Ministerio de Ambiente presentará proyecto de ley para eximir de IVA a la COP16 de Biodiversidad

La ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad, anunció que su cartera presentará un proyecto de ley ante el Congreso de la República con el propósito de eximir a la COP16 de Biodiversidad del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esta iniciativa será presentada con carácter de urgencia.

De acuerdo con la ministra Muhamad, este proyecto permitirá ahorrar al presupuesto de la COP16 y al país más de 20.000 millones de pesos. La propuesta responde a un compromiso del comité organizador de la cumbre y, en caso de ser aprobada, contribuiría a la optimización de recursos públicos destinados a la organización del evento.

Actualmente, el presupuesto total de la COP16 asciende a 207.000 millones de pesos, incluyendo aportes del Gobierno Nacional, la Gobernación y la Alcaldía. Muhamad subrayó que este tipo de exenciones fiscales ya se han aplicado en eventos similares, como campeonatos de fútbol, y aseguró que todas las inquietudes respecto a los procesos de contratación han sido atendidas con transparencia.

El Ministerio de Ambiente también informó que están en ejecución cuatro contratos principales relacionados con las Zonas Verde y Azul, comunicaciones y el operador logístico, garantizando el compromiso con la organización de la COP16 en Colombia. La ministra concluyó afirmando que todos los recursos están bajo una estricta vigilancia y que se espera el cumplimiento de todas las obligaciones por parte de los contratistas para asegurar el éxito del evento.

Fuente: minambiente.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Nuevas iniciativas legislativas buscan mejorar el bienestar de los animales domésticos en Colombia

Nuevas iniciativas legislativas buscan mejorar el bienestar de los animales domésticos en Colombia

La relación entre los seres humanos y los animales ha evolucionado significativamente en los últimos años. En respuesta a estas nuevas necesidades, la Cámara de Representantes de Colombia ha radicado varias iniciativas al inicio de la legislatura, con el objetivo de garantizar el bienestar tanto de las mascotas como de sus propietarios o cuidadores.

Una de las propuestas más destacadas, conocida en redes sociales como #NoSonEquipaje, fue presentada por el representante Carlos Ardila del Partido Liberal, respaldado por 50 congresistas de diversas bancadas. Este proyecto de ley busca regular el transporte de perros y gatos domésticos en todos los medios de transporte del país: aéreo, terrestre, marítimo y fluvial. La iniciativa pretende asegurar condiciones dignas y seguras para estos animales, reconociéndolos como seres sintientes y de especial protección estatal.

Entre las principales disposiciones del proyecto, se prohíbe que los animales viajen en bodegas, salvo por razones médicas específicas y certificadas. Además, se establecen reglas como la obligación de que el animal esté acompañado por su dueño o un responsable durante el trayecto, una edad mínima de cinco meses para el animal y la presentación de una copia del carné de vacunación. Los animales serán clasificados por peso, imponiendo diferentes requisitos y costos para su transporte. Ardila destacó la necesidad de unificar criterios entre las aerolíneas para evitar confusiones y dificultades para los propietarios de mascotas.

Otra iniciativa importante es la presentada por la representante Alexandra Vásquez del Pacto Histórico, que propone la creación de una licencia remunerada por luto de tres días hábiles para trabajadores que pierdan a su animal de compañía doméstico. Esta propuesta responde al reconocimiento creciente de los animales como miembros importantes de las familias y busca brindar a los trabajadores el tiempo necesario para superar el duelo. La modificación del código sustantivo del trabajo incluiría esta licencia, sujeta a la presentación de prueba de la muerte del animal y limitada a dos veces por año. Vásquez enfatizó la importancia de reconocer el duelo por la pérdida de un animal de compañía en el ámbito laboral.

Asimismo, se ha presentado un proyecto de ley que busca modificar la ley de propiedad horizontal, vigente desde hace más de dos décadas. Esta reforma, impulsada por el representante liberal Óscar Sánchez, propone que ningún arrendador pueda rechazar a un arrendatario o propietario por tener animales.

Estos proyectos deberán ser discutidos y aprobados en cuatro debates para convertirse en ley. En caso de ser aprobadas, estas medidas representarán un avance significativo en la protección y bienestar de los animales domésticos en Colombia, así como en el reconocimiento de su importancia en la vida de las personas.

