Consulta
En aquellos trabajos que contemplan el uso de maquinaria y derivado de ello ante una eventualidad el trabajador pierde la mano derecha , ¿qué porcentaje respecto a la incapacidad permanente le corresponde?
Respuesta
La legislación aplicable a la materia contiene una Tabla para la Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos de Trabajo. En la sección de Pérdidas de Miembro Superior contempla que por la pérdida total de la mano, corresponde un 75% de la incapacidad permanente, esto sobre la base del Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, cuya última publicación en el Diario Oficial de la Federación ha sido el pasado 30 de abril de 2024.
Fundamento
Artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo.
Acuerdo por el que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social da a conocer el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de Enfermedades de Trabajo, a que se refieren los artículos 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo.