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Reforma Constitucional en materia de Simplificación Administrativa y Digitalización

R. Leopoldo Cruz Balbuena, Ph.D. Decreto: DECRETO por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización. Publicación: Diario Oficial de la Federación, 15 de abril de 2025. Entrada en vigor al […]

Publicado: 22 de abril de 2025

R. Leopoldo Cruz Balbuena, Ph.D.

Decreto: DECRETO por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización.

  • Publicación: Diario Oficial de la Federación, 15 de abril de 2025. Entrada en vigor al día siguiente de su publicación.
  • Ámbito de la Reforma: Implementación de políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización en los trámites y servicios que se llevan a cabo ante autoridades de gobierno.

Resumen Ejecutivo

La reforma impulsada por el Ejecutivo Federal, con el apoyo de unánime de los distintos grupos parlamentarios ha resultado en la introducción en el texto constitucional de la obligación de integrar políticas públicas y normas en materia de simplificación administrativa y digitalización en los trámites y servicios que presta el gobierno. Podemos resaltar los siguientes cambios, como los más relevantes de la reforma.

  • Simplificación administrativa: Se introduce el mandato constitucional para que las autoridades implementen políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios.
  • Facultad legislativa en materia de simplificación administrativa: La reforma constitucional otorga al Congreso de la Unión la facultad expresa de expedir una ley nacional en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios.

Antecedentes y Objetivos de la Reforma

La exposición de motivos de la iniciativa de reforma constitucional impulsada por el Ejecutivo Federal parte de la idea de que el marco normativo e institucional de nuestro país ha sido, por décadas, un obstáculo para el desarrollo económico; por tanto, el bienestar de la ciudadanía. El exceso de trámites y la opacidad de los procedimientos gubernamentales dificultan el acceso a servicios públicos, convirtiéndose en un obstáculo para el desarrollo de diversas actividades económicas.

Es en este contexto que la Presidente de la República propone establecer un marco constitucional más robusto en materia de simplificación administrativa y digitalización, con el propósito de modernizar la gestión pública. La iniciativa pretende mejorar la eficiencia gubernamental, reduciendo costos operativos, mientras se fomenta la cultura de la transparencia y accesibilidad a las instituciones públicas.

Siguiendo la exposición de motivos, resalta que México atraviesa un momento clave en su desarrollo. Las tecnologías emergentes representan una oportunidad de transformación para la Administración Pública, estas no sólo permiten hacer más ágiles y eficientes los trámites, sino que también promueven la inclusión digital, lo que (para el ejecutivo) es un componente esencial para garantizar la equidad, igualdad de oportunidades y ejercicio pleno de los derechos fundamentales.

La exposición de motivos incorpora una visión comparada, mencionando casos de éxito en la implementación de políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización gubernamental en países como Estonia, India, Singapur y Chile, donde la digitalización de la administración pública ha beneficiado la eficiencia, participación y transparencia de la ciudadanía en los trámites y servicios ofrecidos por el Estado. El Ejecutivo concluye que la modernización tecnológica del gobierno será un aliado estratégico para el desarrollo, bienestar y justicia social, mientras busca unificar y sistematizar los esfuerzos de digitalización gubernamental en los tres niveles de gobierno, con una perspectiva transversal que abarque lo económico, lo social y lo político.

Proceso Legislativo

El decreto de reforma en materia de simplificación administrativa y digitalización inició su proceso legislativo en febrero de 2025, concluyendo con su publicación en el Diario Oficial de la Federación en abril de este mismo año; es decir, un proceso que duró aproximadamente dos meses. Los hitos más relevantes del proceso legislativo han sido los siguientes:

19 de febrero de 2025

Turno de la iniciativa para dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos del Senado de la República.

11 de marzo de 2025

Aprobación del dictamen de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y Digitalización por parte de las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos del Senado de la República.

12 de marzo de 2025

Aprobación del Proyecto de Decreto en el Pleno del Senado de la República. Turnado a la Cámara de Diputados.

13 de marzo de 2025

Recibida la minuta en el Senado de la República la Mesa Directiva turna la misma a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

19 de marzo de 2025

Aprobación del Dictamen a la minuta del Proyecto de Decreto por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y Digitalización por parte de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

19 de marzo de 2025

Aprobación de la minuta por el Pleno de la Cámara de Diputados y turno a los Congresos Locales, para su aprobación.

Debate y Votación

En la Cámara Baja, todos los grupos parlamentarios votaron a favor de la reforma constitucional, con excepción de los 48 diputados ausentes en la sesión, los restantes 452 apoyaron la iniciativa del Ejecutivo Federal, quedando la votación en la Cámara de Diputados como sigue:

VOTOS

MRN

PAN

PVEM

PT

PRI

MC

IND

TOTAL

A favor

228

67

58

43

35

20

1

452

En contra

0

0

0

0

0

0

0

0

Abstención

0

0

0

0

0

0

0

0

Quorum

0

0

0

0

0

0

0

0

Ausente

25

4

4

6

2

7

0

48

TOTAL

253

71

62

49

37

27

1

500

En la Cámara de Senadores, como cámara de origen de la reforma constitucional, todos los grupos parlamentarios apoyaron la iniciativa; por ello, la votación en el Senado de la República arrojó las siguientes cifras:

VOTOS

MRN

PAN

PVEM

PT

PRI

MC

IND

TOTAL

A favor

60

17

10

5

13

3

1

109

En contra

0

0

0

0

0

0

0

0

Abstención

0

0

0

0

0

0

0

0

TOTAL

60

17

10

5

13

3

1

109

Fecha de publicación y entrada en vigor

El Decreto por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 15 de abril de 2025, entrando en vigor al día siguiente de su publicación; es decir, el 16 de abril de 2025.

Normatividad Reformada

La reforma en materia de simplificación administrativa y digitalización modifica los siguientes artículos:

NORMA

TIPOLOGÍA

MATERIA

Art. 25

Reforma

Obligación de implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios.

Art. 73

Reforma

Facultad del Congreso para publicar la ley nacional en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios.

Contenido de la Reforma

La reforma ha afectado dos artículos de nuestra carta magna; por lo que es importante desglosar las distintas modificaciones, con lo que estaremos en posición de entender qué ha cambiado, tanto lo que se ha reformado, adicionado y derogado.

Artículo 25. Desarrollo Nacional y Rectoría Económica del Estado

[…]

A fin de contribuir al desarrollo y bienestar de las personas, grupos, comunidades y sectores sociales y económicos, las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley nacional en la materia.

Artículo 73. Facultades del Congreso de la Unión

[…]

XXIX-Y. Para expedir la ley nacional que establezca los principios y obligaciones a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas;

[…]

Análisis e Implicaciones Prácticas

La reforma constitucional en materia de simplificación administrativa y digitalización genera el mandato vinculante para todas las autoridades de simplificar trámites y servicios mediante la introducción de herramientas digitales.

Para nosotros, lo más relevante del Decreto lo encontramos en los transitorios que; por una parte, ordenan al Congreso de la Unión expedir la ley nacional que establezca los principios y obligaciones a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas en un plazo de 90 días. Por otro lado, establece como criterios mínimos a normar mediante dicho instrumento, los siguientes:

  1. Un modelo nacional de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios;
  2. Establecer la autoridad nacional en materia de simplificación administrativa y simplificación de trámites y servicios; y,
  3. Herramientas de simplificación regulatoria y digitalización de trámites y servicios.

Conclusiones

La reforma constitucional representa tanto una señal como un paso hacia la transformación digital de la esfera pública en nuestro país. Como podemos ver, su éxito dependerá de la legislación secundaria y asignación presupuestal que se le asigne en todos los órdenes de gobierno. Si su implementación es efectiva, la administración pública podrá reducir la carga de trabajo, mejorar su eficiencia y promover un entorno de mayor transparencia y acceso a la información pública.