Fuente: camara.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena medidas para mitigar crisis en Centros de Detención Transitoria

Corte Constitucional ordena medidas para mitigar crisis en Centros de Detención Transitoria

La Sala Especial de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) Penitenciario, Carcelario y en los Centros de Detención Transitoria (CDT) ha adoptado una serie de medidas urgentes para abordar la grave situación de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad en los CDT, donde se encuentran detenidas por más de las 36 horas permitidas.

En su reciente proceso de seguimiento, la Sala Especial identificó continuas problemáticas de detención, incluyendo altos niveles de hacinamiento, deficiencias en la prestación de servicios de alimentación y salud, así como dificultades en el acceso a la información para los detenidos.

Hacinamiento crítico

Para junio de 2024, la Sala estableció que 22,751 personas estaban detenidas en los Centros de Detención Transitoria, a pesar de que la capacidad máxima de estos centros es de 9,691, resultando en una sobrepoblación de 13,060 personas y un hacinamiento del 135%.

Deficiencias en alimentación

La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) ha sido señalada por la Sala debido a las serias deficiencias en la prestación del servicio de alimentación. Los alimentos no cumplen con los requisitos nutricionales mínimos, y frecuentemente se entregan crudos, en mal estado o fuera de horario. En muchos casos, la alimentación de los detenidos depende exclusivamente de sus familiares, y los detenidos extranjeros en el Centros de Detención Transitoria de Chocontá, Cundinamarca, dependen de la caridad de sus compañeros.

Servicios de salud precarios

La atención médica en los Centros de Detención Transitoria es insuficiente y depende de brigadas de salud ocasionales. En el departamento de Magdalena, por ejemplo, las personas privadas de la libertad no reciben atención por parte de las IPS o EPS, carecen de tratamiento para enfermedades psiquiátricas, y enfrentan problemas constantes de salud como brotes en la piel y sarpullidos, sin traslados para citas médicas debido a la falta de personal y vehículos.

Condiciones inhumanas

La Sala ha denunciado que la detención prolongada en los Centros de Detención Transitoria, excediendo las 36 horas permitidas, constituye una violación a la Constitución y la ley, resultando en condiciones inhumanas de reclusión. Los detenidos no tienen acceso a lugares adecuados para dormir y deben realizar sus necesidades fisiológicas sin instalaciones básicas como lavamanos o duchas. Además, esta situación afecta negativamente su acceso a servicios de salud, sus procesos de defensa y resocialización.

Orden de medidas urgentes

Ante esta situación, la Sala Especial ha ordenado el traslado inmediato, por parte del Instituto Nacional PeniteCentros de Detención Transitorianciario y Carcelario (INPEC) con el apoyo de la Policía y la Fiscalía, de todas las personas privadas de la libertad que permanecen en los Centros de Detención Transitoria en calidad de condenadas hacia los establecimientos de reclusión nacionales. Asimismo, se ha ordenado el traslado de aquellas personas a quienes les haya sido impuesta medida de detención preventiva en el lugar de su residencia o concedida la prisión domiciliaria.

Finalmente, se ha instruido al Ministerio de Justicia, con el apoyo del INPEC y la USPEC, elaborar y ejecutar un plan de deshacinamiento de los Centros de Detención Transitoria a nivel nacional. Este plan deberá incluir la disposición de bienes inmuebles, la ampliación de cupos penitenciarios y carcelarios, y la celebración de convenios interadministrativos entre las entidades territoriales y el INPEC, garantizando que las personas privadas de la libertad no permanezcan más de 36 horas en los CDT.

La Sala ha concluido que los Centros de Detención Transitoria representan una tragedia humanitaria para Colombia, que avergüenza a la República y que no puede permanecer sin atención adecuada.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional valora con bajo cumplimiento acciones del Gobierno para mejorar movilidad de comunidades Wayuu

Corte Constitucional valora con bajo cumplimiento acciones del Gobierno para mejorar movilidad de comunidades Wayuu

La Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-302 de 2017 ha valorado en un nivel de cumplimiento bajo las acciones reportadas por el Gobierno nacional para cumplir el objetivo constitucional mínimo cuarto, que busca mejorar la movilidad de las comunidades Wayuu que residen en zonas rurales dispersas. La Sala concluyó que no existe evidencia de un impacto positivo en el goce efectivo de los derechos tutelados a la niñez Wayuu.

