<

Inconstitucional decreto que pretendió eliminar tarifas mínimas de ingenieros

La Sala Constitucional declaró con lugar acción contra el decreto que pretendió eliminar tarifas mínimas de ingenieros y arquitectos

Publicado: 8 de noviembre de 2024

En setiembre de 2022, el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), presentó una acción contra el Decreto Ejecutivo N°43709-MOPT-MEIC que pretendía reformar el Arancel de Servicios Profesionales de Consultoría para Edificaciones y el Reglamento de Tarifas de Honorarios para los Profesionales de Agrimensura, Topografía e Ingeniería Topográfica.  Se proponía sustituir las “tarifas mínimas” y “honorarios fijos” por tarifas y honorarios de “referencia y uso discrecional”.  De esta forma, dejaba sin efecto la obligatoriedad de las tablas de aranceles y tarifas para el pago de honorarios por los servicios profesionales que brindan los ingenieros y arquitectos de Costa Rica.

Mediante voto 2024-027918 del pasado 25 de setiembre se declaró con lugar la acción estableciéndose la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo N°43709-MOPT-MEIC.    Concluyeron los señores magistrados que:

«… el principio de reserva de ley determina que solo mediante una norma con rango de ley es posible restringir los derechos fundamentales y, el establecimiento de tarifas u honorarios profesionales -ya sean mínimas o de referencia- es materia de reserva de ley porque está relacionada con el interés público que existe para que la prestación de los servicios profesionales sea de calidad, se ajuste a los requerimientos establecidos y se ejerza en beneficio de los derechos fundamentales de los usuarios (art. 46 de la Constitución Política).  En consecuencia, si el principio de reserva de ley le veda competencia al Poder Ejecutivo para regular esta materia y, más aún, le prohíbe regular la materia de forma contraria a la voluntad de la Asamblea Legislativa, el decreto que se impugna es contrario al Derecho de la Constitución y así se declara.»

En un sentido similar la Sala Constitución declaró con lugar la acción formulada por la Lic. Ana Lía Umaña Salazar contra el Decreto Ejecutivo No. 43704-JP-MEIC-  Dicho decreto pretendió igualmente eliminar la obligatoriedad de las tarifas mínimas establecidas en el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado.   Puede leer al respecto la nota que publicamos en nuestro blog Punto Jurídico denominada: Conozca el voto que anuló decreto que pretendía eliminar tarifas mínimas

 

Últimas entradas publicadas

Beneficios de inscripción en la plataforma UIF Reportes

by | Sep 15, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La DNN informa a la comunidad notarial la importancia y beneficios de inscribirse en esta plataforma del Instituto Costarricense sobre Drogas

Poder Judicial define fechas para cierres colectivos 2025-2026

by | Sep 10, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consejo Superior promueve que la mayor cantidad de colaboradores ejerzan su derecho al descanso durante los cierres colectivos

Eliminan requisito de fotocopias de las cédulas de identidad

by | Sep 9, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se pretende garantizar así el principio de protección de los derechos de los ciudadanos frente al exceso de requisitos y trámites. 

Cambio de razón social en inmuebles de sociedades fusionadas

by | Sep 5, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Importante tomar en cuenta que el Registro Inmobiliario estima que en estos casos corresponde pagar los mismos timbres e impuestos de cualquier traspaso

Impedimento para casarse por afinidad no desaparece con disolución del vínculo

by | Sep 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Así lo estableció la Sala Constitucional en su voto número 2024-032294 del 30 de octubre de 2024.

Sobre la póliza de responsabilidad civil profesional

by | Sep 1, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Requisito indispensable para el ejercicio del notariado. Su incumplimiento provoca la inhabilitación y sanciones disciplinarias