<

Juicio abreviado

El Juicio Abreviado es una figura jurídica introducida con las reformas constitucionales al Sistema de Justicia Penal en nuestro país el 18 de junio de 2008. Estas reformas marcaron un cambio significativo en el sistema judicial, ya que buscaban modernizar y hacer más eficiente la administración de justicia. Particular relevancia tiene la implementación del nuevo […]

Publicado: 10 de julio de 2024

El Juicio Abreviado es una figura jurídica introducida con las reformas constitucionales al Sistema de Justicia Penal en nuestro país el 18 de junio de 2008. Estas reformas marcaron un cambio significativo en el sistema judicial, ya que buscaban modernizar y hacer más eficiente la administración de justicia.
Particular relevancia tiene la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, Adversarial y Oral, el cual se distingue por su transparencia y por garantizar los derechos de las partes involucradas. Por la propia naturaleza del antiguo sistema de justicia penal inquisitivo, caracterizado por su opacidad y formalismos excesivos, no era posible contar con un procedimiento abreviado que permitiera resolver los casos de manera más rápida y eficiente.

Los requisitos para el Juicio Abreviado son varios y deben cumplirse estrictamente para asegurar la legalidad del proceso:

1. Que el Ministerio Público solicite el procedimiento, lo cual implica que ha evaluado la conveniencia de esta vía para el caso específico;
2. Que la víctima u ofendido no presente oposición, asegurando así que sus derechos e intereses no se vean perjudicados; y,
3. Que el imputado: Exprese el conocimiento informado de los alcances y derechos relacionados con el procedimiento abreviado, demostrando que comprende las implicaciones de optar por esta vía;
4. Renuncie al juicio oral, lo cual significa que acepta no tener un juicio público y contradictorio;
5. Consienta la vía abreviada, manifestando su acuerdo de manera libre y voluntaria;
6. Admita su responsabilidad por el delito imputado, aceptando los hechos tal como se le han imputado; y,
7. Acepte ser sentenciado en términos de lo que indique el procedimiento abreviado, lo cual asegura que está de acuerdo con las posibles consecuencias legales.

La normativa aplicable no menciona la imposibilidad de aplicarlo a delitos de alguna clase particular; sin embargo, no puede aplicarse a personas inimputables.
Esto significa que el Juicio Abreviado es una opción viable para una amplia gama de delitos, siempre y cuando se cumplan los requisitos mencionados y no se trate de personas que, por alguna razón legal, no pueden ser consideradas responsables de sus actos. Esta flexibilidad permite que el sistema de justicia sea más accesible y eficiente, beneficiando tanto a los imputados como a las víctimas y a la sociedad en general.

Fundamento
Artículos 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, y 418 del Código Nacional de Procedimientos Penales

Últimas entradas publicadas

Leyes secundarias. Reforma Judicial

by | Dic 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

  El Senado de la República dio primera lectura a los dictámenes referentes a las leyes secundarias de la reforma judicial. Se trata de los dictámenes para expedir...

Reforma Constitucional en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal

by | Dic 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Autor: R. Leopoldo Cruz Balbuena, Ph.D.   La segunda reforma publicada el 31 de octubre de 2024 modifica los artículos 105 y 107 de la Constitución Política de los...

Inconstitucional pena de prisión perpetua establecido en el Código Penal de Chihuahua

by | Dic 4, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

  El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la pena de prisión perpetua, prevista en el artículo 127 del Código Penal del Estado de...

Consultoría Tirant. Facultad de atracción

by | Dic 3, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta ¿Hasta que punto permite la ley reglamentaria que la facultad de atracción se limite a ser ejercida por la SCJN? ¿es posible solicitarla? ¿cuál sería su...

Consultoría Tirant. Caducidad de permiso petrolífero

by | Nov 29, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta La Comisión Reguladora de Energía, en fecha 31 de octubre 2024, emitió un acuerdo, en el cual, en lo medular, decreta la caducidad de un permiso de...

Reforma Constitucional en materia de Áreas y Empresas Estratégicas

by | Nov 28, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

R. Leopoldo Cruz Balbuena, Ph.D. El pasado 31 de octubre de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Constitucional que modifica los...