 1736 de 2023, se han extendido hasta el año 2026 los Incentivos por generación y permanencia de nuevos empleos. Estos beneficios están disponibles para las empresas que hayan establecido puestos de trabajo formales durante al menos seis meses a partir de mayo de 2023.

El decreto define que los empleados son aquellos trabajadores dependientes por los cuales el empleador haya cotizado el mes completo al Sistema General de Seguridad Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), con un ingreso base de cotización de al menos un salario mínimo legal mensual vigente, y que estén afiliados como empleados del empleador en el Registro Único de Afiliación (RUAF) y realicen aportes en todos los subsistemas correspondientes.

Esta iniciativa tiene como objetivo fomentar, generar y proteger los nuevos empleos, con aportes directos a la nómina por la contratación de jóvenes, mujeres y hombres. Los incentivos mensuales, calculados sobre el salario mínimo legal vigente, son los siguientes:

  • Jóvenes entre 18 y 28 años: 25 %, equivalente a $290,000.
  • Mujeres mayores de 28 años: 15 %, equivalente a $174,000.
  • Hombres mayores de 28 años: 10 %, equivalente a $116,000.

Se destaca que este incentivo se financiará con recursos del Presupuesto General de la Nación, y estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Gobierno Nacional en dicho presupuesto. Además, se podrá limitar el número de cotizantes a reconocer por cada empleador. Este incentivo también se aplicará a empleadores que contraten a personas en condición de discapacidad, según explicó la Ministra del Trabajo.

Los documentos requeridos para acceder a este beneficio incluyen un formulario de solicitud de la entidad financiera firmado por el empleador o su representante legal, una certificación que indique estar al día en salarios y pagos de seguridad social de los trabajadores, el Registro Único Tributario (RUT), y un contrato laboral con una duración mínima de 6 meses.

Fuente: mintrabajo.gov.co

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