Corte Constitucional protege derechos de tres menores a quienes se les negó el registro civil extemporáneo

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-282 de 2025, amparó los derechos fundamentales a la nacionalidad, a la personalidad jurídica y al debido proceso administrativo de un niño y dos niñas, luego de que la Registraduría Nacional del Estado Civil negara la inscripción extemporánea de sus registros civiles de nacimiento.

El caso fue presentado por Carolina, en representación de Ana, Cristian y Andrea, quien interpuso una acción de tutela contra la Registraduría. La accionante explicó que no podía obtener en Venezuela los documentos apostillados exigidos para el trámite, debido a la falta de recursos económicos y a las dificultades técnicas del portal oficial de ese país.

La Sala Novena de Revisión, integrada por la magistrada Natalia Ángel Cabo y los magistrados Juan Carlos Cortés González y José Fernando Reyes Cuartas —quien la presidió—, ordenó a la Registraduría realizar la inscripción extemporánea a través de la declaración juramentada de testigos, mecanismo previsto en la normativa vigente como alternativa al registro apostillado cuando este no puede ser presentado.

El alto tribunal recordó que la nacionalidad constituye un vínculo jurídico esencial entre la persona y el Estado, y que imponer cargas desproporcionadas para acceder a ella afecta el ejercicio de otros derechos. Asimismo, reiteró que la declaración juramentada de testigos es un medio válido y reconocido por la ley para acreditar nacimientos en situaciones excepcionales.

Con esta decisión, la Corte reafirmó que negar el trámite bajo esta modalidad desconoce garantías fundamentales de los menores de edad, en especial el acceso a la nacionalidad y al reconocimiento pleno de su personalidad jurídica.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional advierte bajo cumplimiento del Ministerio de Salud en desembolso de recursos del sistema de salud

Corte Constitucional advierte bajo cumplimiento del Ministerio de Salud en desembolso de recursos del sistema de salud

A través del Auto 1175 de 2025, la Corte Constitucional evaluó los avances del Ministerio de Salud en la implementación de medidas para agilizar el flujo de recursos hacia los prestadores de servicios y advirtió un nivel de cumplimiento insuficiente en varios de los compromisos adquiridos.

La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 concluyó que persisten deficiencias estructurales que han profundizado la crisis financiera del sistema, en especial por la demora en los pagos de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a hospitales y clínicas. La Corte revisó el cumplimiento de lo ordenado en el Auto 2882 de 2023, pero no encontró evidencia clara de que el Decreto 489 de 2024 hubiera mejorado el flujo de recursos a través del mecanismo de giro directo. Por el contrario, señaló múltiples alertas de incumplimiento reportadas por diversos actores del sector.

En el caso del régimen contributivo, se estableció que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) firmó más de mil contratos de transacción en el marco del Acuerdo de Punto Final; sin embargo, de los $368 mil millones aprobados en 2022, menos de la mitad fue desembolsada en un periodo de año y medio. En cuanto al régimen subsidiado, aunque se registraron pagos entre 2022 y 2024, la información entregada por la cartera resultó confusa y no permitió precisar el monto real aún pendiente.

La Corte también llamó la atención sobre el atraso en la implementación de un sistema de monitoreo para el abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos, el cual continúa en fase de desarrollo pese a la urgencia de contar con una herramienta efectiva para prevenir desabastecimientos.

Como resultado de este análisis, la Sala Especial declaró dos niveles de cumplimiento: bajo en lo relacionado con la agilización de los desembolsos, el sistema de monitoreo, el pago de recursos del Acuerdo de Punto Final y la entrega de informes; y medio en el proceso de saneamiento de cartera en el régimen subsidiado, donde se reconocieron algunas medidas con resultados verificables.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema confirma condena contra periodista por vínculos con organización criminal

Corte Suprema confirma condena contra periodista por vínculos con organización criminal

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la sentencia SP1799-2025, ratificó la condena impuesta al periodista Miller Orlando Rubio Orjuela por el delito de concierto para delinquir, al comprobarse que utilizó su profesión para favorecer los intereses de una estructura criminal liderada por Pedro Nel Rincón Castillo, extraditado a los Estados Unidos por cargos de narcotráfico.