Queda volver al Diario Oficial de la Federación en los siguientes tres meses para conocer los pormenores de la legislación secundaria a nivel federal y con el paso del tiempo cómo se adecúan el marco normativo y operativo al proceso de digitalización y simplificación administrativa.

Recursos en Tirant Prime México

Normas

Artículos 25 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ley Orgánica de la Administración Pública.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Jurisprudencia

Primera Sala – Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2023). COPIAS DE EXPEDIENTES JUDICIALES CERTIFICADAS DIGITALMENTE. SU ENTREGA PUEDE REALIZARSE MEDIANTE LA TRANSMISIÓN DE UN ARCHIVO DIGITAL POR CORREO ELECTRÓNICO. Jurisprudencia. Registro [2027432]. Resolución de 4 de octubre de 2023. Semanario Judicial de la Federación. Undécima época. Libro 30, Octubre de 2023, Tomo II, página 1382.

Primera Sala – Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2023). DEMANDAS DE AMPARO PRESENTADAS A TRAVÉS DE LOS SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE LOS PODERES JUDICIALES LOCALES. SATISFACEN EL PRINCIPIO DE INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA SI CUENTAN CON EL CERTIFICADO DIGITAL RESPECTIVO. Jurisprudencia. Registro [2029641]. Resolución de 27 de septiembre de 2023. Semanario Judicial de la Federación. Undécima Época. Libro 30, Octubre de 2023, Tomo II, página 1492.

Segunda Sala – Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2017). DECRETO QUE COMPILA DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES Y ESTABLECE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 26 DE DICIEMBRE DE 2013. SU ARTÍCULO 3.3 ES COMPATIBLE CON EL DERECHO A LA IGUALDAD. Jurisprudencia. Registro [2014497]. Resolución de 31 de mayo de 2017. Semanario Judicial de la Federación. Décima Época. Libro 43, Junio de 2017, Tomo II, página 697.

Segunda Sala – Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2018). FIRMA ELECTRÓNICA. ES VÁLIDA LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO QUE LA CONTIENE, PRESENTADA MEDIANTE EL EMPLEO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, AUN CUANDO NO EXISTA CONVENIO DE COORDINACIÓN CON EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. Jurisprudencia. Registro [2016520]. Resolución de 14 de febrero de 2018. Semanario Judicial de la Federación. Décima Época. Libro 53, Abril de 2018, Tomo I, página 623

Gacetas

Cámara de Diputados. (2025, 19 de marzo). Dictamen de la comisión de puntos constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización. Gaceta Parlamentaria.

Gobierno de México. (2025, 15 de abril). DECRETO por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización. Diario Oficial de la Federación.

Senado de la República. (2025, 11 de marzo). Dictamen de las Comisiones unidas de puntos constitucionales; de hacienda y crédito público; y de estudios legislativos, primera, con opinión de la Comisión de derechos digitales a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización. Gaceta del Senado.

Formularios

Aviso de autorización para el uso de imagen en medios digitales | TMX2.642.783

Aviso de privacidad integral | TMX1.885.049

Carta responsiva para la obtención de la Firma Electrónica Avanzada | TMX1.877.157

Programa de compliance | TMX2.629.102

Solicitud de acceso a expediente electrónico | TMX1.654.399

Bibliografía

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Leyva Muñoz, O. et al. (2025). Las tecnologías de la información y el gobierno abierto. Los retos de la gobernanza digital en México. Editorial Tirant Lo Blanch. https://www.tirantonline.com.mx/cloudLibrary/ebook/info/9788411838573

Magaña Rufino, J. (2024). Derecho de las nuevas tecnologías. Tirant lo Blanch. https://www.tirantonline.com.mx/cloudLibrary/ebook/info/9788411696449

Matus Calleros, E. (2024). El futuro de la regulación en la era digital. Temas selectos. Editorial Tirant Lo Blanch. https://www.tirantonline.com.mx/tolmex/documento/show/2755896

Matute González, C. (2023). La mejora regulatoria en el Estado Mexicano. Tirant lo Blanch. https://www.tirantonline.com.mx/cloudLibrary/ebook/info/9788411305587

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