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¿Cuándo es penado el bullying?
Respuesta
El acoso escolar, comúnmente conocido como bullying, es un fenómeno complejo del que la normativa penal no ha dado cuenta como un tipo penal. En otras palabras, no se considera que en sí constituya un delito. Lo anterior no significa que la multiplicidad de conductas que se pueden considerar como bullying no constituyan en si mismas delitos. La propia Corte ha determinado que estas conductas, por si mismas o combinadas, pueden constituir incluso delitos graves.
Algunos de los delitos que se cometerían al perpetrar acoso escolar son:
i Lesiones;
ii Amenazas;
iii Coacciones; y,
iv Injurias o difamación.
Algunas legislaturas estatales han promulgado normas que buscan prevenir y atender el acoso escolar como un fenómeno en preocupante ascenso, tal es el caso del Estado de México, Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León y Michoacán
Fundamento
Código Penal Federal.
Ley para la Atención de la Violencia Escolar en el Estado de Michoacán de Ocampo.
Ley para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia en el Entorno Escolar del Estado de Jalisco.
Ley para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia Escolar del Estado de Nuevo León.
Ley para la Promoción de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar de la Ciudad de México.
Ley para Prevenir y Atender el Acoso Escolar en el Estado de México.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. 2015. Tesis Aislada: 1a.
CCCXXI/2015 10a.) Bullying Escolar. Estándar para acreditar su existencia].
Semanario Judicial de la Federación. Décima Época.