<

Consultoría Tirant. ISR entre concubinos

Consulta El artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en su fracción XXIII, inciso a), menciona que no se pagará el referido impuesto por la obtención de ingresos que se originen con motivo de donativos efectuados entre cónyuges. Derivado de esto, la consulta jurídica concreta consiste en saber si existen criterios donde […]

Publicado: 15 de febrero de 2024

Consulta

El artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en su fracción XXIII, inciso a), menciona que no se pagará el referido impuesto por la obtención de ingresos que se originen con motivo de donativos efectuados entre cónyuges. Derivado de esto, la consulta jurídica concreta consiste en saber si existen criterios donde las donaciones efectuadas entre concubinos pudieran estar sujetas a la misma exención, derivado de una interpretación por mayoría de razón o cualesquier interpretación aceptable conforme a las disposiciones fiscales vigentes en materia de ISR.

Respuesta

No, desafortunadamente, el artículo 93 de la LISR, inciso a), en una interpretación estricta, conforme al art. 5 del Código Fiscal de la Federación, se refiere a los cónyuges, concepto que no se hace extensivo fiscalmente a la figura de los concubinos; aunque éste último concepto se encuentra regulado de forma parcial en el Código Civil Federal, situación por la cual; sí, solo sí, los donativos no pagarán el Impuesto sobre la Renta (ISR), siempre que se atienda a la siguiente regla, tratándose del inciso a), del numeral 93 de la LISR:

93. LISR Ingresos exentos

No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

XXIII. Los donativos en los siguientes casos:

a) Entre cónyuges o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto.

Así, el artículo 93 de la LISR, inciso a), atiende una categoría, distinta al concubinato, y que es propia de la institución jurídica del matrimonio, al señalar que: los donativos serán ingresos exentos “entre cónyuges”. Situación que valdría la pena examinar al amparo de un medio extraordinario de defensa; donde se podría argumentar “la mayoría de razón” y una interpretación más dialogada de igualdad y no discriminación. Para una explicación a detalle sobre la diferencia entre la institución jurídicas del matrimonio y el concepto concubinato, véase el apartado de la exposición de motivos de la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 93, fracción XXIII, inciso a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), de fecha 25 de agosto del 2021, en
https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gace … tl_isr.pdf

Sin embargo, el 25 de agosto del 2021, se presentó en el Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 93, fracción XXIII, inciso a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en materia de donaciones entre concubinas. Dicha iniciativa se encuentra turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados. Dicha iniciativa, pendiente de aprobación, propone la reforma al cardinal 93, fracción XXIII, inciso a), de la LISR, para incluir los donativos que se otorgan entre concubinas.

A continuación, se adjunta un esquema comparativo de la propuesta referida en el párrafo anterior, de ser aprobada, por congreso de la unión, se lograría cumplir con lo señalado el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos (CPEUM); que la LISR sea respetuosa del derecho fundamental de la igualdad y no discriminatoria.

Texto vigente:
Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
I. a XXII. …
XXIII. Los donativos en los siguientes casos:
a) Entre cónyuges o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto.
b) y c) …
XXIV a XXIX. …

Texto propuesto:
Artículo 93. …
I. a XXII. …
XXIII. …
a) Entre cónyuges o concubinos, o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto.
b) y c) …
XXIV a XXIX. …

Últimas entradas publicadas

Instalación de centros de cuidado infantil

by | Abr 15, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de impulsar la instalación de Centros de Educación y Cuidados Infantiles (CECI) en todo el territorio...

Consultoría Tirant. Impuestos

by | Abr 14, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta Supongamos que se tiene como proyecto la construcción de una carretera o bien la construcción de banquetas o incluso de algo asi como areas verdes, ¿De que...

Aprobación para expedir nueva Ley de Adquisiciones

by | Abr 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  El Senado de la República aprobó el dictamen que propone expedir la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, como un ordenamiento...

Presentación de iniciativas de reforma Constitucional

by | Abr 10, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  Se presentaron diversas iniciativas en la Cámara de Diputados con el fin de reformar, adicionar o derogar la Constitución y diversos ordenamientos, en temas de...

Reforma Constitucional en materia de Apoyo a los Jóvenes

by | Abr 8, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

R. Leopoldo Cruz Balbuena, Ph.D. Decreto: Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en...

Reforma Constitucional en materia de no Reelección y Nepotismo Electoral

by | Abr 8, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

R. Leopoldo Cruz Balbuena, Ph.D. Decreto: Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y122 de la Constitución Política de los Estados...