Mar 3, 2025 | Actualidad Prime
El Consejo de Estado, al resolver una acción de cumplimiento, ordenó a Ecopetrol acatar la obligación legal establecida en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022. Dicha disposición impone a las entidades estatales el deber de publicar en el SECOP II los documentos relacionados con su actividad contractual cuando cuentan con un régimen contractual excepcional al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
En su decisión, el alto tribunal determinó que esta norma contiene un deber legal exigible a Ecopetrol, dado que la empresa, al ser una sociedad de economía mixta de orden nacional, se rige por un régimen contractual especial según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1118 de 2006.
No obstante, el Consejo de Estado encontró que Ecopetrol no cumple cabalmente con esta obligación, ya que, aunque publica información sobre sus procesos contractuales, no lo hace en los términos establecidos en la norma. En particular, se evidenció que la empresa no actualiza el estado de los procesos ni carga en el SECOP II todos los documentos requeridos.
Por lo anterior, el fallo le impone a Ecopetrol la obligación de actualizar y publicar en el SECOP II toda la información contractual dentro de un plazo de tres meses contados a partir de la notificación de la sentencia, salvo en los casos en que exista una causal de reserva.
Fuente: consejodeestado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: ¡Ya disponible! Descubra Analytics: La nueva solución que analiza estratégicamente su caso
Feb 28, 2025 | Actualidad Prime
El senador Gustavo Moreno, del Partido ASI, ha radicado un nuevo proyecto de ley con el objetivo de regular el mercado de criptoactivos en Colombia. La iniciativa busca establecer normas para quienes operan con criptomonedas, en un contexto donde más de cinco millones de colombianos han incursionado en este tipo de transacciones y el volumen de operaciones en 2024 alcanzó los 6.700 millones de dólares.
La falta de regulación en este sector ha facilitado la proliferación de esquemas fraudulentos y el uso de criptoactivos para el lavado de dinero, lo que ha generado preocupación entre las autoridades. Aunque el uso de estos activos no es ilegal, su actual funcionamiento en un entorno informal representa un riesgo para los consumidores, quienes no cuentan con mecanismos de protección ni con garantías de seguridad en sus inversiones.
Colombia se ubica como el quinto país a nivel mundial con mayor uso de criptomonedas, lo que refuerza la necesidad de un marco normativo que brinde estabilidad al sector. Este proyecto, que también cuenta con el respaldo del representante a la Cámara Julián López Tenorio, había sido tramitado en la pasada legislatura y alcanzó el cuarto debate, pero no logró su aprobación final.
En esta nueva versión, la propuesta ha sido fortalecida con insumos de mesas de diálogo promovidas por el Gobierno Nacional, en las que participaron el Ministerio de Hacienda, plataformas de criptoactivos y usuarios del sistema. Se espera que esta vez el Congreso avance en la regulación de un mercado en crecimiento, buscando equilibrar la innovación tecnológica con la seguridad financiera de los ciudadanos.
Fuente: senado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Colombia da un paso histórico en la protección animal con la aprobación de la Ley Ángel
Feb 27, 2025 | Actualidad Prime
La Cámara de Representantes de Colombia aprobó por unanimidad la Ley Ángel, una iniciativa que busca endurecer las sanciones contra el maltrato animal y fortalecer las estrategias de prevención y concienciación ciudadana.
Durante la sesión, los congresistas manifestaron su respaldo a la medida, destacando la necesidad de fortalecer el marco jurídico en materia de protección animal. La aprobación unánime evidencia el compromiso del legislativo con la erradicación de la violencia contra los seres sintientes y la construcción de una sociedad más consciente.
El nombre de la ley rinde homenaje a Ángel, un perro que fue víctima de un grave caso de maltrato y cuya historia impulsó el debate sobre la necesidad de establecer sanciones más severas. Entre sus disposiciones, la norma prohíbe que las personas condenadas por maltrato puedan tener animales durante un período de cinco a siete años, además de establecer medidas más estrictas contra los agresores.