Rubio Orjuela había sido sentenciado en primera instancia por el Juzgado 45 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá a 50 meses de prisión, decisión que posteriormente fue confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá. Ahora, la Corte Suprema dejó en firme el fallo y ordenó su cumplimiento bajo la modalidad de prisión domiciliaria, junto con la expedición de las órdenes de captura correspondientes.

De acuerdo con la investigación, el condenado fue más allá de los límites del ejercicio periodístico y diseñó una estrategia comunicacional para favorecer a la organización ilegal. Entre sus acciones se acreditó la fabricación de noticias falsas, la invención de fuentes y declaraciones, la difusión de información en televisión y la presión a autoridades con el fin de encubrir o minimizar actividades criminales, lo que representó una transgresión grave a los principios de veracidad, imparcialidad y objetividad que rigen la labor periodística.

La Corte recalcó que la libertad de prensa y expresión constituye un pilar esencial en la democracia, pero debe ejercerse bajo parámetros de responsabilidad social. En ese sentido, advirtió que no es admisible que un periodista actúe como propagandista o asesor de comunicaciones de organizaciones criminales para obtener beneficios económicos o jurídicos a su favor.

La decisión subrayó el valor de la prensa libre, independiente y ética en la defensa de los valores democráticos, advirtiendo que su desnaturalización en favor de actividades ilícitas desvirtúa el sentido mismo de la profesión.

Fuente: cortesuprema.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Colombia avanza hacia la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre Discapacidad

Colombia avanza hacia la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre Discapacidad

El Senado de la República se prepara para definir en último debate la adhesión de Colombia al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2006.

La iniciativa, presentada por el Gobierno Nacional en 2024 y que cuenta con ponencia favorable de los senadores Lidio García Turbay y José Luis Pérez, busca consolidar un marco de protección más robusto para garantizar la igualdad de derechos de las personas con discapacidad, que representan el 5,5 % de la población nacional, según cifras de la Organización Mundial de la Salud y de Colombia.

Aunque la Convención fue aprobada en 2009 mediante la Ley 1346 y su constitucionalidad ratificada en 2010 por la Corte Constitucional, el Protocolo aún no hace parte del ordenamiento interno. Su aprobación significaría avanzar en el cumplimiento de compromisos internacionales y fortalecer las políticas públicas en línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.

En ese marco, el país ya ha dado pasos importantes, como la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad mediante la Ley 2281 de 2023, que en su estructura contempla la Dirección para la Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Con la adhesión al Protocolo, estas instancias contarían con mayores herramientas jurídicas para atender las necesidades de esta población.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión Séptima de la Cámara aprueba uso parcial de cesantías para emprendimientos femeninos

Comisión Séptima de la Cámara aprueba uso parcial de cesantías para emprendimientos femeninos

La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley que permitiría a las trabajadoras retirar hasta el 50% de sus cesantías con el fin de destinarlas a la creación y fortalecimiento de emprendimientos liderados por mujeres.

La iniciativa busca promover la autonomía económica femenina y dinamizar la generación de empleo en el país, donde, de acuerdo con cifras del Banco Mundial de la Mujer, seis de cada diez nuevos negocios son fundados por mujeres. El proyecto contempla, además, beneficios adicionales como incentivos tributarios, programas de capacitación a través del SENA y acompañamiento empresarial por parte del Gobierno, con especial énfasis en mujeres rurales y pertenecientes a comunidades étnicas.

El debate en la Comisión reflejó posiciones encontradas. Mientras algunos representantes defendieron el uso de las cesantías como capital semilla para proyectos productivos, otros advirtieron que estos recursos cumplen una función esencial como mecanismo de protección frente al desempleo y no deberían destinarse a fines inciertos.

Con esta aprobación, la propuesta avanza a la Plenaria de la Cámara, donde se definirá si las cesantías mantienen su carácter de ahorro laboral exclusivo o si se habilita su utilización como herramienta de financiamiento para emprendimientos femeninos.

Fuente: camara.gov.co

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