El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el proceso legislativo que dio origen al decreto por el cual se reformaron los artículos 137, 214, 229, 232, 692 y 693 del Código Electoral del Estado de Jalisco, relativos, entre otros aspectos, a los plazos de los procesos electorales locales.
Se invalidó al considerar que se cometieron violaciones de carácter invalidante, que afectaron el principio de democracia deliberativa, entre ellas, la realización simultánea de una sesión extraordinaria de la Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales, así como la del Pleno del Congreso local, además de la falta de justificación para el otorgamiento de la dispensa para su aprobación urgente.