En el auto, la Sala reiteró la necesidad del mejoramiento de las vías en los municipios priorizados para garantizar el ejercicio de los derechos establecidos en la Sentencia T-302 de 2017. Además, señaló que la información proporcionada por el Gobierno carecía de consistencia, uniformidad, secuencialidad, precisión y orden en relación con los proyectos planeados, los tiempos de ejecución y las entidades responsables. Estas falencias generan incertidumbres sobre la ubicación geográfica de las vías a priorizar, las comunidades beneficiadas, las fechas de inicio y terminación de las obras, y el número de kilómetros a intervenir en cada tramo.

La Sala destacó que la indefinición en estos aspectos y la falta de cumplimiento de las fechas afecta negativamente los procesos precontractuales y contractuales, impidiendo un impacto concreto en la movilidad de las comunidades. Esto a su vez dificulta la elaboración de reportes basados en índices de goce efectivo de derechos.

En consecuencia, la Sala estableció nuevos parámetros para la presentación de la información, incluyendo un cronograma que contemple un lapso no superior a seis meses para acreditar al menos el 20% de avance físico de cada una de las obras proyectadas. Para verificar los datos reportados en este informe, la Sala solicitó la concurrencia del Ministerio Público.

Asimismo, solicitó a los órganos de control el seguimiento de contratos específicos dirigidos al mejoramiento vial de los cuatro municipios priorizados en la sentencia.

Esta valoración subraya la importancia de la planificación y ejecución efectiva de los proyectos de infraestructura para garantizar los derechos de las comunidades Wayuu y la necesidad de una mayor supervisión y responsabilidad por parte de las entidades involucradas.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional protege derechos del Consejo Comunitario de Negritudes Miriam Makeba

Corte Constitucional protege derechos del Consejo Comunitario de Negritudes Miriam Makeba

La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional amparó los derechos al debido proceso administrativo, a la participación y a la diversidad étnica y cultural del Consejo Comunitario de Negritudes Miriam Makeba en la sentencia T-237 de 2024. Esta decisión se tomó luego de comprobar que la Dirección de Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior (DANCP) determinó erróneamente que no procedía la consulta previa para el desarrollo del proyecto de un «parque industrial y/o ambiental para el almacenamiento, tratamiento, reciclaje y valorización de residuos industriales» en la localidad de Membrillal, Cartagena.

Jairo Restrepo, representante legal del Consejo Comunitario, destacó que su comunidad es reconocida como una minoría étnica afrodescendiente con profundas raíces culturales en Membrillal. Restrepo señaló que no se agotaron los actos necesarios para verificar los potenciales impactos ambientales negativos del proyecto sobre su comunidad.

En instancias previas, se había negado el amparo solicitado por la comunidad. Sin embargo, la Corte Constitucional revocó esas decisiones, reiterando que la consulta previa es un derecho fundamental para los pueblos indígenas y tribales. En este caso, se evidenciaron fallas en el procedimiento administrativo de la DANCP, que no investigó adecuadamente si el proyecto afectaría directamente a la comunidad.

La Corte también criticó la falta de coordinación entre el nivel central de la administración y las entidades territoriales. La DANCP no solicitó información a la entidad territorial sobre la presencia e interacción de comunidades étnicas en la zona de influencia del proyecto, ni sobre las actividades económicas, sociales y culturales de la comunidad Miriam Makeba.

Además, se resaltó la ausencia de participación de la comunidad en el proceso administrativo. A pesar de conocer la existencia del Consejo Comunitario de Miriam Makeba, la DANCP no lo incluyó en el trámite de certificación.

Como resultado, la Corte dejó sin efectos la certificación que indicaba que no procedía la consulta previa. Ordenó a la DANCP reiniciar el trámite de certificación del proyecto, asegurando una verificación adecuada sobre la posible afectación directa denunciada por la comunidad, siguiendo los términos establecidos por la jurisprudencia.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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