Cámara de Representantes avanza en proyecto que crea Sello Ambiental para proteger páramos y frenar la deforestación

La Comisión Quinta de la Cámara de Representantes dio un paso decisivo en el trámite del proyecto que busca fortalecer la protección ambiental, con especial énfasis en los páramos afectados por actividades ganaderas y cultivos de pancoger. La iniciativa, promovida por los congresistas Julia Miranda y Gabriel Parrado, propone la creación del Sello Ambiental para Zonas Protegidas de la Deforestación, un mecanismo que pretende articular la conservación de ecosistemas estratégicos con incentivos económicos para el sector ganadero.

El sello permitirá certificar que los procesos de crianza, levante y engorde del ganado se desarrollan fuera de áreas que antes estuvieron cubiertas por bosques, páramos u otras zonas ambientalmente protegidas. Esta distinción facilitaría el acceso a mercados nacionales e internacionales que valoran prácticas de producción sostenibles, lo que se traduce en mejores precios y mayores oportunidades de comercialización para los productores bovinos.

El proyecto también contempla la delimitación de fronteras agrícolas y ganaderas, con el fin de evitar la expansión de estas actividades sobre territorios que requieren altos niveles de protección ambiental. La medida busca frenar la ocupación indebida de zonas sensibles en la región Andina, donde el avance de la ganadería y la agricultura ha generado presión sobre ecosistemas de especial importancia ecológica.

Actualmente, el sector ganadero alcanza cifras significativas en materia de exportaciones: en lo que va del año, Colombia ha enviado al exterior más de 238.000 bovinos en pie, con ingresos superiores a 180 millones de dólares, y cerca de 25.000 toneladas de carne, que han representado ventas por más de 106 millones de dólares. Según la proyección de los impulsores de la iniciativa, la adopción del Sello Ambiental Ganadero, reconocido internacionalmente como Sello Verde, podría duplicar estos resultados, debido a la creciente demanda global de productos certificados por su aporte a la protección del ecosistema.

La propuesta legislativa continúa su curso en el Congreso y se perfila como una herramienta clave para armonizar la actividad productiva con la conservación de los ecosistemas más frágiles del país.

Fuente: camara.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Cámara de Representantes avanza en proyecto que obligaría a candidatos a asistir a debates públicos

Cámara de Representantes avanza en proyecto que obligaría a candidatos a asistir a debates públicos

La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en su primer debate un proyecto de ley que busca imponer la obligación a los candidatos y candidatas a la Presidencia, gobernaciones y alcaldías de participar en los debates públicos convocados por los medios de comunicación. La iniciativa resurge en plena coyuntura electoral, con el propósito de garantizar espacios programáticos en los que se expongan propuestas y soluciones para el país.

Aunque el proyecto obtuvo respaldo mayoritario, también generó discrepancias sobre las sanciones previstas para quienes no asistan a los debates. Algunos congresistas consideran que las medidas sugeridas, como restricciones para intervenir en medios o la reducción de la financiación pública, podrían resultar desproporcionadas.

Tras superar su primera discusión, la propuesta legislativa continuará su trámite en la Plenaria de la Cámara, donde deberá enfrentar su segundo debate antes de avanzar hacia las siguientes etapas del proceso legislativo.

Fuente: camara.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena capacitación en enfoque de género para comisarías del país en casos de violencia intrafamiliar

Corte Constitucional ordena capacitación en enfoque de género para comisarías del país en casos de violencia intrafamiliar

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-341 de 2025, ordenó al Ministerio de Justicia implementar un plan nacional de capacitación en enfoque de género e interseccionalidad dirigido a funcionarios y funcionarias de las comisarías de familia. La decisión surge tras analizar la tutela presentada por Sandra, mujer indígena, en nombre propio y de su hija Luisa, por presuntas omisiones en la protección de sus derechos durante un proceso de violencia intrafamiliar.

La Sala Novena de Revisión concluyó que la comisaría accionada vulneró los derechos fundamentales de ambas al no pronunciarse sobre las reiteradas denuncias de Sandra respecto a la restricción injustificada del contacto con su hija, pese a contar con custodia compartida. Aunque existían elementos que evidenciaban conductas obstaculizadoras por parte del padre de la niña, la entidad solo otorgó una medida de protección a favor de la madre y omitió evaluar el derecho de Luisa a mantener su vínculo familiar.

El alto tribunal también reprochó las demoras injustificadas en la actuación administrativa, que profundizaron el escenario de vulneración, y destacó que nuevas pruebas recogidas durante el trámite evidenciaron hechos de violencia contra la niña. En su análisis, la Sala reiteró la obligación de las autoridades de garantizar el interés superior de niños y niñas, así como de aplicar una perspectiva de género que evite reproducir patrones de discriminación, especialmente cuando se trata de mujeres indígenas, quienes enfrentan riesgos diferenciados.

