Corte Suprema de Justicia y autoridades nacionales acuerdan medidas urgentes para aliviar la sobrepoblación en estaciones de policía y URIs

En una reunión convocada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerson Chaverra Castro, se acordaron cuatro medidas de aplicación inmediata para enfrentar la crítica sobrepoblación de personas privadas de la libertad en estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI) en Colombia. La situación, que afecta el desarrollo de los procesos penales, motivó a las autoridades nacionales y locales a buscar soluciones urgentes.

Según las cifras oficiales presentadas durante el encuentro, más de 26.500 personas están privadas de la libertad en aproximadamente 1.500 estaciones de policía en todo el país. Ante esta alarmante estadística, se reunieron la Fiscal General Luz Adriana Camargo, el ministro de Justicia Néstor Osuna, el viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa Camilo Umaña, el director de la Policía general William René Salamanca, y el director del Inpec coronel Daniel Fernando Rojas. También estuvieron presentes los alcaldes de Bogotá, Carlos Fernando Galán; de Medellín, Federico Gutiérrez; de Cali, Alejandro Eder; y de Barranquilla, Alejandro Char Chaljub. Además, participaron el vicepresidente de la Corte, Octavio Tejeiro, y el presidente de la Sala Penal, Diego Corredor Beltrán.

Las estrategias acordadas para enfrentar la sobrepoblación son las siguientes:

  1. Traslado Inmediato de Condenados: Se ordenó el traslado inmediato de 390 personas privadas de la libertad que ya están condenadas, para las cuales se han abierto cupos en centros carcelarios del país. Esta medida busca descongestionar las estaciones de policía y las URI.
  2. Informe del Inpec sobre Beneficiarios de Sustitutivos Penales: El Inpec realizará un informe detallado sobre los internos que tienen derecho a beneficios como la libertad condicional y la prisión domiciliaria. Este informe permitirá solicitar a los jueces de ejecución de penas que se pronuncien sobre estos casos, con el objetivo de liberar nuevos cupos carcelarios.
  3. Conexión Virtual para Audiencias: Los alcaldes se comprometieron a garantizar la conexión virtual en las estaciones de policía, facilitando el desarrollo oportuno de las audiencias preliminares y de juzgamiento. Esta medida busca agilizar los procesos judiciales y evitar retrasos innecesarios.
  4. Sitios Temporales de Reclusión: Se examinará la viabilidad jurídica de crear sitios especiales temporales para los privados de la libertad, manejados por los entes territoriales. Esta medida tiene como objetivo facilitar la comparecencia de estas personas a las audiencias, con el apoyo logístico necesario.

Estas acciones buscan aliviar la sobrepoblación existente en las estaciones de policía y las URI, mejorando las condiciones para las personas privadas de la libertad y garantizando el correcto desarrollo de los procesos penales en Colombia.

Fuente: cortesuprema.gov.co

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Se declara emergencia carcelaria en respuesta a ola de violencia en prisiones del país

El Gobierno Nacional ha declarado emergencia carcelaria en respuesta a la reciente ola de homicidios, atentados y amenazas contra el personal de guardia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) en varias cárceles del país.

La decisión fue tomada durante la Sesión del Consejo Directivo del Inpec, con la participación de autoridades como el viceministro de Política Criminal y la vicefiscal. La emergencia busca salvaguardar la vida y seguridad del personal penitenciario frente a actos criminales, posiblemente represalias de organizaciones delictivas.

Se implementarán medidas, incluyendo traslados presupuestales, contratación directa de recursos y apoyo adicional de la fuerza pública para reforzar la vigilancia en las cárceles. También se contempla la posibilidad de suspender o reemplazar al personal en situaciones especiales y regular las visitas presenciales.

La decisión se fundamenta en el aumento del 41% en casos de extorsión y un incremento del 100% en incidentes de seguridad relacionados con el personal penitenciario respecto al año anterior. La Fiscalía General trabaja para desarticular la banda «La Inmaculada» en Tuluá, Valle.

