Avance legislativo: Beneficios extendidos para adultos mayores en Colombia

La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley que tiene como objetivo brindar beneficios significativos a los adultos mayores. Esta propuesta, liderada por la representante Juliana Aray del Partido Conservador, busca garantizar descuentos del 50% en diversas actividades como espectáculos, turismo y entretenimiento para personas mayores de 62 años.

Además, el proyecto busca agilizar el acceso a servicios de salud, obligando a las Empresas Promotoras de Salud a proporcionar consultas médicas, odontológicas y especializadas, así como pruebas diagnósticas en un plazo máximo de 48 horas desde la solicitud, asegurando una atención rápida y eficiente.

Una medida destacada es la apertura de oportunidades educativas en la enseñanza superior para los adultos mayores, sin importar su edad, permitiéndoles continuar aprendiendo y desarrollando habilidades para mantenerse activos y productivos.

La representante Aray enfatizó que esta propuesta es un reconocimiento a la importancia de esta población en la sociedad y su bienestar. El proyecto también contempla la expansión de la cobertura de Centros Vida, espacios que ofrecen atención integral para mitigar la vulnerabilidad, el aislamiento y brindar soporte nutricional, actividades educativas, recreativas, culturales y ocupacionales.

El siguiente paso para esta iniciativa es su debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, esperando una respuesta positiva por parte de los representantes en la sesión.

Fuente: camara.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba medidas tributarias para la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA 2024

Senado aprueba medidas tributarias para la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA 2024

El Senado de la República aprobó con entusiasmo una serie de medidas que incluyen exenciones de impuestos y tributos aduaneros para la muy esperada Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA 2024. Este campeonato se realizará en Colombia desde el 31 de agosto hasta el 22 de septiembre, con la participación prevista de alrededor de 45 mil visitantes provenientes de diversos rincones del mundo para presenciar un evento deportivo de alto calibre.

Esta cita deportiva no solo se contempla como un evento que entusiasmará a los aficionados y elevará el nivel competitivo del fútbol femenino, sino que también se proyecta como un catalizador económico. Se espera que la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA dinamice la economía local y nacional, trayendo consigo un impulso a la actividad comercial y turística en múltiples regiones del país, ofreciendo oportunidades económicas tangibles para diversos sectores.

Es importante resaltar que la última vez que Colombia tuvo el honor de ser anfitrión de una Copa Mundial fue en 2011, cuando albergó exitosamente el campeonato masculino Sub-20 de la FIFA. Esta nueva oportunidad de ser sede de un evento de tal magnitud consolida la posición del país como un destino de primer nivel para eventos deportivos internacionales y refuerza su compromiso con el desarrollo y promoción del fútbol en todas sus formas y géneros.

Si desea conocer los argumentos que fundamentaron la ponencia, podrá consultar el informe para el segundo debate del del Proyecto de Ley por la cual se establecen exenciones de impuestos de carácter nacional y tributos aduaneros para la realización de la Copa Mundial Femenina Sub 20 FIFA 2024.

Fuente: senado.gov.co

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Acceso al agua potable: Fallo judicial a favor de familia desplazada en Bogotá

La Corte Constitucional, a través de la sentencia T-422 de 2023, protege el acceso al agua potable de una familia desplazada que había sido denegado este servicio debido a las limitaciones de infraestructura en su área de residencia.

La Sala Octava de Revisión decretó la protección de varios derechos fundamentales, incluyendo el acceso al agua potable, los servicios públicos, el derecho a la vida de menores y personas mayores de una familia desplazada. Esta familia se vio privada del servicio de agua por la Empresa de Acueducto de Alcantarillado de Bogotá.

El accionante argumentó que la empresa no suministra agua en su propiedad y le exige cumplir requisitos inalcanzables, como la licencia de construcción. Éste argumentó que primero debe llevar a cabo la legalización del barrio para obtener la aprobación de la licencia de construcción por las curadurías.

Inicialmente, el amparo fue rechazado en dos instancias por no demostrarse un perjuicio irremediable. No obstante, la Sala, dirigida por la magistrada Cristina Pardo, consideró que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado desconoció el derecho al agua de la familia, que incluye menores y personas mayores.

La Corte determinó que la entidad vulneró gravemente el acceso al agua, negando la disponibilidad y accesibilidad de este servicio vital a la familia. También señaló que la empresa incumplió su deber de asegurar al menos un suministro mínimo de agua para satisfacer las necesidades básicas. En consecuencia, la Corte ordenó asegurar el acceso al agua para el demandante y su familia, explorando los medios más apropiados, incluso considerando la conexión del predio a la red de agua ya instalada en propiedades vecinas.

Así mismo, se instó al demandante a continuar y finalizar ágilmente los trámites para la legalización de su propiedad. La Defensoría del Pueblo brindará asesoramiento y acompañamiento durante este proceso.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ampara derechos fundamentales de funcionaria víctima de desplazamiento

Corte Constitucional ampara derechos fundamentales de funcionaria víctima de desplazamiento

La Corte Constitucional, a través de la sentencia T-486 de 2023, protegió los derechos de una funcionaria que había sido víctima de desplazamiento y amenazas, y a quien se le había denegado la solicitud de cambio de sitio laboral.

La Sala Cuarta de Revisión otorgó protección a los derechos de Carlota, una funcionaria de carrera administrativa en la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de Bogotá, quien solicitó ser trasladada o reubicada laboralmente debido a su situación de desplazamiento forzado a otra ciudad.

Carlota, inscrita en el Registro Único de Víctimas (RUV) desde 2012 por el homicidio de su padre y desde febrero de 2023 por desplazamiento forzado, mencionó haber recibido amenazas de un grupo paramilitar, lo que motivó su solicitud de traslado. Sin embargo, la entidad empleadora negó su petición, llevándola a buscar amparo judicial.

A pesar de que en primera y segunda instancia se le negó la protección, la Sala decidió amparar sus derechos. El magistrado Jorge Enrique Ibáñez lideró esta decisión al considerar que, aunque la entidad había seguido los procedimientos requeridos para el traslado, no había buscado alternativas suficientes.

El fallo señaló que exigir a una víctima certificada de desplazamiento forzado que regrese al lugar donde su vida y la de sus hijos están en peligro, o enfrentar una sanción que afectaría su empleo, no era aceptable. La Corte determinó que era necesario mantener el proceso abierto hasta que se logre efectuar el traslado, se resuelva la situación de desplazamiento o la accionante decida renunciar a su solicitud.

Además, la Sala ordenó a la entidad empleadora permitir a Carlota trabajar desde casa, al menos mientras la Comisión Nacional de Seguridad Civil mantenga abierto el expediente de traslado, con el objetivo de garantizar la protección de sus derechos.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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