Nov 1, 2024 | Actualidad Prime
El Congreso de la República avanza en la discusión de un proyecto de ley que propone el uso obligatorio de Sistemas de Retención Infantil (SRI) para menores de 8 años en todo el país. La iniciativa, enmarcada en el Proyecto de Ley No. 057 de 2024, busca reducir significativamente la mortalidad y lesiones graves en menores involucrados en accidentes de tránsito. De acuerdo con los datos presentados por el senador Julio Alberto Elías Vidal, del partido De La U, esta medida podría disminuir en un 71% las cifras de mortalidad infantil en siniestros viales.
La propuesta estipula que los menores de 8 años con una estatura inferior a 150 cm deben ser transportados obligatoriamente con SRI, mientras que aquellos menores de 12 años deben portar el cinturón de seguridad de manera adecuada. Quienes no cumplan con esta normativa estarían sujetos a una sanción de 45 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).
El proyecto, que ya cuenta con ponencia favorable y fue aprobado en comisión con 9 votos unánimes, pasa ahora a plenaria del Senado para su segundo debate. De ser aprobado, la ley facultaría al Ministerio de Transporte para reglamentar el uso de los SRI en el término de un año desde su entrada en vigor.
Esta propuesta se plantea en un contexto alarmante, ya que entre 2023 y 2024 se han registrado 639 muertes de menores en accidentes de tránsito y 2393 menores han sufrido lesiones graves, de los cuales 1747 eran menores de 12 años.
Fuente: senado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Congresistas presentan proyecto para regular y ampliar acceso a plataformas digitales en Colombia
Oct 31, 2024 | Actualidad Prime
Con el objetivo de garantizar a los ciudadanos el acceso a las últimas tecnologías digitales, la representante María del Mar Pizarro del Pacto Histórico, junto al congresista Heráclito Landinez del mismo partido y el senador Alfredo Deluque del Partido de la U, han presentado un proyecto de ley que propone regular el uso de plataformas digitales en sectores clave como el transporte, el alquiler de vehículos y la oferta de viviendas temporales.
La iniciativa, que plantea un marco legal para plataformas como Uber y Airbnb, tiene el propósito de fomentar el desarrollo de diversos sectores productivos y personales, facilitando a los ciudadanos el uso de herramientas tecnológicas para mejorar su calidad de vida. Este proyecto estatutario deberá superar ocho debates en el Congreso antes de pasar a una eventual sanción presidencial.
Los congresistas destacaron que el proyecto apunta a una regulación que permita al ciudadano beneficiarse plenamente de la innovación tecnológica, promoviendo un acceso libre y seguro a los avances digitales en beneficio del ámbito laboral y personal.
Fuente: camara.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional protege derechos de comunidad indígena frente a conflicto territorial y sanciones ambientales
Oct 30, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-286 de 2024, amparó los derechos fundamentales de la comunidad indígena Métiwa Guacamayas, asentada en Cumaribo, Vichada, tras analizar una acción de tutela presentada por Lorenzo, gobernador de la comunidad. La tutela, presentada en contra de varias entidades estatales, tenía como objetivo la protección de derechos esenciales de la comunidad, incluidos el derecho al territorio, la seguridad alimentaria, la consulta previa y la autonomía indígena.
La Sala Sexta de Revisión de la Corte encontró que, durante décadas, personas ajenas habían invadido el territorio ancestral de la comunidad, y sus miembros habían enfrentado procesos judiciales y administrativos bajo acusaciones de delitos ambientales, tales como ecocidio y deforestación. Los representantes de la comunidad, sin embargo, argumentaron que sus prácticas de aprovechamiento de recursos naturales estaban orientadas a la subsistencia y fundamentadas en sus costumbres ancestrales.
La Corte concluyó que las sanciones ambientales impuestas a la comunidad carecían de un enfoque étnico, lo que desconocía la autonomía de la comunidad en el manejo de sus recursos y en la práctica de sus tradiciones. Adicionalmente, señaló la falta de respuesta de fondo de las autoridades a solicitudes clave, como la constitución del resguardo de la comunidad, que lleva 26 años pendiente, y la revocatoria de adjudicaciones de baldíos en terrenos que el pueblo Métiwa Guacamayas considera parte de su territorio ancestral.
