Sep 1, 2025 | Actualidad Prime
La Dirección Nacional de Notariado ha enviado varios avisos advirtiendo que a la fecha, se han identificado 325 notarios que no renovaron su póliza de responsabilidad civil profesional.
Se les insta a acreditar la oportuna renovación de su póliza a la brevedad posible y comunicarlo a la dirección de correo electrónico: [email protected]
Importante recordar además que el pago de este requisito debe realizarse con un mes calendario de antelación al vencimiento anual del año anterior, de conformidad con el artículo 9 del Código Notarial Ley N.º 7764, reformado por el artículo 1° de la ley N.º 10057 del 29 de octubre de 2021, que establece lo siguiente:
:“[…] será un requisito obligatorio para todas las personas que ejerzan la función notarial y estén habilitados en la Dirección Nacional de Notariado e incorporados al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Este seguro tendrá como objetivo garantizar a las partes y terceros el pago de una eventual indemnización por los daños y perjuicios causados en el ejercicio de la función notarial, constituyéndose en una garantía por concepto de responsabilidad civil debidamente comprobada […]”
En caso de no atenderse lo prevenido, se estaría procediendo con la inhabilitación, sin perjuicio de las gestiones disciplinarias que correspondan por otorgar actos sin la cobertura de la póliza correspondiente (artículo 143.a de la Ley N.º 7764).
Asimismo la DNN insta a toda la ciudadanía a verificar que el notario se encuentre habilitado en los registros de la DNN y, que su póliza se encuentre vigente, previo a la contratación de sus servicios profesionales. Esta revisión puede realizarse mediante los servicios de consulta pública, disponibles en el sitio web oficial www.dnn.go.cr Puede ingresar directamente al servicio de consulta pública de notarios en la siguiente dirección: https://consulta.dnn.go.cr:8443/
Fuente: Página web de la Dirección Nacional de Notariado www.dnn.go.cr
Ene 6, 2025 | Actualidad Prime
Nos permitimos transcribir aviso que aparece publicado en la página web de la Dirección Nacional de Notariado (DNN)
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En aras de mejorar la calidad en la atención de los servicios institucionales, se ha dispuesto eliminar la solicitud cita previa para realizar cualquier gestión que corresponda a la plataforma de servicios de la DNN. Esta medida es efectiva a partir de la publicación de este comunicado.
Para una mejor atención a los usuarios que asisten presencialmente a las instalaciones de la institución, se informa que la atención presencial se brinda sin requerimiento de cita previa. Quienes tienen una cita señalada a la fecha del presente comunicado, se les estará informando por el mismo medio por el cual la solicitaron que pueden apersonarse a las oficinas de la DNN antes de o en la hora y fecha señalada, así como también con posterioridad a esta sin necesidad de hacer una nueva cita.
De acuerdo con lo anterior, se advierte que se aceptará un MÁXIMO DE 5 GESTIONES POR PERSONA; posterior a dicha cantidad, debe volver a entrar en cola.
También es importante recordarles que los usuarios serán atendidos por orden de llegada; sin embargo, se respetará el siguiente orden de atención preferencial:
- La atención de personas con discapacidad (según lo dispuesto por Ley N.° 7600) en lo concerniente a sus trámites personales;
- La atención de personas adultas mayores (según lo dispuesto por Ley N.° 7935) en lo concerniente a sus trámites personales;
- La atención de notarios públicos (según lo dispuesto por Ley N.° 6575) cuando estos asistan personalmente y en lo concerniente a sus gestiones propias o a documentos autorizados por ellos mismos;
- Demás usuarios que requieran de trámites y servicios institucionales.
Es importante aclarar que, cuando ingresen dos o más personas usuarias de un mismo orden de atención preferencial, estas a su vez serán atendidas por orden de llegada. Hasta que hayan pasado en su totalidad, se seguirá con el siguiente estrato en el orden prioritario y así sucesivamente.
Corresponde a la oficina de información al ciudadano (ubicada en el área de recepción de la DNN) entregar la ficha para la atención de usuarios del servicio de plataforma. Dicha ficha contiene la hora y fecha de emisión y será el respaldo a efectos de garantizar que se atienda al usuario de acuerdo con los términos antes indicados. No obstante, se advierte que el cambio se está implementando de forma progresiva, por lo que aún está en proceso de desarrollo la asignación de fichas preferenciales en el sistema de filas, por lo que el personal de la plataforma estará adecuando el servicio según se vayan implementando las mejoras.
De acuerdo con lo dispuesto por Ley N.° 9158, toda inconformidad relacionada con la atención de usuarios deberá de ser canalizada a través de la Contraloría de Servicios institucional, oficina que deberá brindar la atención requerida en forma personal y cuando no sea posible, vía remota mediante el formulario web oficial (https://www.dnn.go.cr/transparencia/contraloria-servicios/contacto), por medio de teléfono (2527-7344), fax (2528-5751) o correo electrónico ([email protected]).