Oct 30, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-286 de 2024, amparó los derechos fundamentales de la comunidad indígena Métiwa Guacamayas, asentada en Cumaribo, Vichada, tras analizar una acción de tutela presentada por Lorenzo, gobernador de la comunidad. La tutela, presentada en contra de varias entidades estatales, tenía como objetivo la protección de derechos esenciales de la comunidad, incluidos el derecho al territorio, la seguridad alimentaria, la consulta previa y la autonomía indígena.
La Sala Sexta de Revisión de la Corte encontró que, durante décadas, personas ajenas habían invadido el territorio ancestral de la comunidad, y sus miembros habían enfrentado procesos judiciales y administrativos bajo acusaciones de delitos ambientales, tales como ecocidio y deforestación. Los representantes de la comunidad, sin embargo, argumentaron que sus prácticas de aprovechamiento de recursos naturales estaban orientadas a la subsistencia y fundamentadas en sus costumbres ancestrales.
La Corte concluyó que las sanciones ambientales impuestas a la comunidad carecían de un enfoque étnico, lo que desconocía la autonomía de la comunidad en el manejo de sus recursos y en la práctica de sus tradiciones. Adicionalmente, señaló la falta de respuesta de fondo de las autoridades a solicitudes clave, como la constitución del resguardo de la comunidad, que lleva 26 años pendiente, y la revocatoria de adjudicaciones de baldíos en terrenos que el pueblo Métiwa Guacamayas considera parte de su territorio ancestral.
Entre las órdenes emitidas, la Corte exigió a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (Corporinoquía) la creación, en coordinación con la comunidad, de protocolos de desarrollo sostenible y conservación de los recursos naturales en el territorio de influencia de los Métiwa Guacamayas. Así mismo, reiteró al Ministerio del Interior la urgencia de implementar un Plan de Salvaguarda Étnico, conforme con las necesidades específicas de esta comunidad, considerando el riesgo inminente de exterminio que enfrentan.
Además, la Agencia Nacional de Tierras deberá resolver en un plazo máximo de nueve meses las solicitudes de constitución del resguardo y de protección del territorio ancestral, así como la revocatoria de la adjudicación de baldíos sobre los predios en disputa. Con esta sentencia, la Corte reitera su compromiso con la protección de los derechos de los pueblos indígenas y la importancia de incorporar un enfoque diferenciado y respetuoso de su autonomía en la gestión de conflictos sobre sus territorios.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado niega suspensión de delegación a la ANH para fomento de energías no convencionales
Jul 15, 2024 | Actualidad Prime
La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional ha emitido una sentencia que refuerza el derecho de las comunidades indígenas en Colombia, particularmente en la Amazonía, a decidir sobre la implementación de proyectos de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques (REDD+).
Mediante la sentencia T-248 de 2024, la Corte protegió los derechos a la libre determinación, autonomía, autogobierno, territorio, identidad, integridad física y cultural, y consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas del Consejo Indígena del Pira Paraná y la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas del Río Pira Paraná.
Vulneración de Derechos Fundamentales
Las comunidades demandantes alegaron que sus derechos fundamentales fueron vulnerados debido a que en la implementación del proyecto REDD+, empresas privadas ignoraron sus modos de vida y estructuras de gobierno propio. Además, señalaron que el Estado no adoptó las salvaguardas sociales y ambientales acordadas en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC).
El tribunal constató que la situación de las comunidades indígenas del Pira Paraná reflejaba una problemática generalizada que, de no resolverse, afectaría no solo a los demandantes, sino a otros grupos indígenas en la Amazonía, región que cubre el 48% de esta zona.
Incumplimiento de Estándares
En el caso específico, se constató la falta de debida diligencia por parte de las empresas formuladoras y desarrolladoras del proyecto REDD+, del organismo de validación y verificación, y del programa de certificación de carbono, al no respetar los estándares internacionales y nacionales sobre derechos humanos. Además, no demostraron haber obtenido un consentimiento libre, previo e informado de las comunidades étnicas, ni realizaron seguimientos eficaces ni evaluaciones de los impactos reales y potenciales del proyecto sobre la estructura de vida de estas comunidades.
Órdenes y Medidas
La Corte ordenó a las empresas involucradas, incluyendo la Corporación para el Manejo Sostenible de los Bosques (Masbosques), que se abstengan de intervenir o influir en el proceso de toma de decisiones de la población indígena sobre el proyecto REDD+. Asimismo, dispuso que el Ministerio del Interior facilite un espacio de diálogo para mediar y alcanzar un acuerdo con las comunidades sobre la implementación del proyecto, en caso de que no haya una decisión de la población indígena en tres meses.
Desde una perspectiva general, la Corte insistió en que los proyectos REDD+ son importantes en el contexto del cambio climático y sus efectos en el medio ambiente y las condiciones de vida de la población beneficiaria. No obstante, el Estado colombiano debe adoptar y aplicar un enfoque étnico que respete y proteja integralmente los derechos fundamentales de las comunidades indígenas.
Para ello, se ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible coordinar la creación de un protocolo con perspectiva étnica para la ejecución de proyectos REDD+ en territorios colectivos, de acuerdo con la Resolución 1447 de 2018, y adoptar estrategias integrales de seguimiento y acompañamiento a estas iniciativas con propósitos climáticos.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Gobierno y Agenda Nacional Campesina firman acuerdo: principales puntos para acelerar la Reforma Agraria