Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados para reformar las fracciones II y III del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La iniciativa establece que queda prohibido en la constitución, que personas menores de edad realicen labores en condiciones insalubres o peligrosas, así como el trabajo nocturno en todos los sectores, además agrega que “así como toda actividad que, por su naturaleza o por las condiciones en que se realiza, pueda resultar dañina para su desarrollo integral”.
El documento a su vez establece en la exposición de motivos que la edad mínima de admisión al trabajo no podrá, en ningún caso, ser inferior a la de conclusión de la educación obligatoria prevista en la Constitución y en las leyes aplicables. Es decir, “se mantiene la prohibición absoluta de contratar a personas menores de quince años”, aclara.
Fue remitida a la Comisión de Puntos Constitucionales.

