<

Improcedente el juicio de amparo en contra de resolución que deja firme el cierre de la investigación

  La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que en el proceso penal acusatorio, la investigación complementaria tiene por objeto que las partes reúnan las pruebas necesarias. por lo que, al cerrarse la investigación, se abre la etapa intermedia en la que se ofrecen, admiten y rechazan pruebas y […]

Publicado: 29 de febrero de 2024

 

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que en el proceso penal acusatorio, la investigación complementaria tiene por objeto que las partes reúnan las pruebas necesarias. por lo que, al cerrarse la investigación, se abre la etapa intermedia en la que se ofrecen, admiten y rechazan pruebas y se depuran los hechos controvertidos que serán materia del juicio oral.

Igualmente, destacó destacó que el juicio de amparo indirecto es procedente en contra de “actos de imposible reparación”, entendiéndose por éstos aquellos que afecten materialmente derechos sustantivos de manera real, actual e inminente.

En ese sentido, la Primera Sala determinó que la decisión que declara cerrada la fase complementaria de la etapa de investigación e inicia la etapa intermedia no implica que la persona imputada ya no pueda ofrecer pruebas, pues podrá hacerlo en la audiencia intermedia en la que se depuran los elementos que habrán de ser materia de desahogo en el juicio oral; por lo que no se afecta de manera irreparable su derecho de defensa.

A partir de estas razones, la Sala concluyó que el juicio de amparo indirecto no procede en contra de la resolución del Juez de Control que declara infundado o improcedente el recurso de revocación promovido por la persona imputada, respecto del acuerdo que cierra la investigación complementaria, ya que tal determinación no constituye un acto que afecte derechos sustantivos de manera inmediata e irreparable a la parte imputada.

Esta decisión proviene de una contradicción de criterios, en la que dos tribunales colegiados sostuvieron posturas opuestas sobre la procedencia del juicio de amparo indirecto en contra de la resolución del juez de control, que declara infundado o improcedente el recurso de revocación promovido por la persona imputada en contra de la decisión que declara cerrada la investigación complementaria.

Últimas entradas publicadas

Consultoría Tirant. Saldos AFORE

by | Dic 1, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta ¿Se puede recuperar el saldo de la cuenta en AFORE de una persona que falleció en marzo del año 2015? Respuesta I. RÉGIMEN APLICABLE Según la Ley del Seguro...

Consultoría Tirant. Atropellamiento

by | Nov 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta En el hecho de un homicidio culposo derivado por un hecho de tránsito terrestre (atropellamiento) si el conductor intentó auxiliar a la persona pero...

Cámara de Diputados aprueba Ley General en materia de Extorsión

by | Nov 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir, Investigar y...

Tirant PRIME Conversa vs. IAs generalistas: ¿qué IA jurídica es realmente fiable para profesionales del derecho en México?

by | Nov 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

En los últimos años, el uso de herramientas de inteligencia artificial se ha extendido en el ámbito jurídico. Sin embargo, no todas las IAs son iguales ni ofrecen el...

Consultas Tirant. Derecho aduanero

by | Nov 24, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta ¿Cuál es la relación entre el derecho aduanero y el derecho fiscal? Respuesta I. Razones por las que en doctrina se afirma que el Derecho Aduanero y el Derecho...

Consultoría Tirant. Sociedades mercantiles

by | Nov 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta ¿Es posble transformar una sociedad mercantil a una sociedad civil? Respuesta I. RESPUESTA: TRANSFORMACIÓN DE S.A. DE C.V. A SOCIEDAD CIVIL 1. FUNDAMENTO LEGAL...