El ministro de Justicia anunció medidas adicionales, como una «prima de la vida asistida» para los trabajadores del Inpec y la exploración de un seguro de vida. Esta es la cuarta emergencia carcelaria en Colombia, con el Gobierno reafirmando su compromiso con la seguridad en el sistema penitenciario.

Fuente: minjusticia.gov.co

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Nuevo marco legal regula la alimentación de personas recluidas en estaciones de Policía y URI

Con la firma de la sanción presidencial de la Ley 2346 del 10 de enero de 2024, Colombia establece un nuevo panorama en la responsabilidad de garantizar la alimentación de personas privadas de libertad de manera transitoria. La normativa, impulsada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, brinda claridad sobre la obligación del servicio de alimentación en estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI).

Hasta el 30 de junio de 2025, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) seguirá brindando apoyo en la alimentación de aproximadamente 17 mil sindicados, quienes actualmente se encuentran recluidos en centros de detención transitoria en todo el país. Este servicio, que representa una necesidad vital para aquellos sin condena, continuará con la entrega de tres raciones diarias.

A partir del 1 de julio de 2025, la responsabilidad de proporcionar alimentación a todas las personas recluidas en estos centros de detención recaerá en los municipios y departamentos del país. Esta decisión surge como resultado de una aclaración de la Corte Constitucional en 2022, que estableció que dicha responsabilidad pertenece a las entidades territoriales.

Según cifras oficiales, en la actualidad, alrededor de 17 mil personas privadas de la libertad en centros de detención transitoria se benefician del servicio de alimentación proporcionado por la USPEC. Para el año 2024, se proyecta una partida presupuestaria de $670 mil 656 millones para cubrir esta necesidad específica.

La concertación de esta nueva legislación contó con la participación y apoyo de diversas organizaciones de municipios y departamentos, como Asocapitales, Asointermedias, Fedemunicipios y la Federación Nacional de Departamentos. Además, fue socializada y acordada con la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, asegurando una base legal robusta y respaldada por diversos sectores.

El año 2023 cerró con una asignación de $647 mil millones para la alimentación de todos los privados de la libertad, incluyendo aquellos internos en cárceles administradas por el INPEC. De estos recursos, aproximadamente $93 mil millones fueron destinados a estaciones de Policía y las URI. Con la nueva ley, se busca fortalecer y estructurar el sistema de alimentación en el ámbito transitorio, garantizando el bienestar de quienes aguardan su proceso judicial sin condena.

Fuente: minjusticia.gov.co

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Decretan exención de IVA para productos elaborados por personas privadas de la libertad

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha emitido el Decreto 2277 del 2023, que reglamenta el artículo 130 del Estatuto Tributario Nacional, otorgando una exclusión del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) a productos elaborados por personas privadas de la libertad como parte de sus procesos de resocialización. Esta medida también abarca todo lo comercializado en los expendios dentro de las cárceles.

Este decreto está dirigido a excluir del impuesto la adquisición e importación de equipos, elementos e insumos destinados a actividades dentro del Sistema Nacional Carcelario, así como a los productos elaborados al interior de los establecimientos de reclusión.

La normativa aclara que esta exclusión aplica a equipos, elementos e insumos nacionales o importados adquiridos con presupuesto aprobado por el INPEC u otras autoridades pertinentes, destinados a la construcción, instalación, montaje, dotación y operación del Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario.

Este beneficio también incluye productos necesarios para el funcionamiento de las prisiones y el desarrollo de actividades educativas, laborales, culturales, recreativas, así como artículos de primera necesidad para las personas privadas de la libertad.

El decreto se fundamenta en disposiciones del Estatuto Tributario de 2000 y la Ley 2277 de 2022, con el objetivo de garantizar condiciones dignas a los reclusos y facilitar su acceso a actividades que fomenten su reinserción social.

