Jun 16, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional profirió la sentencia T-014 de 2025 mediante la cual ordenó, por segunda vez, la protección de los derechos fundamentales de un grupo de personas desplazadas forzosamente por las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en 1999, en el corregimiento de Las Palmas, municipio de San Jacinto, Bolívar. La decisión pone fin a un largo proceso judicial iniciado en 2015, en el que los afectados buscaban el reconocimiento de su condición y una reparación integral por parte del Estado.
Los hechos que dieron origen a esta decisión se remontan a las masacres y amenazas perpetradas por las AUC, que provocaron el éxodo forzado de decenas de familias de la región. Pese a haber interpuesto una demanda de reparación directa, en primera y segunda instancia las autoridades judiciales negaron sus pretensiones, argumentando falta de pruebas sobre el daño sufrido. Esta posición fue mantenida en varias ocasiones a pesar de tres acciones de tutela que buscaban revertir las decisiones judiciales adversas.
La Corte, al conocer el expediente por segunda vez, reiteró que los procesos relacionados con graves violaciones de derechos humanos deben regirse por un enfoque de flexibilidad probatoria, atendiendo al contexto de violencia y vulnerabilidad de las víctimas. En su análisis, la Sala Quinta de Revisión evidenció que el Tribunal Administrativo de Bolívar no sólo omitió decretar pruebas relevantes, sino que además desconoció estándares de valoración probatoria que resultan imperativos cuando se trata de hechos relacionados con el desplazamiento forzado.
En su fallo, la Corte dejó sin efectos las decisiones judiciales que habían negado la tutela y ordenó emitir una nueva sentencia con base en parámetros específicos: reconocer la condición de desplazados forzosos de los demandantes, declarar probado el daño antijurídico y su imputación a las autoridades estatales, y aplicar criterios de valoración probatoria acordes con la jurisprudencia en materia de violaciones graves a los derechos humanos. Asimismo, ordenó pronunciarse sobre la petición de las víctimas de construir un monumento conmemorativo de los hechos ocurridos el 25 de julio y el 27 de septiembre de 1999.
Esta decisión no solo representa un hito en la lucha por la verdad, la justicia y la reparación integral de las víctimas del conflicto armado, sino que también refuerza la obligación del Estado de responder cuando, por acción u omisión, permitió que se consolidaran escenarios de violencia estructural. La sentencia reafirma el papel de la Corte Constitucional como garante de los derechos fundamentales en contextos de especial vulnerabilidad.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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May 23, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión Primera del Senado de la República aprobó en primer debate un proyecto de ley que busca endurecer significativamente las penas de prisión para quienes recluten menores de edad en el marco del conflicto armado colombiano. Esta iniciativa legislativa responde a una preocupante realidad nacional: Colombia es el único país del continente americano y uno de los 18 en el mundo donde aún se reporta el reclutamiento de menores por parte de grupos armados ilegales, según datos recientes de Naciones Unidas.
El proyecto, respaldado por más de 100 congresistas, plantea modificar los artículos 83, 162 y 188 del Código Penal (Ley 599 de 2000) con el objetivo de aumentar las penas actualmente establecidas, que van de 13 a 23 años, a un rango que podría alcanzar hasta los 50 años de prisión, el máximo permitido por la legislación colombiana.
El nuevo texto legal busca castigar con mayor severidad a quienes recluten, utilicen u obliguen a menores de 18 años a participar directa o indirectamente en hostilidades o acciones armadas. Las modificaciones propuestas no solo se enfocan en la subversión armada, sino también en otras formas de utilización criminal de niños, niñas y adolescentes por parte de estructuras ilegales.
Las cifras divulgadas en el debate legislativo revelan la gravedad del fenómeno: en 2024, se reportaron 409 casos de menores reclutados, de los cuales el 50% pertenecen a comunidades indígenas. Además, más del 60% de estos casos se concentran en el departamento del Cauca, donde las denuncias suelen ser escasas debido a la presencia y amenazas de los actores armados.
Con esta propuesta, el Congreso colombiano busca establecer una respuesta más contundente frente a un delito que vulnera gravemente los derechos fundamentales de la niñez y compromete el futuro del país. El proyecto ahora pasará a siguientes debates en el Senado y la Cámara de Representantes, donde se espera continuar su trámite legislativo.