Uno de los puntos centrales del debate fue la baja efectividad en la judicialización de estos delitos. Según datos presentados en la plenaria, de las más de 15.500 denuncias por maltrato animal registradas desde 2016, solo el 1,4 % han concluido en condenas, lo que refleja la urgencia de fortalecer la aplicación de la nueva normativa para evitar la impunidad.
Con esta aprobación, el proyecto de ley queda a la espera de la sanción presidencial para convertirse en norma vigente. Su entrada en vigor representará un avance significativo en la consolidación de políticas de protección animal y en la imposición de sanciones más eficaces contra quienes atenten contra su bienestar.
Fuente: camara.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena medidas para garantizar educación inclusiva a estudiantes con TDAH y víctimas de acoso escolar
Feb 26, 2025 | Actualidad Prime
la Corte Constitucional, a través de la sentencia T-040 de 2025, falló a favor de los derechos de Valeria, una adolescente de 13 años diagnosticada con Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH), depresión, ansiedad y trastornos alimentarios, quien sufrió acoso escolar sin recibir la atención adecuada por parte de su colegio.
La Sala Quinta de Revisión tuteló los derechos a la educación y al desarrollo integral de la menor, destacando la importancia de implementar medidas efectivas para garantizar la educación inclusiva de estudiantes con TDAH y prevenir situaciones de acoso escolar que puedan agravar estas condiciones.
Un fallo con impacto estructural
El pronunciamiento de la Corte responde a la ausencia de legislación específica sobre el TDAH en Colombia, lo que ha generado vacíos en el reconocimiento de ajustes razonables y medidas afirmativas en el ámbito educativo. Si bien el Ministerio de Educación ha identificado el TDAH como un trastorno del neurodesarrollo que puede afectar el aprendizaje, no lo ha considerado formalmente una discapacidad, lo que ha dificultado la aplicación de políticas concretas en las instituciones educativas.
No obstante, la Corte reiteró que este vacío normativo no exime a los colegios de cumplir con la obligación constitucional de garantizar una educación inclusiva para todos los estudiantes, en especial aquellos con necesidades particulares en sus procesos pedagógicos.
Responsabilidad del colegio y nuevas directrices para el Ministerio de Educación
En el caso concreto de Valeria, la Corte encontró que su colegio incumplió con su deber de activar rutas de atención frente al acoso escolar, omitiendo investigar los hechos y permitiendo la perpetuación de agresiones en su contra. La institución, en lugar de brindar apoyo, atribuyó la situación exclusivamente a la condición clínica de la estudiante, afectando su derecho a la educación inclusiva.
Como consecuencia, el alto tribunal ordenó al colegio contactar a los padres de Valeria para acordar una fórmula de reparación simbólica o disculpas, iniciar un proceso disciplinario contra los estudiantes involucrados en el acoso escolar y realizar un acto público de compromiso de cero tolerancia al matoneo.
Además, el fallo impone al Ministerio de Educación la obligación de reglamentar el Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR) para estudiantes con TDAH, estableciendo mecanismos claros para que estos niños, niñas y adolescentes accedan a una educación inclusiva. Esta reglamentación deberá incluir pautas específicas para que los colegios diseñen y apliquen estrategias adaptadas a cada estudiante que lo requiera.
Con esta decisión, la Corte Constitucional sienta un precedente clave en la protección de los derechos de los menores con necesidades educativas especiales, exigiendo una respuesta efectiva tanto de los colegios como de las autoridades educativas para garantizar un entorno escolar libre de discriminación y violencia.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Avances y desafíos de la JEP en la Justicia Transicional Restaurativa: Informe de la ONU
Feb 25, 2025 | Actualidad Prime
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos presentó su Informe Anual sobre Colombia 2024, en el que reconoce los avances significativos en la implementación de la Justicia Transicional Restaurativa por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El documento destaca logros clave en la protección de los derechos de las víctimas y la consolidación de mecanismos de justicia, al tiempo que señala desafíos pendientes en el proceso.
