Dic 2, 2024 | Actualidad Prime
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional emitió la sentencia T-410 de 2024, destacando la importancia de garantizar los derechos de las personas en condiciones de vulnerabilidad dentro de los procesos de restitución de tierras, previstos en la Ley 1448 de 2011.
El caso se originó en una acción de tutela interpuesta por dos personas que se opusieron a la restitución de unos terrenos que habían sido vendidos por una mujer bajo presión económica, producto de la necesidad de liberar a familiares secuestrados. Aunque los jueces de restitución ordenaron la devolución de los predios a la mujer, los accionantes argumentaron que la decisión no consideraba su situación de vulnerabilidad socioeconómica, incluyendo problemas de salud y falta de acceso a vivienda digna.
La Corte Constitucional, tras analizar el caso, reiteró que la Ley 1448 establece presunciones de despojo que deben ser desvirtuadas por quienes se oponen a la restitución. Sin embargo, subrayó la necesidad de flexibilizar el estándar de buena fe exenta de culpa cuando se trata de personas que acreditan condiciones de vulnerabilidad relacionadas con el acceso a la tierra, vivienda digna o subsistencia agraria. Este enfoque sigue los lineamientos establecidos en la sentencia C-330 de 2016, que priorizan la protección de derechos fundamentales en contextos de desigualdad.
En el caso concreto, aunque la Corte concluyó que la sentencia del tribunal de restitución no vulneró los derechos fundamentales de los accionantes, sí identificó una violación a los derechos de una de las opositoras debido a que la entrega del inmueble se ordenó sin atender a su situación de extrema vulnerabilidad. Ante esta omisión, la Corte ordenó al tribunal revisar si la accionante puede ser reconocida como segunda ocupante y adoptar medidas para proteger su acceso a vivienda.
Adicionalmente, se instruyó a la Unidad de Víctimas y a la Agencia Nacional de Tierras para que estudien el caso de la accionante con miras a incluirla en el Registro de Sujetos de Ordenamiento y brindarle apoyo en su acceso a tierras, ya sea a través de su retorno o mediante un eventual proceso de restitución.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: La reforma a la salud avanza en el Congreso en medio de críticas al papel de las EPS
Nov 29, 2024 | Actualidad Prime
En el marco de la audiencia pública realizada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, la congresista Martha Alfonso, miembro de la Alianza Verde – Pacto Histórico, expresó su preocupación por el papel que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) seguirían desempeñando en la nueva versión de la reforma al sistema de salud que actualmente se discute en el Congreso.
Según Alfonso, la segunda versión de la reforma concede a las EPS un rol transversal y protagónico en aspectos clave del sistema, como la contratación de servicios, la auditoría, la vigilancia y la organización de redes de atención. Esto, señaló, perpetúa la posición dominante que estas entidades han mantenido durante los últimos 30 años, a pesar de sus cuestionables resultados en términos de calidad y acceso a la salud.
La congresista indicó que la propuesta inicial del Gobierno buscaba moderar el protagonismo de las EPS y transformar estructuralmente el sistema, pero las negociaciones realizadas para garantizar el avance del proyecto en el Congreso habrían diluido elementos esenciales de dicha propuesta. No obstante, resaltó que se logró mantener aspectos fundamentales, como la rectoría del sistema por parte del Estado y la eliminación de la intermediación financiera, lo que permitiría que la ADRES administre directamente los recursos públicos destinados a la salud.
El debate sobre el proyecto continúa generando posturas encontradas entre representantes políticos, asociaciones médicas, trabajadores del sector, sindicatos y pacientes, quienes estuvieron presentes en la audiencia. La discusión promete ser clave para el futuro del sistema de salud en Colombia, en un contexto donde la búsqueda de consensos se enfrenta a los desafíos de las mayorías legislativas.
Fuente: camara.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Congreso avanza en proyecto de ley para mejorar la gestión de residuos sólidos en Colombia
Nov 28, 2024 | Actualidad Prime
En el marco de una audiencia pública convocada por el representante Jaime Rodríguez, se discutieron los retos y avances del proyecto de ley enfocado en la gestión sostenible de residuos sólidos y la transición hacia una economía circular. La sesión, presidida por la representante a la Cámara Julia Miranda, reunió a instituciones, gremios, trabajadores del reciclaje y expertos en la materia.
El proyecto, que ya cuenta con la aprobación del Senado tanto en la Comisión Quinta como en plenaria, busca solucionar problemas críticos en la disposición de residuos sólidos que afectan a municipios de todo el país. Miranda enfatizó la urgencia de abordar esta problemática, destacando que incluso ciudades como Bogotá enfrentan limitaciones debido a la vida útil restringida de sus rellenos sanitarios.
El debate también puso en evidencia la persistencia de botaderos a cielo abierto en varias regiones, un tema que el proyecto pretende mitigar promoviendo la separación de residuos en la fuente y fortaleciendo prácticas sostenibles. La iniciativa busca articular a todos los actores del sector para establecer un modelo de consumo responsable, basado en la reutilización de bienes duraderos y la minimización del impacto ambiental.
Este esfuerzo legislativo se enmarca en los objetivos de desarrollo sostenible y pretende sentar las bases para una política pública que impulse a Colombia hacia una economía circular, clave para enfrentar los desafíos ambientales y sociales actuales. La Cámara de Representantes continuará los ajustes necesarios para avanzar en el proceso legislativo de esta importante iniciativa.