Esta nueva medida amplía la exclusión del IVA que existe desde hace 20 años, abarcando los productos destinados específicamente a la resocialización en el sistema carcelario y penitenciario.

Las dos exclusiones de IVA que se han reglamentado son para los productos comercializados en expendios dentro de las cárceles y para los productos elaborados en las cárceles como parte de los procesos de resocialización de los reclusos.

Esta exclusión del IVA se aplica en diferentes tipos de centros de detención, penitenciarías, casas de detención, establecimientos para inimputables con trastornos mentales, cárceles y penitenciarías de alta seguridad, para mujeres, para miembros de la Fuerza Pública y colonias penitenciarias.

Fuente: minjusticia.gov.co

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Lineamientos mínimos para espacios temporales de reclusión: Ministerio de justicia

El Ministerio de Justicia desarrolló los Lineamientos Mínimos para Espacios Temporales de Reclusión, en atención a los reiterados requerimientos de la Corte Constitucional sobre la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional en el Sistema Penitenciario y Carcelario, extendido a los denominados “Centros de Detención Transitoria” (URIs y Estaciones de Policía) por la privación de la libertad durante periodos extensos, con afectaciones en materia de garantía de derechos y seguridad ciudadana.

El Ministerio de Justicia y del Derecho, en colaboración con la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales) y la Federación Nacional de Personerías (Fenalper), presentó los Lineamientos Mínimos para Espacios Temporales de Reclusión. El propósito de este informe es orientar a las autoridades locales y regionales en la creación y administración de instalaciones temporales de reclusión, centrándose en el respeto de los derechos humanos.

Este documento tiene como meta compilar la jurisprudencia y las regulaciones relevantes relacionadas con los bienes y servicios que deben ofrecerse a las personas privadas de su libertad en instalaciones temporales, conforme a las directrices de la Corte Constitucional en el contexto de la crisis del sistema penitenciario en el país.

El Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa, Camilo Umaña Hernández, expresó el compromiso de transformar la noción de «Crisis del Sistema Penitenciario» en Colombia, que ha perdurado en el tiempo. Su objetivo es establecer un sistema de privación de la libertad que sea humano, digno y coherente con un Estado Social de Derecho. Agregó que el deber del Estado es encontrar una solución a este problema que no se limita al hacinamiento, sino que también aborda aspectos de salud, visitas y la dignidad mínima necesaria para la resocialización de quienes han sido acusados de cometer delitos.

Antecedentes

Dado que cerca de 100,000 personas se encuentran en detención intramural en Colombia, con más de 20,000 en centros de detención transitoria, Umaña Hernández destacó los diálogos e intercambios con entidades como Asocapitales y Fenalper, describiéndolos como positivos y beneficiosos para el país. El documento presenta pautas claras y directrices para que las entidades locales cumplan con sus responsabilidades hacia las personas bajo detención provisional. Además, se está proponiendo un proyecto de ley al Congreso para que la Uspec pueda financiar la alimentación de 17,000 personas privadas de la libertad.

El Viceministro también señaló que el Ministerio de Justicia ha implementado varios proyectos destinados a humanizar el sistema penitenciario. Por ejemplo, a través de la Ley de Utilidad Pública, se está permitiendo que las mujeres que han cometido delitos menores cumplan condena realizando servicios comunitarios, lo que se considera un beneficio mutuo para la sociedad.

Finalmente, el Viceministro enfatizó que las directrices presentadas en este informe permiten que las entidades territoriales desarrollen instalaciones de detención provisional de manera sensata, sin necesidad de inversiones masivas y utilizando recursos nacionales para contar con una infraestructura básica que cumpla con los estándares mínimos para las personas bajo detención. El objetivo es abordar de manera más razonable un sistema de privación de la libertad que se ha caracterizado por ser inhumano y contravenir la Constitución.

Fuente: minjusticia.gov.co

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