Uno de los avances más relevantes mencionados en el informe es la adopción de la Medida Cautelar Nacional para garantizar la memoria y la verdad, así como para fortalecer la búsqueda, identificación y entrega digna de víctimas de desaparición forzada. Este mecanismo busca abordar obstáculos estructurales que han limitado la respuesta del Estado en estos casos, incluyendo la falta de consolidación de sistemas de información y el subregistro de víctimas.
El informe también resalta el progreso en los macrocasos de la JEP. En particular, destaca la imputación a seis exintegrantes del Secretariado de las Farc-EP por crímenes de guerra relacionados con el reclutamiento de menores en el Caso 07. Asimismo, menciona el primer juicio adversarial iniciado en septiembre de 2024 contra un compareciente que no reconoció su responsabilidad ni aportó verdad.
Otro aspecto relevante del informe es la colaboración de la JEP con autoridades territoriales para la futura imposición de sanciones propias. Se han adelantado diálogos con el sector público y privado, así como con la cooperación internacional, con el fin de garantizar la implementación de estas medidas. Además, la ONU valora los esfuerzos de la JEP en el cumplimiento del régimen de condicionalidad para aquellos comparecientes que no fueron identificados como máximos responsables.
A pesar de estos avances, el informe advierte sobre los desafíos que enfrenta la Jurisdicción. La persistencia de la violencia contra la población civil, el reclutamiento forzado y la desaparición de personas siguen limitando la participación de las víctimas en el Sistema Integral para la Paz. Asimismo, se señala que estos crímenes afectan de manera desproporcionada a grupos vulnerables como la niñez, las mujeres, los Pueblos Indígenas y las comunidades afrodescendientes.
En respuesta a estos retos, la ONU insta a la JEP a avanzar con determinación en la instrucción de nuevos macrocasos, especialmente el Caso 11, que aborda la violencia de género y los crímenes motivados por prejuicios basados en la orientación sexual.
El informe concluye reiterando el compromiso de las Naciones Unidas con el proceso de paz en Colombia y hace un llamado a todas las partes involucradas a fortalecer la implementación de medidas que garanticen los derechos de las víctimas, consolidando así una paz sostenible e inclusiva.
Fuente: jep.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado niega suspensión provisional de decreto sobre reservas ambientales y minería
Feb 24, 2025 | Actualidad Prime
El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional de un decreto expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante el cual se establecen criterios para la delimitación temporal de zonas de reserva ambiental, que quedarían excluidas de la explotación minera.
En su decisión, la corporación determinó que, en esta etapa inicial del proceso de nulidad interpuesto contra la norma, no es posible concluir que el Ministerio haya violado la reserva de ley. De acuerdo con el alto tribunal, la actuación de la entidad demandada se ajustó a la legislación vigente, la cual permite prohibir la minería en áreas de especial importancia ecológica.
Asimismo, el Consejo de Estado concluyó que no se acreditó que el acto administrativo modificara el artículo 47 del Decreto Ley 2811 de 1974 ni que permitiera declarar zonas de exclusión minera sin la realización de estudios previos, requisito fundamental para este tipo de determinaciones.
Respecto a la posible vulneración de derechos adquiridos de concesionarios mineros, la Sala advirtió que este aspecto requiere un análisis más profundo sobre la naturaleza de los contratos de concesión, los derechos que estos generan y su confrontación con derechos colectivos, como la protección del medio ambiente sano, lo cual deberá resolverse en el estudio de fondo del proceso.
En cuanto a la presunta afectación de la autonomía territorial, el alto tribunal señaló que el decreto en cuestión contempla la aplicación de normas de ordenamiento territorial y la intervención de las autoridades del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINA), por lo que no es evidente una vulneración del poder territorial.
Finalmente, la providencia descartó que se haya desconocido el principio de participación ciudadana al no incluir un procedimiento específico para consultas en los procesos de delimitación. Según la Sala, la intervención de la población está garantizada en otras normas que deben aplicarse en cada caso concreto, como ocurre con el procedimiento en curso para la delimitación del área de reserva temporal del Macizo de Santurbán.
Fuente: consejodeestado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Colombia logra una de las cifras más bajas de deforestación en su historia