<

Reformas constitucionales al Poder Judicial

  La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó en lo particular, con cambip0os, el dictamen de reforma constitucional en materia del Poder Judicial. Fue aprobado con 22 votos a favor, 18 en contra u cero abstenciones. Se aceptó la propuesta de modificación para adicionar la fracción X del Apartado A del artículo 20, relativa a la […]

Publicado: 27 de agosto de 2024

 

La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó en lo particular, con cambip0os, el dictamen de reforma constitucional en materia del Poder Judicial. Fue aprobado con 22 votos a favor, 18 en contra u cero abstenciones.

Se aceptó la propuesta de modificación para adicionar la fracción X del Apartado A del artículo 20, relativa a la figura de «jueces sin rostro» y reformar el precepto Segundo Transitorio, en materia de listado de personas candidatas y boletas electorales.

La fracción X del artículo 20 propone estipular que “tratándose de delincuencia organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley”.

Esta reserva busca incluir la figura de los “jueces sin rostro” como un órgano de administración judicial creado en los sistemas de determinadas jurisdicciones, encargadas del proceso y juicio de delitos generalmente vinculados al narcotráfico, terrorismo y crimen organizado. “Se trata de órganos donde los jueces son anónimos con el principal objetivo de salvaguardar la identidad de los jueces y sus familias”.

Respecto a las modificaciones al artículo Segundo Transitorio, específicamente al párrafo sexto y sus incisos a, b, c, d y e, se plantea que “el listado de personas candidatas distinguirá la autoridad postulante y las candidaturas de las personas juzgadoras que estén en funciones en los cargos a renovar y deseen participar en la elección”.

Agrega que “la boleta garantizará que las y los votantes asienten la candidatura de su elección conforme a lo siguiente:”

“a) Para ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cuatro hombres; b) Para magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial podrán elegir hasta tres mujeres y hasta dos hombres; c) Para magistradas y magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podrán elegir hasta dos mujeres y hasta dos hombres”.

“d) Para magistradas y magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podrán elegir hasta dos mujeres y un hombre por cada sala; e) Para magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cinco hombres”.

La diputada García Anaya puntualizó que las adecuaciones al Segundo Transitorio garantizan la paridad de género de manera firme y clara en todo el procedimiento de elección de las y los operadores de justicia y de quienes administrarán la justicia de acuerdo con el Código de Ética del Poder Judicial.

Fue remitida a la Mesa Directiva para sus efectos constitucionales.

Últimas entradas publicadas

Consultoría Tirant. Apelación penal

by | Ene 21, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta Tras una sentencia definitiva se quiere impugnar, es sobre un asunto en materia penal, favor de brindar los fundamentos claves para su materializacion por...

Reforma constitucional en materia laboral

by | Ene 20, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

  Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados para reformar las fracciones II y III del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los...

Consultoría Tirant. Paralización de juicio

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta Se solicita localización de jurisprudencia y criterios relevantes en un juicio de amparo indirecto promovido por persona adulta mayor en fase terminal, con...

Consultoría Tirant. Procesal constitucional

by | Ene 13, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta Se somete a consideración de los expertos la siguiente problemática en materia de derecho constitucional y procesal de amparo. La quejosa promovió juicio de...

Consultoría Tirant. Juicio hipotecario

by | Ene 9, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta Se tiene un caso en el cual un banco demanda a una persona deudora, por el pago total de una hipoteca; la deudora traspasó la vivienda hipotecada a una tercera...

Reforma Constitucional en materia de Guardia Nacional

Jurisprudencia

by | Ene 7, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

  La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no es necesario agotar recursos ordinarios al promover un juicio de amparo indirecto si una persona...