Avances y desafíos de la JEP en la Justicia Transicional Restaurativa: Informe de la ONU

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos presentó su Informe Anual sobre Colombia 2024, en el que reconoce los avances significativos en la implementación de la Justicia Transicional Restaurativa por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El documento destaca logros clave en la protección de los derechos de las víctimas y la consolidación de mecanismos de justicia, al tiempo que señala desafíos pendientes en el proceso.

Uno de los avances más relevantes mencionados en el informe es la adopción de la Medida Cautelar Nacional para garantizar la memoria y la verdad, así como para fortalecer la búsqueda, identificación y entrega digna de víctimas de desaparición forzada. Este mecanismo busca abordar obstáculos estructurales que han limitado la respuesta del Estado en estos casos, incluyendo la falta de consolidación de sistemas de información y el subregistro de víctimas.

El informe también resalta el progreso en los macrocasos de la JEP. En particular, destaca la imputación a seis exintegrantes del Secretariado de las Farc-EP por crímenes de guerra relacionados con el reclutamiento de menores en el Caso 07. Asimismo, menciona el primer juicio adversarial iniciado en septiembre de 2024 contra un compareciente que no reconoció su responsabilidad ni aportó verdad.

Otro aspecto relevante del informe es la colaboración de la JEP con autoridades territoriales para la futura imposición de sanciones propias. Se han adelantado diálogos con el sector público y privado, así como con la cooperación internacional, con el fin de garantizar la implementación de estas medidas. Además, la ONU valora los esfuerzos de la JEP en el cumplimiento del régimen de condicionalidad para aquellos comparecientes que no fueron identificados como máximos responsables.

A pesar de estos avances, el informe advierte sobre los desafíos que enfrenta la Jurisdicción. La persistencia de la violencia contra la población civil, el reclutamiento forzado y la desaparición de personas siguen limitando la participación de las víctimas en el Sistema Integral para la Paz. Asimismo, se señala que estos crímenes afectan de manera desproporcionada a grupos vulnerables como la niñez, las mujeres, los Pueblos Indígenas y las comunidades afrodescendientes.

En respuesta a estos retos, la ONU insta a la JEP a avanzar con determinación en la instrucción de nuevos macrocasos, especialmente el Caso 11, que aborda la violencia de género y los crímenes motivados por prejuicios basados en la orientación sexual.

El informe concluye reiterando el compromiso de las Naciones Unidas con el proceso de paz en Colombia y hace un llamado a todas las partes involucradas a fortalecer la implementación de medidas que garanticen los derechos de las víctimas, consolidando así una paz sostenible e inclusiva.

Fuente: jep.gov.co

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Corte Suprema de Justicia expone su posición sobre la competencia de la JEP en casos de paramilitarismo

La presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, Myriam Ávila Roldán, presentó ante la Corte Constitucional la postura del alto tribunal en relación con la demanda interpuesta contra la interpretación que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha hecho sobre su competencia en procesos relacionados con el paramilitarismo.

El debate jurídico se centra en determinar si es constitucional que la JEP admita como comparecientes forzosos a los comandantes de grupos paramilitares cuando estos hayan tenido una vinculación funcional y material con la Fuerza Pública bajo la figura de los denominados “sujetos bisagra”.

Desde la perspectiva de la Corte Suprema, esta interpretación se aparta de lo establecido por el Constituyente y el legislador estatutario. Se argumenta que existen otros mecanismos en la jurisdicción ordinaria para garantizar la justicia sin necesidad de ampliar la competencia de la JEP.

En su intervención, la magistrada Ávila Roldán expuso cuatro puntos centrales: primero, que la comparecencia de comandantes paramilitares ante la JEP no genera un beneficio adicional para los derechos de las víctimas; segundo, que la interpretación de la norma impugnada no se ajusta a la Constitución ni a la ley estatutaria; tercero, que la doctrina sobre agentes estatales de facto no implica que todas las personas involucradas en el conflicto armado deban ser juzgadas por el mismo tribunal; y cuarto, que la efectividad de los tribunales transicionales depende de una complementariedad cooperativa.

