Acceso al agua potable: Fallo judicial a favor de familia desplazada en Bogotá

La Corte Constitucional, a través de la sentencia T-422 de 2023, protege el acceso al agua potable de una familia desplazada que había sido denegado este servicio debido a las limitaciones de infraestructura en su área de residencia.

La Sala Octava de Revisión decretó la protección de varios derechos fundamentales, incluyendo el acceso al agua potable, los servicios públicos, el derecho a la vida de menores y personas mayores de una familia desplazada. Esta familia se vio privada del servicio de agua por la Empresa de Acueducto de Alcantarillado de Bogotá.

El accionante argumentó que la empresa no suministra agua en su propiedad y le exige cumplir requisitos inalcanzables, como la licencia de construcción. Éste argumentó que primero debe llevar a cabo la legalización del barrio para obtener la aprobación de la licencia de construcción por las curadurías.

Inicialmente, el amparo fue rechazado en dos instancias por no demostrarse un perjuicio irremediable. No obstante, la Sala, dirigida por la magistrada Cristina Pardo, consideró que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado desconoció el derecho al agua de la familia, que incluye menores y personas mayores.

La Corte determinó que la entidad vulneró gravemente el acceso al agua, negando la disponibilidad y accesibilidad de este servicio vital a la familia. También señaló que la empresa incumplió su deber de asegurar al menos un suministro mínimo de agua para satisfacer las necesidades básicas. En consecuencia, la Corte ordenó asegurar el acceso al agua para el demandante y su familia, explorando los medios más apropiados, incluso considerando la conexión del predio a la red de agua ya instalada en propiedades vecinas.

Así mismo, se instó al demandante a continuar y finalizar ágilmente los trámites para la legalización de su propiedad. La Defensoría del Pueblo brindará asesoramiento y acompañamiento durante este proceso.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ampara derechos fundamentales de funcionaria víctima de desplazamiento

Corte Constitucional ampara derechos fundamentales de funcionaria víctima de desplazamiento

La Corte Constitucional, a través de la sentencia T-486 de 2023, protegió los derechos de una funcionaria que había sido víctima de desplazamiento y amenazas, y a quien se le había denegado la solicitud de cambio de sitio laboral.

La Sala Cuarta de Revisión otorgó protección a los derechos de Carlota, una funcionaria de carrera administrativa en la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de Bogotá, quien solicitó ser trasladada o reubicada laboralmente debido a su situación de desplazamiento forzado a otra ciudad.

Carlota, inscrita en el Registro Único de Víctimas (RUV) desde 2012 por el homicidio de su padre y desde febrero de 2023 por desplazamiento forzado, mencionó haber recibido amenazas de un grupo paramilitar, lo que motivó su solicitud de traslado. Sin embargo, la entidad empleadora negó su petición, llevándola a buscar amparo judicial.

A pesar de que en primera y segunda instancia se le negó la protección, la Sala decidió amparar sus derechos. El magistrado Jorge Enrique Ibáñez lideró esta decisión al considerar que, aunque la entidad había seguido los procedimientos requeridos para el traslado, no había buscado alternativas suficientes.

El fallo señaló que exigir a una víctima certificada de desplazamiento forzado que regrese al lugar donde su vida y la de sus hijos están en peligro, o enfrentar una sanción que afectaría su empleo, no era aceptable. La Corte determinó que era necesario mantener el proceso abierto hasta que se logre efectuar el traslado, se resuelva la situación de desplazamiento o la accionante decida renunciar a su solicitud.

Además, la Sala ordenó a la entidad empleadora permitir a Carlota trabajar desde casa, al menos mientras la Comisión Nacional de Seguridad Civil mantenga abierto el expediente de traslado, con el objetivo de garantizar la protección de sus derechos.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Nuevas directrices: Firmas requeridas en actos del presidente según Consejo de Estado