Fuente: camara.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional advierte sobre deficiencias en la gestión del riesgo y el cambio climático
Nov 27, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, a través de su sentencia T-486 de 2024, amparó los derechos fundamentales de un ciudadano de 80 años residente en Tocancipá, quien durante 12 años ha enfrentado inundaciones recurrentes en su vivienda debido a un manejo insuficiente del riesgo por parte de las autoridades locales y ambientales.
La Sala Octava de Revisión concluyó que la falta de acciones estructurales y duraderas por parte de entidades como la Alcaldía de Tocancipá, la Secretaría de Ambiente del municipio y otras instancias locales, constituye una violación a los derechos del accionante a la vivienda digna, al debido proceso y a la dignidad humana. La Corte señaló que las medidas adoptadas hasta la fecha, aunque encaminadas a mitigar los efectos de las lluvias, no han sido suficientes ni sostenibles para abordar de manera definitiva los riesgos a los que está expuesto el ciudadano.
Problemática ambiental y cambio climático
En su análisis, el alto tribunal subrayó que las inundaciones son consecuencia de eventos climáticos extremos exacerbados por factores como sedimentos de origen minero, material vegetal y una gestión ambiental deficiente en la región. Además, resaltó que el cambio climático ha intensificado los desafíos que enfrenta el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, evidenciando fallas en la prevención, mitigación y solución definitiva de problemas asociados con catástrofes naturales.
La Corte advirtió que la alta vulnerabilidad de Colombia a fenómenos climáticos, como La Niña o El Niño, ha generado que los recursos del sistema se enfoquen prioritariamente en la atención inmediata a desastres, sacrificando fases esenciales de prevención y restablecimiento de derechos.
Medidas ordenadas por la Corte
En su fallo, la Corte ordenó a la Alcaldía de Tocancipá, con el apoyo del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo, realizar una verificación exhaustiva de las condiciones actuales del predio del accionante y garantizar su habitabilidad y seguridad. Además, dispuso que las entidades locales, incluyendo la Secretaría de Ambiente, la Personería Municipal y la Secretaría de Infraestructura, implementen mecanismos para atender las alertas de riesgo emitidas tanto por el ciudadano afectado como por la comunidad.
La Corte enfatizó que estas medidas deben trascender la atención inmediata y dirigirse hacia soluciones estructurales que permitan prevenir y mitigar riesgos futuros, asegurando así una protección integral y sostenible para las comunidades vulnerables.
Reflexión sobre la gestión del riesgo
La sentencia T-486 de 2024 plantea un llamado urgente a las autoridades locales y nacionales para fortalecer el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, especialmente en un contexto donde los efectos del cambio climático incrementan la frecuencia e intensidad de fenómenos naturales adversos. La Corte reiteró que garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos afectados por calamidades requiere un esfuerzo coordinado y continuo que priorice la prevención y la restauración de condiciones dignas para los damnificados.
Este fallo marca un precedente importante para la protección de derechos en contextos de vulnerabilidad ambiental, subrayando la obligación del Estado de implementar soluciones integrales frente a los desafíos derivados del cambio climático y la gestión del riesgo en el país.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema de Justicia reitera improcedencia de tutela contra directiva de la Fiscalía y aclara su alcance jurídico
Nov 26, 2024 | Actualidad Prime
En un fallo reciente (STP15706-2024), la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que declaró improcedente la acción de tutela presentada por los congresistas Paloma Valencia y Miguel Uribe Turbay contra la Directiva 001 de la Fiscalía General de la Nación, orientada a garantizar el derecho a la protesta social pacífica.
La tutela argumentaba que la directiva vulneraba derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la justicia de los ciudadanos. Sin embargo, el Tribunal Superior señaló que existían otros mecanismos judiciales, como el control de nulidad por inconstitucionalidad ante la jurisdicción contencioso administrativa, y concluyó que no se había probado la existencia de un perjuicio irremediable que justificara la intervención inmediata del juez de tutela.
Al ratificar esta improcedencia, la Corte Suprema precisó que dentro del expediente no se acreditó que los accionantes carecieran de legitimación para acudir a la jurisdicción contenciosa, ni que el tema planteado fuera estrictamente constitucional. Además, enfatizó que los demandantes no probaron la amenaza o vulneración concreta de derechos fundamentales de personas específicas o de un grupo determinado.
No obstante, la Corte realizó importantes aclaraciones sobre el alcance jurídico de la Directiva 001. Subrayó que esta no tiene la capacidad de modificar las disposiciones constitucionales y legales que rigen la acción penal por parte de la Fiscalía. La Sala destacó que, en temas como el ejercicio, suspensión, interrupción o renuncia de la acción penal, existe reserva de ley, por lo que ningún acto administrativo, incluido el emitido por el Fiscal General, puede contradecir el marco normativo establecido en el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal, ni el precedente fijado por la Corte como máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria.
Finalmente, la Corte aclaró que este fallo no limita el acceso a la tutela en casos concretos donde ciudadanos aleguen que la aplicación de la directiva afecta individualmente sus derechos fundamentales, lo que deja abierta la posibilidad de revisar su aplicación caso a caso.
Este pronunciamiento refuerza la importancia de respetar los límites legales de los actos administrativos y ratifica la separación de competencias entre las distintas jurisdicciones del país.
Fuente: cortesuprema.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Derecho a morir dignamente: Corte Constitucional ordena actualizar regulación sobre eutanasia