Asimismo, advirtió que reconocer la competencia de la JEP en estos casos podría afectar la confianza en el Sistema de Justicia y Paz, desconociendo los esfuerzos institucionales desplegados durante casi dos décadas y las expectativas de las víctimas, como lo ha señalado la Corte Constitucional en pronunciamientos previos.

Finalmente, la Corte Suprema reiteró que la JEP tiene competencia para conocer los casos de los exmiembros de las Farc, incluso aquellos que se desmovilizaron bajo el régimen de la Ley 975 de 2005, y de los agentes del Estado en los términos establecidos en la normativa vigente. Sin embargo, enfatizó que los procesos de los paramilitares acogidos a la Ley 975 de 2005 no son de competencia de la JEP.

Fuente: cortesuprema.gov.co

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La JEP rechaza solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del Meta

En una decisión que reafirma su compromiso con las víctimas y la verdad, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del departamento del Meta entre 2004 y 2007. El exmandatario había sido condenado en la justicia ordinaria por homicidio agravado, celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y concierto para delinquir.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia estableció que, durante su administración, Castro Rincón se alío con alias «Don Mario» y alias «Miguel Arroyave», comandantes del Bloque Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Esta alianza permitió al grupo paramilitar consolidar su control político en el Meta a través de contratos ilegales con la gobernación y les otorgó participación en procesos de desmovilización que derivaron en escaños en el Congreso. Además, este pacto resultó en graves crímenes, incluidos los asesinatos del exgobernador Carlos Javier Sabogal Mojica, el líder político Euser Rondón Vargas y la diputada Nubia Sánchez Romero.

En 2022, la Sección de Apelación de la JEP revocó una decisión previa de la Sala de Definición que rechazaba la solicitud de Castro Rincón, bajo el argumento de que sus conductas podían tener una conexión indirecta con el conflicto armado. Se ordenó entonces que presentara un Compromiso Claro, Concreto y Programado (CCCP) que incluyera aportes a la verdad, planes de restauración y garantías de no repetición. Sin embargo, pese a recibir múltiples oportunidades para ajustar su CCCP, la Sala determinó que el exgobernador incumplió las condiciones establecidas.

Mediante la Resolución 002 del 2 de enero de 2025, la Sala concluyó que Castro Rincón no proporcionó información detallada ni contribuyó significativamente al esclarecimiento de la verdad sobre las relaciones entre las AUC y agentes estatales no pertenecientes a la fuerza pública. Además, consideró que su conducta reflejaba una falta de transparencia y compromiso con la justicia transicional, así como un desinterés en satisfacer las necesidades de las víctimas y la sociedad.

El caso de Castro Rincón fue remitido al Juzgado 20 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para que continúe vigilando el cumplimiento de la condena impuesta en 2007 por la Corte Suprema de Justicia, que lo sentenció a 40 años de prisión y una multa equivalente a 2.270 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La decisión también fue comunicada a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema.

Fuente: jep.gov.co

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La JEP incorpora voces ancestrales en una audiencia clave sobre el Pueblo Siona y los impactos del conflicto armado

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) marcó un hito en la historia jurídica de Colombia al celebrar una audiencia de diálogo intercultural con el Pueblo Siona los días 13 y 14 de septiembre en Mocoa, Putumayo. La Sala de Reconocimiento llevó a cabo este encuentro en la Casa de Mai, espacio sagrado del Cabildo Jai Ziaya Bain, integrando por primera vez los testimonios espirituales y culturales de los Jai Bain (taitas), las romingo (abuelas) y la Guardia Indígena, como parte de la investigación de los crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos indígenas en el marco del Caso 09, que aborda los impactos del conflicto armado en Pueblos y Territorios Étnicos.

