Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de adicionar un segundo párrafo al artículo 64 Bis de la Ley General de Salud, a fin de establecer que las entidades del Sistema Nacional de Salud deberán establecer protocolos de seguridad hospitalaria obligatorios, para evitar el robo o la sustracción de recién nacidos.
Dichos protocolos deberán incluir medidas como la trazabilidad biométrica entre madre e hijo, control de accesos, videovigilancia y activación inmediata del «Código Rosa».
Dicha iniciativa establece que el propósito fundamental es señalar la obligatoriedad y la implementación de filtros de seguridad en todas las instituciones de salud en México, así como la creación de protocolos estandarizados que prevengan la sustracción de recién nacidos.
La exposición de motivos señala la necesidad de incluir la tipificación del robo de recién nacidos como un delito autónomo en el Código Penal Federal, la implantación de protocolos universales de seguridad hospitalaria, como el “Código Rosa”, el fortalecimiento del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) mediante la asignación de recursos y atribuciones claras, así como la creación de registros nacionales de incidentes y mecanismos de trazabilidad biométrica que permitan un seguimiento efectivo de estos casos.