Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados para reformas el Código Penal Federal y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a fin de ampliar la protección de los derechos económicos de las personas adultas mayores, mediante la tipificación de la explotación financiera a ese sector de la población.
El documento adiciona un Capítulo III Quater al Título Vigésimo Segundo del Código Penal Federal, denominado “Explotación Financiera de Adultos Mayores” con un artículo 390 Ter.
El referido artículo establece que comete el delito de explotación financiera de la persona adulta mayor quien, valiéndose de una relación de parentesco, tutela, laboral, de confianza o de cualquier índole que genere una situación de superioridad o dependencia, se apropie, utilice o disponga indebidamente de los recursos económicos, bienes o pensión de una persona mayor de 65 años, para beneficio propio o de un tercero, sin el consentimiento libre e informado de la víctima.
Fue turnada a las comisiones de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables.