Entre las órdenes emitidas, la Corte exigió a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (Corporinoquía) la creación, en coordinación con la comunidad, de protocolos de desarrollo sostenible y conservación de los recursos naturales en el territorio de influencia de los Métiwa Guacamayas. Así mismo, reiteró al Ministerio del Interior la urgencia de implementar un Plan de Salvaguarda Étnico, conforme con las necesidades específicas de esta comunidad, considerando el riesgo inminente de exterminio que enfrentan.
Además, la Agencia Nacional de Tierras deberá resolver en un plazo máximo de nueve meses las solicitudes de constitución del resguardo y de protección del territorio ancestral, así como la revocatoria de la adjudicación de baldíos sobre los predios en disputa. Con esta sentencia, la Corte reitera su compromiso con la protección de los derechos de los pueblos indígenas y la importancia de incorporar un enfoque diferenciado y respetuoso de su autonomía en la gestión de conflictos sobre sus territorios.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado niega suspensión de delegación a la ANH para fomento de energías no convencionales
Oct 29, 2024 | Actualidad Prime
El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional del acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Minas y Energía delegó a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) la función de fomentar y promover fuentes de energías no convencionales. La decisión fue emitida mediante auto del pasado 9 de octubre, donde se evaluó si la delegación realizada implicaba una invasión de competencias legislativas.
La demanda fue presentada con el argumento de que la delegación no solo trasladaba temporalmente una función, sino que creaba una nueva, no contemplada en la normativa vigente, lo cual habría constituido una invasión a la competencia del legislador. El demandante solicitó, por esta razón, la nulidad del acto administrativo y la suspensión provisional de la delegación.
Sin embargo, el Consejo de Estado desestimó la solicitud de suspensión. En su análisis, argumentó que el Ministerio de Minas y Energía cuenta con la competencia para definir políticas públicas sobre todas las fuentes de energía, incluyendo las no convencionales. La función delegada a la ANH, explicó la Sala, se limita a la elaboración de insumos técnicos necesarios para el fomento y la promoción de estas energías, lo cual constituye una delegación temporal de una de sus propias funciones.
Con base en esta interpretación, el alto tribunal concluyó que no existen elementos suficientes para suponer que la autoridad demandada hubiera invadido competencias del legislador en esta instancia del proceso. La decisión permite a la ANH continuar con las actividades de promoción de energías no convencionales en cumplimiento de su papel técnico, mientras el proceso judicial de nulidad sigue en curso.
Fuente: consejodeestado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena a universidad asegurar derechos de mujeres víctimas de violencia
Oct 28, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, en su reciente sentencia T-414 de 2024, ha emitido una contundente advertencia a una universidad pública nacional por su omisión en la protección de los derechos de una funcionaria víctima de violencia. En el caso, la accionante alegó que, a pesar de contar con medidas de protección definitivas y una investigación penal contra su expareja por episodios de violencia, la universidad se negó a permitirle trabajar de manera remota, exponiéndola a riesgos contra su integridad.
La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional resolvió declarar la carencia actual del caso debido a la finalización de la relación laboral de la accionante con la universidad. No obstante, consideró necesario pronunciarse sobre el fondo, encontrando que la institución había vulnerado los derechos de la mujer al rechazar la solicitud de trabajo remoto. Argumentando la autonomía universitaria, la entidad omitió establecer condiciones para que la servidora pública pudiera cumplir sus funciones de manera segura y sin riesgo para su vida.
El análisis de la Corte evidenció que la universidad actuó de forma indiferente, a pesar de contar con una ruta de atención para mitigar riesgos de victimización. La entidad no consideró aplicable dicha ruta en este caso y alegó que no era su responsabilidad garantizar la seguridad de la servidora.
Además, la Corte destacó que una resolución interna de la universidad permite el trabajo remoto en situaciones excepcionales o especiales. Ante esto, el alto tribunal concluyó que la universidad mostró un «total descuido e indiferencia» en su obligación de prevención, atención y erradicación de la violencia contra la mujer. También señaló la falta de aplicación de los deberes constitucionales de no tolerancia o neutralidad, corresponsabilidad y debida diligencia en este tipo de casos.
Como medida, la Corte Constitucional exhortó a la universidad a cumplir con sus deberes de debida diligencia y no eludir sus responsabilidades cuando tenga conocimiento de casos de violencia contra mujeres en su plantilla, sin importar el tipo de vínculo contractual.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Aumentan sanciones penales por maltrato animal en el país