La Cámara de Diputados aprobó, en lo particular con cambios, el dictamen que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política.
Con 339 votos a favor, 100 en contra y 4 abstenciones, fue avalado en lo particular el documento y se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Fue aceptada la reserva del presidente de la Junta de Coordinación Política, quien expuso que la modificación al artículo 2 precisa cómo deben coordinarse las autoridades de los tres órdenes de gobierno en la prevención, investigación, persecución y sanción del delito. De igual manera, se incorporan los principios de interculturalidad e interseccionalidad al artículo 3, en tanto se fortalece la certeza jurídica en la definición de la competencia federal y de la facultad de atracción en el artículo 8.
En lo que respecta a la reserva al artículo 26 se establece que la reparación del daño a las víctimas se realice con los recursos provenientes de los procedimientos de extinción de dominio.
Finalmente, la modificación al artículo 43 tiene por objeto que las autoridades diseñen e implementen campañas permanentes de información y prevención, orientadas a visibilizar las distintas modalidades de extorsión y a fomentar la denuncia ciudadana.

 
			 
			 
			 
			 
			 
			