Como parte de las órdenes, la Corte dispuso remitir el expediente original al juzgado que conoce la apelación interpuesta por Sandra para que valore los hechos recientes y adopte medidas ajustadas a la protección integral de la menor. Además, instruyó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y a las autoridades del cabildo indígena a coordinar acciones que aseguren la integridad de Luisa y brinden acompañamiento psicosocial para restablecer el vínculo maternofilial.

La decisión también exhortó a las fiscalías a agilizar las investigaciones contra la expareja de Sandra por posibles delitos de ejercicio arbitrario de custodia y violencia intrafamiliar, y compulsó copias a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para determinar si hubo faltas disciplinarias por parte de la comisaría.

Finalmente, la Corte envió copia del fallo al Ministerio de Justicia, que deberá diseñar y ejecutar una capacitación nacional sobre enfoque de género e interseccionalidad dirigida a todas las comisarías del país, con énfasis en la atención de mujeres indígenas víctimas de violencia.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena al Ejército adoptar protocolos rigurosos de verificación para el ingreso a sus filas

Corte Constitucional ordena al Ejército adoptar protocolos rigurosos de verificación para el ingreso a sus filas

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-313 de 2025, llamó la atención del Ejército Nacional por no contar con protocolos adecuados, o por no aplicar con rigurosidad los existentes, para verificar la documentación presentada por quienes buscan incorporarse a la institución. El pronunciamiento se dio al resolver una acción de tutela presentada por una ciudadana cuyo compañero permanente, fallecido en combate en marzo de 2004, prestó servicio como soldado pese a haber ingresado con una identidad diferente después de haber sido retirado por inasistencia.

El caso surgió en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en el cual la entidad negó a la accionante el acceso a prestaciones sociales y a la pensión de sobrevivientes, bajo el argumento de que debía acudir a un proceso ordinario para acreditar la relación laboral entre el soldado y el Ejército. No obstante, la Sala Novena de Revisión concluyó que la autoridad judicial desconoció el principio de primacía de la realidad sobre las formas, esencial para determinar la existencia de relaciones laborales en contextos de subordinación.

La Corte recordó que este principio constitucional reconoce como vínculo laboral toda prestación efectiva de servicios bajo subordinación, sin importar las formalidades o irregularidades que rodeen el acto de vinculación. En ese sentido, precisó que la prestación real del servicio militar por parte del ciudadano, incluso bajo una identidad distinta, generó derechos laborales y prestacionales susceptibles de ser reclamados por sus herederos tras su fallecimiento.

El fallo también analizó la figura del funcionario de hecho, aplicable en este caso debido a que el soldado utilizó documentos falsos para reingresar a la institución. Pese a la irregularidad, la Corte destacó que el hombre desempeñó funciones propias del cargo y murió en combate, por lo que su relación de servicio no podía ser desconocida.

Finalmente, la Sala reprochó la falta de controles del Ejército al permitir el ingreso del ciudadano sin una verificación adecuada de sus documentos, lo que evidenció la ausencia de protocolos sólidos o su aplicación deficiente en los procesos de vinculación del personal uniformado. El Tribunal advirtió que esta situación resulta inaceptable, dado el impacto que tiene en los derechos de los miembros de la Fuerza Pública y de sus familias.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema absuelve a médico pediatra en caso de muerte de una menor por error en administración de medicamento

Corte Suprema absuelve a médico pediatra en caso de muerte de una menor por error en administración de medicamento

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante la sentencia SP1991-2025, revocó la condena contra un médico pediatra hemato-oncólogo y lo absolvió del delito de homicidio culposo, en un caso relacionado con la muerte de una bebé de veinte meses en Neiva, quien recibía tratamiento de quimioterapia para leucemia linfoblástica aguda. El proceso surgió luego de que la menor falleciera tras serle aplicado un medicamento distinto al prescrito. Aunque en primera instancia el Juzgado 1° Penal del Circuito de Neiva impuso una pena de 30 meses y 12 días de prisión, y la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva confirmó la decisión, la Corte Suprema concluyó que no existía responsabilidad penal del médico.

En su fallo, la Sala aprovechó para unificar reglas sobre responsabilidad penal médica por infracción al deber objetivo de cuidado, reiterando la necesidad de valorar elementos como el riesgo jurídicamente desaprobado, el nexo causal, la infracción a la lex artis y el ámbito de competencia del profesional. El alto tribunal sostuvo que, en este caso, el galeno actuó conforme al principio de confianza y no tenía motivo alguno para dudar de que el medicamento suministrado correspondía al recetado. A juicio de la Corte, incluso con su formación especializada, el médico no podía prever el riesgo que finalmente derivó en la muerte de la menor, y desplegó las acciones necesarias para evitar el resultado una vez se evidenció la situación.

La Sala concluyó que las decisiones de instancia incurrieron en una valoración incorrecta del acervo probatorio, al atribuir responsabilidad penal sin que se acreditara una infracción del deber objetivo de cuidado por parte del profesional de la salud. Con esta sentencia, la Corte reiteró los límites de la responsabilidad penal médica y reforzó el alcance del principio de confianza en contextos clínicos donde intervienen múltiples profesionales.

Fuente: cortesuprema.gov.co

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