<

Municipalidad de Goicoechea emite regulaciones sobre uso de pirotecnia

El Concejo Municipal del Cantón de Goicoechea acordó  trasladar a la Comisión de Plan Regulador del Concejo Municipal, todo lo referente al uso de pirotecnia y pólvora en edificaciones e inmuebles cercanos a zonas de riesgo identificadas, tales como gasolineras, oleoductos, centrales eléctricas, almacenes de combustible, zonas de industria química inflamable, zonas de extracción y […]

Publicado: 13 de octubre de 2025

El Concejo Municipal del Cantón de Goicoechea acordó  trasladar a la Comisión de Plan Regulador del Concejo Municipal, todo lo referente al uso de pirotecnia y pólvora en edificaciones e inmuebles cercanos a zonas de riesgo identificadas, tales como gasolineras, oleoductos, centrales eléctricas, almacenes de combustible, zonas de industria química inflamable, zonas de extracción y transformación de maderas, aserraderos, industrias de papel, plástico, telas, así como hospitales públicos y privados, asilos, escuelas, aeropuertos, laboratorios de investigación y desarrollo de tecnología, clínicas donde se practiquen cirugías, cárceles, entidades financieras, veterinarias, granjas, centros de acopio de materiales para reciclaje inflamable, centros de cuido de menores, universidades, centros de estudio, escuelas de aprendizaje especial, guarderías, entre otros, y zonas de alta concentración demográfica o con limitaciones de retiros que puedan propiciar la expansión de incendios.

Por otra parte, acordó instar a la Alcaldía Municipal para que, respetando el principio de libertad de comercio y la normativa vigente sobre la venta de productos pirotécnicos, invite a los vendedores para que sustituyan los elementos de pirotecnia por otros elementos de menor riesgo e impacto ambiental, tales como juegos de luces, drones y láseres.

Finalmente, se acordó instar a la Alcaldía Municipal para que verifique y fiscalice que en los espectáculos públicos de cualquier índole en el cantón, tales como ferias, fiestas y festivales, no se autorice el uso de juegos de pólvora ni pirotecnia que, por sus efectos sonoros o de cualquier otra índole, generen daño o excedan los límites máximos permitidos por la normativa de control de ruido ambiental; y a que promueva campañas de información a la ciudadanía, durante y previo a festividades y festejos populares, sobre los peligros y las regulaciones del uso de pirotecnia.

Fuente: La Gaceta Nº 189 del 9 de octubre del 2025

Últimas entradas publicadas

Automatización del envío de edictos del Registro de la Propiedad Intelectual

by | Feb 2, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Aplicable para los trámites de inscripción y cambios de nombre de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos

Entra en vigencia, nueva ley contra los homicidios por encargo

by | Ene 30, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Establece un marco sancionatorio específico para el homicidio cometido por encargo o con promesa de pago

Nueva ley impulsa la digitalización obligatoria de los índices notariales en Costa Rica

by | Ene 26, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Agilizará trámites, fortalecerá la transparencia y facilitará el acceso a la información para las personas usuarias

Requisitos para la declaratoria de símbolos nacionales

by | Ene 23, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Mediante la Ley 10824 se establecen los requisitos y el proceso para la declaratoria de símbolos nacionales de Costa Rica

Aumenta plazo para la calificación e inscripción de documentos registrales

by | Ene 21, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Mediante la Ley 10800 se ha reformado el artículo 3 de la Ley sobre inscripción de documentos en el Registro Público No. 3883 a fin de establecer que los registradores...

Derogatoria de varios artículos del Código Penal

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se derogan los artículos que tipificaban los delitos de rapto al considerar que conllevaban una discriminación en perjuicio de las mujeres.