La audiencia estuvo enmarcada en la ceremonia espiritual del Mai ëco (Yagé), planta sagrada que los Siona consideran esencial para el diálogo con sus ancestros y la conexión con la madre tierra. Este proceso permitió a la magistratura de la JEP recoger testimonios desde una perspectiva indígena sobre las graves afectaciones sufridas entre 1996 y 2016. Los líderes Siona narraron cómo el conflicto les ha arrebatado no solo vidas humanas, sino también espacios sagrados, su cultura y su conexión ancestral con la tierra.

Durante la audiencia, las romingo denunciaron el exterminio físico y cultural que enfrenta su pueblo, describiendo el miedo a traer nuevas vidas a un mundo marcado por la violencia. Mientras tanto, los cuiracua (Guardia Indígena) destacaron la necesidad de contar con garantías para la protección de su territorio y la preservación de sus lugares sagrados. En sus intervenciones, también señalaron el impacto devastador que la extracción de recursos, como el petróleo, ha tenido sobre su medio ambiente y modos de vida.

La JEP, a través de esta audiencia, busca garantizar la participación efectiva del Pueblo Siona, aplicando un enfoque étnico-racial que respeta su cosmovisión y sus formas propias de justicia. Esta integración no solo profundiza en la investigación de los crímenes cometidos contra los pueblos indígenas, sino que también refuerza las garantías de justicia y supervivencia para una comunidad que enfrenta riesgos de exterminio, reconocidos internacionalmente desde 2018 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Fuente: jep.gov.co

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JEP ordena eliminar los antecedentes judiciales de 9600 exmiembros de las FARC-EP beneficiados con amnistías

En cumplimiento del compromiso de la JEP de garantizar la seguridad jurídica a los comparecientes de su competencia, la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la JEP ha ordenado a la Policía Nacional, Interpol, Dijín y la Registraduría Nacional que eliminen los antecedentes judiciales de 9,600 firmantes de paz de las extintas FARC-EP que recibieron amnistías de iure otorgadas por decreto de la Presidencia de la República por delitos políticos cometidos durante el conflicto armado.

Esta decisión tiene como objetivo materializar los beneficios jurídicos otorgados a los firmantes de paz que fueron amnistiados por el Estado colombiano entre junio de 2017 y julio de 2018, en cumplimiento del Acuerdo Final de Paz, para garantizar su reincorporación de manera efectiva.

A pesar de recibir la amnistía, los beneficiarios enfrentaron obstáculos ya que sus antecedentes seguían vigentes. Por lo tanto, la SAI proporcionará un listado de los amnistiados para que las autoridades pertinentes actualicen o eliminen los registros relacionados con delitos políticos cometidos antes del 1 de diciembre.

En su resolución, la SAI destacó que numerosas peticiones presentadas ante la JEP revelaron la persistencia de estos registros en los sistemas de información de entidades estatales, obstaculizando el ejercicio de sus funciones sin un fundamento legal.

Los más de 9600 amnistiados no tienen responsabilidad en crímenes de guerra ni en violaciones de derechos humanos y tienen su situación legal resuelta. La claridad sobre su estatus legal es crucial para fortalecer su reintegración social y avanzar en los esfuerzos de paz.

La reincorporación efectiva de quienes están comprometidos con la paz garantiza el mandato de la JEP en la protección de los derechos de las víctimas. Si bien los beneficiarios deben cooperar con la JEP y la UBPD cuando sean convocados, aquellos que fueron amnistiados sin más obligaciones legales pueden continuar con su proceso de reintegración, convirtiéndose en contribuyentes activos para un país mejor.

Iniciada en septiembre de 2023, la investigación liderada por la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP, en colaboración con agencias de paz relevantes y con el apoyo del PNUD, recopiló decretos presidenciales que concedieron amnistía a firmantes de paz, comunicados públicamente en febrero de 2024.

Desde entonces, la Sala ha visitado Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR) para entregar personalmente certificados de amnistía. Con el respaldo de la Secretaría Ejecutiva de la JEP, se han entregado certificaciones en el ETCR Miravalle en San Vicente del Caguán y en el ETCR La Variante en Tumaco.

Fuente: jep.gov.co

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