Fuente: senado.gov.co
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Oct 23, 2024 | Actualidad Prime
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) marcó un hito en la historia jurídica de Colombia al celebrar una audiencia de diálogo intercultural con el Pueblo Siona los días 13 y 14 de septiembre en Mocoa, Putumayo. La Sala de Reconocimiento llevó a cabo este encuentro en la Casa de Mai, espacio sagrado del Cabildo Jai Ziaya Bain, integrando por primera vez los testimonios espirituales y culturales de los Jai Bain (taitas), las romingo (abuelas) y la Guardia Indígena, como parte de la investigación de los crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos indígenas en el marco del Caso 09, que aborda los impactos del conflicto armado en Pueblos y Territorios Étnicos.
La audiencia estuvo enmarcada en la ceremonia espiritual del Mai ëco (Yagé), planta sagrada que los Siona consideran esencial para el diálogo con sus ancestros y la conexión con la madre tierra. Este proceso permitió a la magistratura de la JEP recoger testimonios desde una perspectiva indígena sobre las graves afectaciones sufridas entre 1996 y 2016. Los líderes Siona narraron cómo el conflicto les ha arrebatado no solo vidas humanas, sino también espacios sagrados, su cultura y su conexión ancestral con la tierra.
Durante la audiencia, las romingo denunciaron el exterminio físico y cultural que enfrenta su pueblo, describiendo el miedo a traer nuevas vidas a un mundo marcado por la violencia. Mientras tanto, los cuiracua (Guardia Indígena) destacaron la necesidad de contar con garantías para la protección de su territorio y la preservación de sus lugares sagrados. En sus intervenciones, también señalaron el impacto devastador que la extracción de recursos, como el petróleo, ha tenido sobre su medio ambiente y modos de vida.
La JEP, a través de esta audiencia, busca garantizar la participación efectiva del Pueblo Siona, aplicando un enfoque étnico-racial que respeta su cosmovisión y sus formas propias de justicia. Esta integración no solo profundiza en la investigación de los crímenes cometidos contra los pueblos indígenas, sino que también refuerza las garantías de justicia y supervivencia para una comunidad que enfrenta riesgos de exterminio, reconocidos internacionalmente desde 2018 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Fuente: jep.gov.co
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Ago 29, 2024 | Actualidad Prime
En un paso clave hacia la consolidación de la paz en Colombia, el Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 1079 de 2024, que regula el Servicio Social para la Paz como alternativa al servicio militar. Esta innovadora medida, impulsada por el senador Iván Cepeda, brinda a los jóvenes colombianos la posibilidad de contribuir al desarrollo del país desde los territorios, enfocándose en acciones que promuevan la paz.
El senador Iván Cepeda destacó que este decreto permitirá a miles de jóvenes participar activamente en la construcción de una Colombia más pacífica. «Desde hoy, generaciones de jóvenes tendrán la opción de utilizar su talento y energía para acabar con la violencia y la guerra, optando por trabajar en la construcción de paz en lugar de prestar el servicio militar», afirmó el senador.
Opciones de servicio para construir la paz
El programa, dirigido a jóvenes entre 18 y 24 años, está diseñado para quienes deseen aportar al país a través de iniciativas relacionadas con el cumplimiento del Acuerdo de Paz, la protección del medio ambiente y la promoción de la cultura. Entre las modalidades disponibles para cumplir el servicio se incluyen la alfabetización digital en zonas rurales, el trabajo con víctimas del conflicto armado, la defensa de los derechos humanos y la promoción de políticas de reconciliación y convivencia.
Reconocimientos y beneficios para los jóvenes
El Servicio Social para la Paz se equipara al servicio militar en términos de reconocimiento y beneficios. Los jóvenes que elijan esta alternativa recibirán una certificación equivalente a la libreta militar emitida por el Ministerio de Defensa, además de una remuneración similar a la del servicio militar. También podrán acceder a descuentos en programas académicos y formación técnica en el SENA, entre otros beneficios.
A pesar de ofrecer una opción alternativa, esta medida no reemplaza el servicio militar obligatorio, ya que los jóvenes seguirán siendo llamados a cumplirlo. Sin embargo, ahora cuentan con la posibilidad de elegir el Servicio Social para la Paz como una vía diferente para cumplir con este deber ciudadano.
Fuente: senado.gov.co
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